U.T. 6.- Gestión del proceso contable y fiscal en las empresas.

Caso práctico

Hombre de unos 45 años con gafas y en primer plano, mira por encima de las gafas hacia un libro que sujeta con las manos. El hombre está vestido con camisa blanca y corbata y se encuentra sentado. Al fondo de la imagen se observa una puerta entre abierta.

Los responsables de Eurasia están ampliando su empresa y van a tener la necesidad de realizar compras y alquileres de vehículos y diferentes activos para atender a la creciente demanda de sus clientes.

Juan y Pedro están comentando sobre el tema y se plantean como solucionar el tema de las formalidades contables y administrativas de esta ampliación de activos y vehículos. Ambos conciertan una reunión con su asesor fiscal para informarse sobre el tema.

Antonio García es un licenciado en Ciencias Empresariales que tiene una experiencia de 18 años, es una persona de entera confianza de Juan.

Antonio comenta con Juan y Pedro las diferentes obligaciones contables que tienen que atender su empresa tanto desde el punto de vista mercantil como fiscal. También los comenta que el 1 de enero de 2008 entró en vigor un Real Decreto que modificaba la legislación mercantil en materia contable para la armonización internacional con base en la normativa europea.

Por tanto, las cosas en muchas cuestiones han cambiado y hay que realizarlas con cuidado para no cometer errores, comenta Antonio.

Un hombre sentado en una mesa de despacho del dentro de un despacho, y otro hombre está de pie, ambos consultan unos documentos.

Juan le explica que quiere dar un curso de formación en este campo a dos de sus empleados, de forma que cuando se cierren las operaciones sepan como actuar, Antonio está de acuerdo y le dice a Juan:

−De esa forma cuando me enviéis la documentación tendré menos problemas.

Antonio le indica una academia de formación en este campo. Juan ha pensado en Pedro y Ana para recibir el curso de formación, ya que Pedro es su mano derecha y Ana es el futuro de la empresa.

Juan reúne primero a Pedro para explicarle la situación, le comenta que el curso lo ha pensado para que él y Ana tengan unas nociones sobre las obligaciones contables, que tengan claro el tema del patrimonio, activos, pasivos, que conozcan el plan general contable de las Pymes, que conozcan los impuestos de sociedades, el IVA, con todas las modificaciones que sean producido, etc.

Pedro está conforme con la idea y le indica a Juan:

−Así podemos actuar sobre la marcha tomando decisiones que sean las más favorables para la empresa desde el punto de vista fiscal y contable.

Juan está satisfecho, le indica a Pedro que informe a Ana sobre el tema. En 15 días comienza el curso.

Logotipo del Ministerio de Educación, Cultura y Deporte. Junto a una banda vertical que representa esquemáticamente la bandera de Europa y otra que representa la bandera de España, aparece el escudo de España, y el texto: Gobierno de España. Ministerio de Educación, Cultura y Deporte.
Materiales formativos de FP Online propiedad del Ministerio de Educación y Formación Profesional

1.- Obligaciones contables de la empresa.

Caso práctico

Hombre en primer plano con actitud de concentración y vestido con camisa azul, se encuentra sentado delante de un monitor que se observa lateralmente.

Pedro y Ana comienzan el curso de formación y en los primeros días les indican cuáles sobre las obligaciones contables de la empresa matizando que las principales obligaciones contables son el libro diario, el libro de inventario, las cuentas anuales y las obligaciones registrales. Ana y Pedro comentan que ellos en la empresa hasta ahora todo lo están haciendo todo, tal y como le señalan en el curso.

Una persona sentada delante de una mesa. La persona se observa parcialmente, solo se distingue las manos y en tronco de la persona. La persona tiene una corbata y una camisa blanca.

El Código de Comercio impone como norma que todo empresario o empresaria deberá llevar una contabilidad. Esta contabilidad deberá ser llevada ajustándola al PGC debiendo ser ordenada y adecuada a la actividad de su empresa. Además, esta contabilidad tendrá que hacerse reflejando en orden cronológico todas las operaciones de la empresa, de tal forma que permita la elaboración periódica de balances e inventarios.

Otro requerimiento de la contabilidad y uno de los principales es que debe permitir calcular el importe total del IVA que el sujeto pasivo haya repercutido a sus clientes y el importe total del impuesto soportado por el sujeto pasivo. Partiendo de esta obligación, veamos las que de ella se derivan.

Las principales obligaciones contables a las que ha de someterse el empresario son:

Libro diario y libro de inventario: El libro de diario es aquél en el que se registrarán diariamente todas las operaciones pertenecientes al desarrollo de la actividad de la empresa. Y el libro de inventario y cuentas anuales es aquél, que se abre con el balance inicial de la empresa, en el que trimestralmente se registran con sumas y saldos los balances de comprobación y al término del ejercicio, el inventario de cierre y las cuentas anuales.
Cuentas anuales: Se entienden por cuentas anuales de la empresa el balance, la cuenta de pérdidas y ganancias, un estado que refleje los cambios del ejercicio en el patrimonio neto, un estado de flujos de efectivo y la memoria. Vamos a ver cada una de ella.

