DIAPOSITIVA NUMERO 1
IMPUESTO SOBRE EL VALOR A„ADIDO (IVA)
DIAPOSITIVA NUMERO 2
Ley 37/1992, de 28 de diciembre, del Impuesto sobre el Valor A–adido.
- El Impuesto sobre el
Valor A–adido (IVA) es un tributo de naturaleza indirecta que recae
sobre el consumo y grava las adquisiciones de bienes y servicios.
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ASPECTOS RELEVANTES:
- Sujeto pasivo: el empresario o
profesional que realice la entrega de bienes o preste los servicios
sujetos.
- çmbito de aplicaci—n: se aplica en la
Pen’nsula e Islas Baleares; quedan por tanto excluidos de su ‡mbito de
aplicaci—n Canarias, Ceuta y Melilla.
- Base imponible: est‡ constituida por
el importe total de la contraprestaci—n de las operaciones sujetas.
- Tipo impositivo: es el porcentaje que
se aplica sobre la base imponible para obtener la cuota.
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OPERACIONES SUJETAS
- Hay tres tipos de
operaciones que quedan gravadas:
- Entregas de bienes y
prestaciones de servicios efectuadas por empresarios o profesionales en
el desarrollo de su actividad.
- Adquisiciones de
bienes de algœn estado de la Uni—n Europea (adquisiciones
intracomunitarias).
- Importaciones de bienes.
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OPERACIONES NO SUJETAS
- La transmisi—n del
patrimonio empresarial, cuando se continœe la actividad empresarial.
- Las entregas gratuitas
de muestras de mercanc’as, con fines de promoci—n.
- Las prestaciones de
servicios de demostraci—n a t’tulo gratuito, con fines de promoci—n.
- Las entregas de
impresos u objetos de car‡cter publicitario.
- Los servicios prestados
por trabajadores asalariados a las empresas para las que trabajan.
- Los servicios prestados
a las cooperativas de trabajo asociado por los socios de las mismas.
- Las operaciones de
autoconsumo de bienes o servicios.
- La entrega de bienes y
prestaci—n de servicios de los entes pœblicos.
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OPERACIONES EXENTAS
- Los servicios mŽdicos y
sanitarios incluidos los psicol—gicos.
- Los servicios de
car‡cter social
- La ense–anza realizada
por entidades autorizadas para su ejercicio.
- Los servicios
deportivos y culturales, prestados por entidades de derecho pœblico, como
federaciones, etc.
- Las operaciones
de seguros.
- Las operaciones
financieras como dep—sitos en efectivo, la transmisi—n de crŽditos, etc.
- Los arrendamientos con
destino exclusivo a vivienda, y los garajes anexos.
- Los servicios postales.
- Las loter’as y juegos
de azar.
DIAPOSITIVA NUMERO 7
TIPOS IMPOSITIVOS
Los tipos impositivos que han de aplicarse desde el 1/7/2010 son:
- Tipo general ÉÉÉÉÉÉÉ.
21%
- Tipo reducidoÉÉÉÉÉÉÉ.10%
(aplicable a aguas, alimentos, viviendaÉ)
- Tipo superreducido ÉÉÉÉÉ 4% (pan, leche, fruta, libros..)