DIAPOSITIVA 1: TÍTULO: EXTINCIÓN DE LA DEUDA TRIBUTARIA
Existen varios procedimientos por los que la deuda tributaria del contribuyente pueda extinguirse o desaparecer, como son:
Aparecen 4 cuadros enlazados cada uno a su diapositiva explicativa correspondiente: PAGO, PRESCRIPCIÓN, COMPENSACIÓN Y CONDONACIÓN.
DIAPOSITIVA 2: El pago es la forma más habitual de extinción de la deuda tributaria pues el pago del tributo es la obligación tributaria principal. El pago debe realizarse en el plazo establecido en la normativa de cada uno de los tributos. Normalmente el pago se hace un metálico, aunque existen casos de pago en especie (obras de Picasso, Miró, Dalí o El Greco sirvieron a algunos contribuyentes para saldar sus deudas tributarias con la Hacienda del Estado por valor de 200 millones de euros entre 1997 y 2008) o mediante efectos timbrados.
DIAPOSITIVA 3: La prescripción es la extinción de la deuda o de la obligación tributaria transcurridos cuatro años.
DIAPOSITIVA 4: Pueden compensarse en determinados casos las deudas tributarias con derechos de cobro que el contribuyente tenga frente a una administración pública.
DIAPOSITIVA 5: Condonar implica perdonar una deuda y por lo tanto sólo se emplea en casos excepcionales.