  • El balance: es el estado financiero de una empresa en un momento determinado. Este estado financiero se representa contablemente con los activos que son bienes y derechos (lo que la empresa tiene), los pasivos que son las obligaciones (lo que la empresa debe) y la diferencia entre ellos que será el patrimonio neto. Sus principales características son:
    • Representa de forma separada el activo, el pasivo y el patrimonio neto.
    • El activo se compone de activo fijo o no corriente y activo circulante o corriente.
    • El pasivo se está formado por, pasivo no corriente y pasivo circulante o corriente.
    • En el patrimonio neto se distinguirán, los fondos propios por un lado y el resto de las partidas por otro.
  • La cuenta de pérdidas y ganancias: en ella figura el resultado económico que ha obtenido la empresa en un período de tiempo determinado, distinguiendo los resultados propios de la explotación de los que no lo son. La componen los ingresos, los gastos del ejercicio y la diferencia entre ellos que será el resultado.
  • Estado del patrimonio neto del ejercicio: refleja los cambios que se produzcan en el patrimonio. Este estado se compone de dos partes, una, representa los ingresos y los gastos originados por el desarrollo de la actividad de la empresa a lo largo del ejercicio, separando los considerados en la cuenta de pérdidas y ganancias y los registrados en el patrimonio neto. Y la otra parte, abarca todos los movimientos que tengan lugar en el patrimonio neto.
  • Estado de flujos de efectivo: registra los cobros y pagos que realiza la empresa, su objetivo es ofrecer información sobre los movimientos de efectivo que se producen durante el ejercicio. Estos movimientos han de registrarse ordenados y agrupados por categorías.
  • La memoria: es un comentario completo y amplio que recoge la información del balance y de la cuenta de pérdidas y ganancias.

Las cuentas anuales deben ser presentadas figurando en cada una de sus partidas la cifra del ejercicio que se cierra y la del ejercicio anterior, deben ser firmadas por el empresario o empresaria (si se trata de una persona física), por los socios ilimitadamente responsables de las deudas sociales (si se trata de sociedad colectiva o comanditaria) y por los administradores (si se trata de sociedad anónima o de responsabilidad limitada) y han de presentarse para sus depósito en el Registro Mercantil.

Obligaciones registrales: con carácter general, las empresas y profesionales, sujetos pasivos del IVA, deberán llevar, los libros registro de facturas expedidas, de recibidas, de bienes de inversión y de determinadas operaciones intracomunitarias.

1.1.- Normativa mercantil y fiscal.

Una balanza en posición de equilibrio de color marrón.

Como sabes en el año 2007 se aprobó la última reforma mercantil y del Plan General de Contabilidad, entró en vigor el 1 de enero del 2008.

Esta nueva ley conlleva una reforma fiscal dado que la base imponible del Impuesto de Sociedades se calcula partiendo del resultado contable por lo que se necesita revisar la normativa fiscal para adaptarla a la nueva regulación.

Esta reforma de la legislación mercantil en materia contable se realiza con el propósito de armonizar internacionalmente la normativa de la Unión Europea. Esta reforma se concreta en la Ley 16/2007 de 4 de julio y sus modificaciones.

Además de esta ley en el año 2007 tuvieron lugar las siguientes novedades en materia de legislación contable:

  • Real Decreto 1515/2007, de 16 de noviembre por el que se aprueba el Plan General de Contabilidad de Pequeñas y Medianas Empresas y los criterios contables específicos para microempresas.
  • Normas de registro y valoración para pequeñas y medianas empresas.
  • Modelos de cuentas anuales de pequeñas y medianas empresas.

Para saber más

La Ley 16/2007 de 4 de julio tiene modificaciones en algunos de sus artículos y para conocerlo en detalle puedes consultar el texto consolidado donde aparecen los artículos modificados y la normativa vinculada a dichas actualizaciones.

Texto consolidado Ley 16/2007.

Autoevaluación

Pregunta

La gestión contable de las Pequeñas y Medianas Empresas no ha de regirse por ninguna norma concreta, lo único que se exige es la presentación de un Balance al final de cada período en el que quede registrado el resultado del ejercicio. ¿Verdadero o falso?

Respuestas

Falso.

Verdadero.

Retroalimentación

2.- Objetivos de la contabilidad.

Caso práctico

La persona encargada de impartir el curso es Gerardo Díaz, profesor de la facultad de Ciencias Empresariales.

