Puesto de trabajo: es el lugar físico donde cada trabajador realiza su actividad, es decir, el espacio (o espacios) donde transcurre su jornada laboral. El puesto de trabajo está relacionado, por tanto, con el conjunto de actividades que el trabajador debe desarrollar. Para que el trabajador pueda desempeñar su trabajo de una forma adecuada, es necesario que se mantengan unos parámetros ambientales óptimos de temperatura, ventilación e iluminación.
Prevención: conjunto de actividades o medidas adoptadas o previstas en todas las fases de actividad de la empresa con el fin de evitar o disminuir los riesgos derivados del trabajo.
Riesgo laboral: posibilidad de que un trabajador sufra un determinado daño derivado del trabajo. Para calificar un riesgo desde el punto de vista de su gravedad, se valorarán conjuntamente la probabilidad de que se produzca el daño y la severidad del mismo.
Daños derivados del trabajo: las enfermedades, patologías o lesiones sufridas con motivo u ocasión del trabajo.
Factores de riesgo: aquellos procesos, actividades, operaciones, equipos o productos que, en ausencia de medidas preventivas específicas, originen riesgos para la seguridad y la salud de los trabajadores y trabajadoras que los desarrollan o utiliza. La Ley de Prevención de Riesgos Laborales LPRL los denomina “Entidades potencialmente peligrosas”.
Equipo de trabajo: cualquier máquina, aparato, instrumento o instalación utilizada en el trabajo.
Condición de trabajo: cualquier característica del mismo (instalaciones, equipos, productos, agentes físicos, químicos, y biológicos presentes en el puesto de trabajo, etc…) que pueda tener una influencia significativa en la generación de riesgos para la seguridad y la salud del trabajador.
Equipo de protección individual: cualquier equipo destinado a ser llevado o sujetado por el trabajador o trabajadora para que le proteja de uno o varios riesgos que puedan amenazar su seguridad o su salud en el trabajo, así como cualquier complemento o accesorio destinado a tal fin.
Lugar físico donde cada trabajador realiza su actividad, es decir, el espacio (o espacios) donde transcurre su jornada laboral.
Conjunto de actividades o medidas adoptadas o previstas en todas las fases de actividad de la empresa con el fin de evitar o disminuir los riesgos derivados del trabajo.
Posibilidad de que un trabajador sufra un determinado daño derivado del trabajo. Para calificar un riesgo desde el punto de vista de su gravedad, se valorarán conjuntamente la probabilidad de que se produzca el daño y la severidad del mismo.
Aquel proceso, actividad, operación, equipo o producto que, en ausencia de medidas preventivas específicas, origine riesgos para la seguridad y la salud de los trabajadores que lo desarrollan o utilizan.
Cualquier equipo destinado a ser llevado o sujetado por el trabajador para que le proteja de uno o varios riesgos que puedan amenazar su seguridad o su salud en el trabajo, así como cualquier complemento o accesorio destinado a tal fin.