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EBNZ. CC by-sa. Procedencia. |
La UME es una Unidad Militar, creada por acuerdo del Consejo de Ministros el 7 de octubre de 2005. El Real Decreto 416/2006, de 11 de abril, establece su organización y despliegue, implantándose como una fuerza conjunta de carácter permanente dentro de las Fuerzas Armadas.
Su misión principal es intervenir en cualquier lugar del territorio nacional para contribuir a la seguridad y bienestar de los ciudadanos, junto con el resto de las instituciones del Estado y las Administraciones públicas, en los supuestos de grave riesgo, catástrofe, calamidad u otras, conforme a lo establecido en la Ley Orgánica 5/2005, de 17 de noviembre, de la defensa Nacional y el resto de la legislación vigente.
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Oscar en el medio. CC by-sa. Procedencia. |
En concreto, su intervención podrá ser ordenada cuando alguna de las siguientes situaciones de emergencia se produzca con carácter grave:
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Las que tengan su origen en riesgos naturales, entre ellas inundaciones, avenidas, terremotos, deslizamientos de terreno, grandes nevadas y otros fenómenos meteorológicos adversos de gran magnitud.
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Los incendios forestales.
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Las derivadas de riesgos tecnológicos, entre ellos el riesgo químico, el nuclear, el radiológico y el biológico.
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Las que sean consecuencia de atentados terroristas o actos ilícitos y violentos, incluyendo aquellos contra infraestructuras críticas, instalaciones peligrosas o con agentes nucleares, biológicos, radiológicos o químicos.
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La contaminación del medio ambiente.
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Cualquier otra que decida el Presidente del Gobierno
Las actuaciones operativas de la UME ante alguna de estas situaciones de emergencia se concretan en la planificación, el adiestramiento y la intervención. Sin embargo la UME no realiza tareas de prevención. Y sus efectivos actuarán siempre encuadrados y dirigidos por los Mandos de la Unidad.
Esta Unidad depende orgánicamente del Ministro de Defensa, operativamente del Jefe de Estado Mayor de la Defensa (JEMAD) y tiene una dependencia directa funcional del Secretario de Estado de Defensa, del Subsecretario de Defensa y del Secretario General de Política de Defensa, en los ámbitos de sus respectivas competencias.
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Outisnn. CC by-sa. Procedencia. |
En la actualidad la Unidad Militar de Emergencias esta compuesta por:
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Mando y Cuartel General (CG), donde se integran Oficiales de Enlace (OFEN) de otros organismos
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Unidad del Cuartel General (UCG)
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Agrupación de Medios Aéreos (43 Grupo del Ejército del Aire y el Batallón de Helicópteros de Emergencias de las Fuerzas Aeromóviles del Ejército de Tierra)
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Cinco Batallones de Intervención en Emergencias (BIEM)
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Dos destacamentos de Intervención en Emergencias Naturales
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Regimiento de Apoyo a Emergencias (RAEM)