Es el segundo día, y explica que la contabilidad es una obligación de los empresarios y empresarias. Desarrolla mediante una animación, los objetivos que se persiguen con la contabilidad de las empresas. Ana y Pedro siguen atentamente el curso.

Hombre en primer plano con actitud de concentración y vestido con chaqueta y corbata. Tiene una apariencia de unos 65 años con poco pelo y blanco, además de una perilla de pelo blanco. El fondo es una cortina azul oscura.

Al hablar de objetivos de la contabilidad podemos establecer una división entre objetivos generales y objetivos específicos.

Empecemos conociendo los generales.

El objetivo general de la contabilidad es ofrecer información de hechos económicos, financieros y sociales que se producen en una empresa de manera continua y ordenada con el propósito de controlar el capital público y privado con el fin de conocer sus resultados y apoyar la toma de decisiones.

Dos personas una sentada y otra.de pie. Ambas miran atentamente un documento que se encuentra encima de la mesa que justo delante. Los dos tienen corbata y camisa, y que está de pie tiene gafas y chaqueta.

Pero además de este objetivo fundamental o general, también hay unos objetivos específicos.

Según estos objetivos específicos, la contabilidad ha de proporcionar:

  1. Información ordenada y sistemática sobre el movimiento económico y financiero de la empresa.
  2. Información en unidades monetarias de los bienes y de las deudas.
  3. Un registro claro y preciso de todas las operaciones de ingresos y gastos.
  4. En todo momento una imagen clara de la situación financiera de la empresa.
  5. Información que permita prever con anticipación las probabilidades futuras del negocio.
  6. Los cálculos y cifras sobre el beneficio o pérdidas obtenidas al finalizar el ciclo económico.
  7. Una prueba fiable susceptible de ser utilizada en actos jurídicos en los que la contabilidad pueda suponer una prueba legal.
  8. Información en unidades monetarias sobre las cuentas que hayan tenido movimiento.
  9. Información para las operaciones de planificación, evaluación y control de la empresa.

En resumen, el objetivo principal de la contabilidad es proporcionar información sobre la medición y registro de las operaciones económicas de una empresa en términos contables.

Para saber más

La contabilidad es una tarea fundamental en la empresa. Tener claro cuáles son los objetivos de esta actividad es fundamental. En el siguiente enlace podrás encontrar más información sobre los objetivos de la contabilidad.

3.- El patrimonio de la empresa: activo, pasivo y patrimonio neto.

Caso práctico

Mujer en primer plano mirando con gesto relajado y vestida de manera informal.

Pedro y Ana prestan especial atención al patrimonio de la empresa, debido a las expectativas de ampliación de la misma, quieren conocer la situación actual de los activos y pasivos según la nueva normativa.

Ana piensa en todos los clientes nuevos que tienen de países de la Unión Europea y de terceros países, y por otro lado de los vehículos y activos que van a tener que adquirir, bien comprando, bien alquilando.

—Lo tenemos que gestionar bien para que la empresa no sufra las consecuencias —le dice Pedro a Ana.

En este apartado de la unidad vamos a empezar a conocer lo que denominamos el patrimonio de una empresa.

Empecemos con su definición.

El Patrimonio de una empresa es el conjunto de bienes y derechos de cobro que posee la empresa menos las deudas u obligaciones de pago que tenga contraídas con terceros.

Fachada de un edificio del que se observan cinco plantas.

Este patrimonio por lo tanto lo configuran partidas de activo y de pasivo.

Veamos ahora ¿qué es el activo y qué es el pasivo de una empresa? El activo lo componen por un lado, el conjunto de bienes que la empresa posee y por otro, el conjunto de derechos generadores de ingresos que la empresa ha adquirido. Es decir el activo son el conjunto de recursos controlados por la empresa. Dentro del activo, se distingue el activo no corriente y el activo corriente.

¿Qué es el activo no corriente? Es el conjunto de bienes y derechos que la empresa ha adquirido pretendiendo que la empresa los mantenga durante más de un año.

Y el activo corriente estará formado por el conjunto de bienes y derechos adquiridos por la empresa pero con la intención de que permanezcan en ella menos de un año.

Los bienes que forman parte del activo de una empresa son las instalaciones, la maquinaria, el mobiliario, los elementos de transporte, las existencias de materias primas y productos terminados, etcétera. Además de estos bienes, como ya sabes, también formará parte del activo todos los derechos que haya contraído la empresa y que supongan un ingreso, estos derechos normalmente se refieren a los débitos a favor de la empresa adquiridos por sus clientes.

Ahora vamos a ver qué es el pasivo de una empresa. El pasivo es el conjunto de recursos financieros adquiridos por la empresa como consecuencia del desarrollo de su actividad y de las estimaciones de los gastos futuros.

