Según la información proporcionada por el INSST(Instituto Nacional de Seguridad e Higiene en el trabajo),los pictogramas están regulados en el Reglamento (CE) 1272/2008 CLP (Clasificación, Etiquetado y Envasado), que modifica al Reglamento (CE) 1907/2006 REACH, representa la adaptación en la UE del SGA, (Sistema Globalmente Armonizado, GHS en inglés). Es una regulación aprobada a nivel mundial que se va actualizando a lo largo del tiempo.
El Reglamento CLP establece un nuevo sistema de identificación del riesgo químico, unificándolo a nivel mundial y aproximándolo en algunos aspectos al que se viene usando a nivel internacional en el transporte de mercancías peligrosas. Implica lo siguiente:
- un sistema de clasificación de la peligrosidad de la sustancias y sus mezclas
- el establecimiento de clases y categorías de peligro
- el uso de unas palabras de advertencia que prefijan el nivel de peligrosidad de la sustancia o mezcla
- la fijación de unas indicaciones de peligro (H), equivalentes, en parte, a las anteriores frases R
- la fijación de unos consejos de prudencia (P), que sustituyen a las anteriores frases S.
- El uso de nuevos pictogramas de identificación
El reglamento CLP también detalla el contenido de la etiqueta y las características que deben cumplir el envase o envases, en sus múltiples posibilidades.
Algunos términos a tener en cuenta son:
- Indicaciones de peligro o frases H: son frases que, asignadas a una clase o categoría de peligro, describen la naturaleza de los peligros de una sustancia o mezcla peligrosa, incluyendo, cuando proceda, el grado de peligro
- Consejos de prudencia: son frases que describen la medida o medidas recomendadas para minimizar o evitar los efectos adversos causados por la exposición a una sustancia o mezcla peligrosa durante su uso o eliminación.
Puedes obtener más información en el siguiente enlace:
Regulación UE sobre productos químicos (II). Reglamento CLP: aspectos básicos