El Pasivo se clasifica según sea exigible o no:

  • El pasivo no exigible será el formado por aquellos recursos que son propiedad de los titulares de la empresa, el capital o las reservas por ejemplo.
  • El pasivo exigible estará formado por aquellos recursos que son propiedad de terceras personas y que por tanto la empresa deberá devolver en un momento dado.

Al igual que en el activo, en el pasivo exigible, también se hace una distinción en función del plazo en el que deberá efectuarse el reembolso, es decir en función de la permanencia de ese recurso en la empresa. Y este plazo que marca la distinción es también el año. Así, llamaremos al pasivo exigible a largo plazo (período superior a un año) pasivo no corriente y al pasivo exigible a corto plazo (período inferior al año) pasivo corriente.

Y por último vamos a conocer cómo se constituye el patrimonio neto. El patrimonio neto se constituye por lo que la empresa tiene, menos lo que debe. Es decir, el patrimonio neto estará formado por todos los activos de la empresa menos sus pasivos exigibles, es decir, sus bienes más su derechos menos todas las obligaciones de pago contraídas con terceros.

4.- Las cuentas. Terminología, estructura y tipos.

Caso práctico

Pedro comenta con Juan que en el curso les han comentado la forma, estructura y los tipos de cuentas que deben tener presente para adaptarse a la normativa europea, y que ha estado comprobando como lo estaban haciendo ellos.

—Lo estamos haciendo todo de forma correcta —comenta Pedro.

Juan y Pedro se marchan a desayunar con la sensación de hacer las cosas bien.

Imagen en primer plano de un teclado, en la que se observan algunas taclas del teclado.

Documento que está siendo imprimido en una impresora matricial.

Presta atención a este apartado, en él se te va a presentar la herramienta con la que trabaja la contabilidad, la cuenta.

La cuenta es un instrumento que tiene por objeto representar y medir los elementos patrimoniales.

La función de la cuenta consiste en registrar el valor inicial de los elementos patrimoniales, las variaciones que con posterioridad se produzcan en ellos y el valor que presenten al final del ejercicio económico.

Cada elemento patrimonial tiene asignada una cuenta que nos permitirá tener la visión de ese elemento de forma independiente. Ahora qué sabemos qué son las cuentas contables y para qué sirven vamos a ver su estructura.

Las cuentas se dividen en dos partes: en una se registran los aumentos de valor del elemento que representan y en la otra se registran las disminuciones. Se simboliza con forma de “T” y se representa así: sobre la línea horizontal de la T se escribe el nombre de la cuenta, el elemento que representa, en las dos columnas que separa la línea vertical de la T se van registrando los valores numéricos de las variaciones que se produzcan en el valor del elemento.

El funcionamiento de la cuenta da lugar a una terminología específica de la cuenta. La columna de la izquierda que divide la línea vertical de la T es el debe y la columna de la derecha es el haber.
Dependiendo de la naturaleza de la cuenta, las anotaciones se realizarán en el debe o en el haber. Y cada cuenta solo podrá ser de activo, pasivo, ingresos o gastos. Así en el debe se registrarán los aumentos de aquellas cuentas que sean de activo o de gastos y en el haber se registrarán las disminuciones de las cuentas de pasivo, de neto o de ingresos. A la anotación registrada en el debe de una cuenta se le llama cargo y a la anotación registrada en el haber se le llama abono.

Otros términos importantes son:

  • Sumas deudoras: resultado de la suma de todas las partidas del Debe.
  • Sumas acreedoras: resultado de la suma de todas las partidas del Haber.
  • Saldo de una cuenta: diferencia entre las sumas deudoras y las acreedoras dando lugar al saldo deudor o acreedor.

Y por último, en este apartado vamos a ver los tipos de cuentas. Los tipos de cuentas son:

  • Las cuentas de activo: representan elementos patrimoniales que constituyen bienes o derechos de la empresa. En estas cuentas el valor inicial y los aumentos se anotan en el debe y las disminuciones en el haber.
  • Las cuentas de pasivo: representan los elementos que significan deudas u obligaciones de pago de la empresa. El pasivo exigible y el neto patrimonial constituyen la estructura financiera de la empresa, representando el Neto, las fuentes de financiación propias. En este tipo de cuentas, el valor inicial del elemento patrimonial que representan, se anota en el haber así como sus aumentos. Las disminuciones se anotan en el debe.
  • Las cuentas de neto: agrupan aquellos elementos patrimoniales que recogen el importe de los fondos que el titular de la empresa ha aportado. Representan las fuentes de financiación propias. Estas cuentas de neto son capital y reservas.

Autoevaluación

Pregunta

Para aumentar una cuenta de pasivo has de hacer una anotación en el debe. ¿Verdadero o falso?

Respuestas

Falso.

Verdadero.

Retroalimentación

5.- Los libros contables y de registro.

Caso práctico

Ana después de recibir la información sobre los libros contables está comprobando la documentación de la empresa, Alberto le comenta que hace unos años el asesor les indicó que debían cambiar el formato y los libros contables que estaban siguiendo para adaptarse a una nueva normativa. Ana le dice que entiende lo que pidió el asesor porque están cumpliendo perfectamente la normativa.

Hombre de pie con las manos extendidas y vestido de manera informal con camisa y pantalones vaqueros, mantiene una actitud de conversación. En el fondo de la imagen aparece una especie de guardería.

En este apartado de la unidad vamos a conocer los distintos registros que la ley obliga llevar a los empresarios. ¿Qué son los libros contables?

Los libros o registros contables son los que las empresas están obligadas a llevar y donde registran de forma sistemática y ordenada las operaciones mercantiles que realizan en el desarrollo de su actividad durante un ejercicio económico.

Una persona enchaquetada escribe en una agenda con un bolígrafo. Se observa la imagen desde arriba.

La función de los libros contables en la empresa es permitir la representación adecuada de su patrimonio ofreciendo la organización del tratamiento de sus datos.

Existen diversos tipos de libros contables que serán utilizados según las necesidades de la empresa y según el Código de Comercio, los libros obligatorios que los empresarios deben llevar son el libro diario, el libro de inventarios y cuentas anuales, y el libro de actas (sólo para las sociedades mercantiles).

Además de estos, has de saber que los empresarios y empresarias, voluntariamente, podrán llevar aquellos libros, registros y documentos que consideren convenientes, por ejemplo, libro de clientes, el libro de proveedores, el libro de caja, el libro de bancos, el libro de efectos a pagar y el de a cobrar, etc.

El libro diario es el que recoge los registros realizados cada día de todas las operaciones referentes al desarrollo de la actividad de la empresa. Estos registros o anotaciones se llaman asientos. Las anotaciones realizadas por orden cronológico en el libro diario han de ser trasladadas a las hojas del libro mayor. En este libro mayor cada hoja se dedica a una cuenta que representa uno a uno los elementos patrimoniales.

El libro de inventarios y cuentas anuales es donde se registran los inventarios y balances que se realizan en la empresa así como las cuentas anuales. Las cuentas anuales, como sabes, son estados contables realizados al término del ejercicio económico con el fin de ofrecer información sobre la situación económica-financiera de la empresa y del resultado de las actividades realizadas en el año.

Las cuentas anuales pueden contener los siguientes documentos:

  • El balance.
  • La cuenta de pérdidas y ganancias.
  • El estado de cambios en el patrimonio neto.
  • El estado de flujos de efectivo.
  • La memoria.

Has de saber que los libros contables, según la normativa mercantil indica, deben conservarse durante seis años y según la normativa fiscal, deberán conservarse 4 años. Por otro lado, también deben ser presentados en el Registro Mercantil.

Autoevaluación

Pregunta

Los inventarios son estados contables realizados al término del ejercicio económico con el fin de ofrecer información sobre la situación económica-financiera de la empresa y del resultado de las actividades realizadas en el año. ¿Verdadero o falso?

Respuestas

Falso.

Verdadero.

Retroalimentación

6.- El plan general contable para las PYMES: características.

Caso práctico

Pedro comenta con Juan que el cambio de PGC que se realizó a finales del 2007 se eliminaron una serie de documentos que todavía están haciendo en su empresa y lo único que producen es mayor carga de trabajo, como son los documentos del estado de ingresos y gastos, además tampoco es obligatorio realizar la conversión a ninguna moneda, ya que todo se debe gestionar en euros.

Una moneda de un euro en primer plano con un fondo blanco.

Vista aérea de una avenida de una ciudad grande. Es de noche y se observa iluminados los altos edificios. En el centro de la imagen se iluminan los vehículos que circulan por la avenida.

Ahora vamos a ver cómo ha afectado la reforma contable a las pequeñas y medianas empresas.

En primer lugar, has de saber que se considera PYME aquella empresa que a la fecha del cierre de dos ejercicios consecutivos cumple con al menos dos de las siguientes condiciones:

  • Que el total de las partidas del activo no supere los dos millones ochocientos cincuenta mil euros.
  • Que el importe neto de su cifra anual de negocios no supere los cinco millones setecientos mil euros.
  • Que el número medio de trabajadores empleados durante el ejercicio no sea superior a cincuenta.

Las empresas consideradas PYMES pueden acogerse de forma voluntaria a los modelos simplificados de cuentas anuales y no tienen que elaborar el estado de flujos de efectivo.

Existen en el PGC de 2007 dos casos más de aplicación de normas específicas siempre que cumplan las siguientes condiciones relativas al tamaño:

  1. Si supera los límites para ser considerado PYME pero está por debajo de los límites marcados para poder redactar la cuenta de pérdidas y ganancias en formato abreviado, estos criterios son similares a los primeros pero más holgados y son:

    • Que el total de las partidas del activo no supere los once millones cuatrocientos mil euros.
    • Que el importe neto de su cifra anual de negocios no supere los veintidós millones ochocientos mil euros.
    • Que el número medio de trabajadores empleados durante el ejercicio no sea superior a doscientos cincuenta.

  2. Si es considerado microempresa para lo que habrá de cumplir las siguientes condiciones:

    • Que el total de las partidas del activo no supere el millón de euros.
    • Que el importe neto de su cifra anual de negocios no supere los dos millones de euros.
    • Que el número medio de trabajadores empleados durante el ejercicio no sea superior a diez.

En estos casos se pueden aplicar normas de valoración concretas pero no hay cambios en los modelos de Cuentas Anuales a emplear.

La normativa que regula la contabilidad para las PYMES y las microempresas es el RD 1515/2007, de 16 de noviembre, por el que se aprueba el Plan General de Contabilidad de Pequeñas y Medianas Empresas y los criterios contables específicos para microempresas.

Las novedades más reseñables que presenta esta RD con respecto a Ley 16/2007, de 4 de julio, de reforma y adaptación de la legislación mercantil en materia contable son las siguientes.

  • La elaboración del documento de estado de flujos de efectivo que antes era obligatoria, ahora es voluntaria.
  • Se han eliminado algunas normas o apartados. Por ejemplo, el fondo de comercio, los instrumentos financieros compuesto, los contratos de garantía financiera, las fianzas entregadas y recibidas o las coberturas contables. Además se han simplificado algunos criterios de registro y valoración relacionados con los instrumentos financieros, se ha eliminado la norma relativa a activos no corrientes y grupos enajenables de elementos, mantenidos para la venta, y se ha suprimido el apartado relativo a la conversión de las cuentas anuales a la moneda de presentación, dado que se establece como requisito que la moneda utilizada por la empresa para poder aplicar este plan sea el euro.
  • Se elimina el documento de estado de ingresos y gastos.

6.1.- Principios contables.

Los principios contables son un conjunto de reglas que sirven de guías aceptadas o impuestas por normas legales que constituyen la base para el desarrollo de la Contabilidad y el pilar para los criterios de valoración.

Hombre trabajando en un ordenador con una ventana de la habitación al fondo. El monitor del ordenador se observa desde la parte trasera.

La empresa deberá llevar a cabo su contabilidad siguiendo estos principios contables de obligado cumplimiento y que son:

  • Empresa en funcionamiento. La empresa es considerada en funcionamiento y así se considera para el futuro porque las cuentas anuales habrán de representar el funcionamiento futuro de la empresa.
  • Devengo. Las operaciones económicas se registrarán cuando ocurran y serán imputadas al ejercicio al que las cuentas anuales se refieran tanto los gastos como los ingresos que afecten al mismo con independencia de la fecha de su pago o cobro.
  • Uniformidad. Las cuentas anuales han de generarse y mantenerse con criterios que deberán continuidad en el tiempo y ser aplicados uniformemente.
  • Prudencia. A la hora de realizar las estimaciones y valoraciones en condiciones de incertidumbre ha de hacerse con prudencia no suponiendo esto que dicha valoración tenga que dejar de representar fielmente a los datos de las cuentas anuales.
  • No compensación. Exceptuando los casos que por normativa se disponga expresamente lo contrario, no se podrá compensar las partidas del activo y del pasivo o las de gastos e ingresos, valorándose de forma separada los elementos integrantes de las cuentas anuales.
  • Importancia relativa. En los casos de las partidas en los que la no aplicación de algunos principios y criterios contables suponga una variación insignificante y no altere la imagen fiel de lo que representan, estas partidas o importes podrán agruparse con otros principios similares.

Autoevaluación

Pregunta

Gracias al principio del devengo los gastos y los ingresos son imputados en el ejercicio en el que se realiza el pago o el cobro aunque no coincida con el momento de la realización de la operación que los genera. ¿Verdadero o falso?

Respuestas

Falso.

Verdadero.

Retroalimentación

6.2.- Criterios de valoración, normas de registro y valoración.

Cuando hablamos de criterios de valoración en las PYMES, nos estamos refiriendo al proceso por el que se asigna un valor monetario a cada uno de los elementos que integran las cuentas anuales según lo determinan las normas de valoración que incluye el Plan General de Contabilidad de Pequeñas y Medianas Empresas.

En la siguiente animación se presentan los criterios de valoración del Plan General Contable, pasa el cursor del ratón por encima de los octógonos para conocerlos:

Una vez conocemos los criterios de valoración, llega el momento de hablar de las normas de registro y valoración.

Las normas de registro y valoración para las PYMES son unas disposiciones que desarrollan los principios contables y en las que se incluyen criterios y reglas aplicables a distintas transacciones o hechos económicos así como a los distintos elementos patrimoniales.

Las normas de registro y valoración que son de obligada aplicación para las PYMES y son las relativas a:

Dos hombres sentados observan un documento con actitud de concentración. Una de las personas tiene una edad de unos treinta años y la otra persona tiene unos sesenta años y tiene gafas.

  1. Inmovilizado material.
  2. Normas particulares sobre inmovilizado material.
  3. Inversiones inmobiliarias.
  4. Inmovilizado intangible.
  5. Normas particulares sobre inmovilizado intangible.
  6. Arrendamientos y otras operaciones de naturaleza similar.
  7. Activos financieros.
  8. Pasivos financieros.
  9. Contratos financieros particulares.
  10. Instrumentos de patrimonio propio.
  11. Existencias.
  12. Moneda extranjera.
  13. Impuesto sobre el Valor Añadido, Impuesto General Indirecto Canario y otros Impuestos indirectos.
  14. Impuesto sobre beneficios.
  15. Ingresos por ventas y prestación de servicios.
  16. Provisiones y contingencias.
  17. Subvenciones, donaciones y legados recibidos.
  18. Y otros.

Para saber más

Profundiza más sobre las normas de registro y valoración para las PYMES visitando el siguiente enlace de texto consolidado:

Normas de registro y valoración para las PYMES.

7.- El ciclo contable. Anotaciones contables, amortizaciones y ajustes.

Caso práctico

Una joven de pie con actitud sonriente gesticula moviendo las manos.

Ana ha hablado con Pedro sobre el tema que han tratado ese día, se trata del ciclo contable. Ana le comenta que debería ser una misma persona la encargada de realizar todas las anotaciones del ciclo contable por varias razones, por un lado para evitar errores de duplicidad, y por otro que la encargada de hacer los asientos de ajuste sea la que ha introducido la información.

Pedro esta de acuerdo y le comenta a Ana:

−Hablaré con Juan y le informaré de tu idea.

Se ven dos engranajes que encajan y estan sobre un fondo azul.

El ciclo contable es proceso completo de contabilidad en un período de tiempo de una empresa. En este proceso tiene lugar los registros de cada una de las transacciones que suceden en una empresa. Este período puede ser mensual, trimestral, semestral o anual, aunque el más utilizado es el anual.

Las anotaciones del ciclo contable son:

  • Registro en el libro diario de cada transacción por orden cronológico que vayan sucediendo en el período de tiempo considerado. Estas anotaciones se denominan asientos contables.
  • Traspaso de anotaciones del libro diario al libro mayor.
  • Balance de comprobación, su misión es comprobar que los totales de las sumas de las anotaciones en el debe de las cuenta de libro mayor son iguales a los totales de las sumas de las anotaciones realizadas en el haber.
  • Registro de los ajustes en el libro diario.
  • Traspaso de ajustes realizados en el libro diario al libro mayor.
  • Registro de asientos de cierre en el libro diario.

Al término del período contable, las cuentas han de presentar su saldo real. En el caso de que sus saldos finales no reflejen la realidad, se hace necesario elaborar anotaciones que los disminuyan o aumenten. Estas anotaciones son los asientos de ajuste. Por lo tanto podremos definir el asiento de ajuste como el asiento contable necesario para llevar el saldo de una cuenta a su valor real.

En el caso, por ejemplo de los elementos de inmovilizado es donde más claramente se advierte la necesidad de realizar asientos de ajuste. De hecho, uno de los asientos de ajuste más comunes en los ejercicios económicos es la amortización.

La amortización es la pérdida de valor periódica de los bienes cuyo valor es susceptible de disminuir con el tiempo o con el uso.

El valor de la depreciación que sufren el inmovilizado y por tanto el valor de la amortización se calcula al término de cada período y para su determinación es preciso conocer:

  • El coste de adquisición del bien.
  • La vida útil del bien que dependerá de sus características.
  • El valor residual del bien.
  • El método de depreciación a utilizar.

Como hemos comentado antes, al final de cada ejercicio económico, uno de los asientos de ajuste que tendrá que realizar la empresa será el referido a la amortización de tal forma que queden recogidas las depreciaciones de sus bienes por el paso del tiempo y o el uso y el saldo de cada cuenta de inmovilizado refleje la realidad, en este caso este ajuste supondrá una minoración.

La amortización del inmovilizado se establece de forma sistemática y racional en función de la vida útil de los bines, de su valor residual y según el deterioro que sufran por su funcionamiento, uso o disfrute.

Hay varias clases de ajustes conociéndose como ordinarios los que se realizan con frecuencia en la empresa en cada periodo contable. Estos ajustes ordinarios son los que afectan a las siguientes cuentas: caja, bancos, inventario de mercancías, depreciación acumulada, gastos pagados por anticipado y cargos diferidos, ingresos recibidos por anticipado, etcétera.

7.1.- Cálculo del resultado y cierre del ejercicio.

Una mano sujeta un bolígrafo y está apoyado en una agenda. Todo el conjunto está sobre una mesa. En primer plano se observa una calculadora.

Ha llegado la hora de cerrar el ciclo económico y por tanto la hora de realizar el cálculo del resultado.

Lo primero que debemos comprobar es que toda la contabilidad este cuadrada. Es recomendable realizar un balance de comprobación de sumas y saldos a fecha de cierre del ejercicio contable, donde se podrá comprobar si la contabilidad está cuadrada o no. Con esto nos referimos a que el conjunto de anotaciones del debe coincida en importe con el conjunto de anotaciones del haber.

El resultado del ejercicio se calcula deduciendo de los ingresos los gastos. En el diario esto se refleja abonando las cuentas de gastos y cargando las de ingresos llevando la diferencia obtenida a la cuenta de pérdidas y ganancias. Como sabes este resultado supone un beneficio cuando los ingresos superan los gastos, y supone una pérdida cuando los gastos superan los ingresos.

Otra de las operaciones importantes y específicas anteriores al cierre del ejercicio y que se realizan al momento de concluir el período contable que se está considerando, son los ajustes, como has visto en el apartado anterior. Entre los ajustes más importantes que la empresa deben realizar está la depreciación de los activos fijos, la amortización de los activos intangibles y diferidos y los ajustes necesarios en los inventarios.

También en el momento del cierre es importante que la empresa realice la conciliación de las cuentas bancarias y cuyo resultado puede que también concluya en la realización de algún ajuste. La conciliación de las cuentas bancarias consiste en la comprobación de los extractos y saldos recibidos por las entidades bancarias a lo largo del ejercicio con los movimientos y saldos que han tenido lugar en las cuentas de bancos registrados en la contabilidad de la empresa.

Además de los ajustes, otra operación previa al cierre y que colaborará en el cálculo del resultado, es el registro de la variación de existencias. En este registro la empresa ha de anotar la alteración que ha sufrido, a lo largo del ejercicio, la valoración de sus existencias. Para registrar esta variación, la empresa al cierre del período, da de baja las existencias que inicialmente había en almacén. Al tratarse de una cuenta de activo, esta baja se computará con una anotación en el haber empleando como contrapartida la cuenta de variación de existencias correspondiente que verá reflejada la baja en el debe.

Simultáneamente se darán de alta las existencias que al momento del cierre tenga la empresa en el almacén, volviendo a anotar en el debe de la cuenta de existencias y volviendo a emplear como contrapartida la de variación de existencias. Esta anotación hay que realizarla para cada tipo de existencias que tenga la empresa. De aquí la necesidad de realizar previo al cierre del ejercicio un inventario.

El cierre contable es el proceso que se realiza, tras el cálculo del resultado del ejercicio contable y los ajustes, y consiste en cargar en el diario todas las cuentas acreedoras o de pasivo y a abonar todas las deudoras o de activo. Con este traspaso al mayor todas las cuentas quedarán saldadas, es decir, su saldo será nulo, cero.

Para saber más

Visita este enlace y podrás ver cómo se realiza el cierre contable de un ejercicio económico.

Cierre contable de un ejercicio económico.

Autoevaluación

Pregunta

La conciliación bancaria puede dar lugar a un asiento de ajuste. ¿Verdadero o falso?

Respuestas

Verdadero.

Falso.

Retroalimentación

8.- Valoración del inmovilizado: amortización y deterioro de valor.

Caso práctico

Pedro le comenta a Juan que para calcular la valoración del inmovilizado tienen que tener en cuenta que algunos equipos informáticos se han quedado obsoletos y tendrán que realizar una valoración de la depreciación que han sufrido y llevar a cabo los oportunos ajustes y por otro lado, deben tener presente los nuevos activos adquiridos por la empresa.

Un equipo informático desmontado dentro de un armario un una serie de documentos en el lateral izquierdo.

Para valorar el inmovilizado lo primero que tendremos que saber es su precio de adquisición o el coste de producción.

A la hora de hacer la valoración inicial de los bienes que constituyen el inmovilizado material de una empresa se valorarán por su coste, ya sea éste el precio de adquisición o el coste de producción.

El precio de adquisición es el valor por el que el vendedor ha facturado el inmovilizado incluyendo en su caso los gastos derivados de su puesta en marcha y funcionamiento.

El coste de producción de los elementos que formen parte del inmovilizado de la empresa y que hayan sido fabricados por ella se calculará añadiendo al precio de adquisición de las materias primas todos los demás costes imputables a la fabricación del bien.

Una mano sujeta un fajo de billetes de cinco dolares.Delante del fajo de billetes aparece una contadora de billetes con otro fajo colocado en la rejilla de la contadora.

Al término de cada ejercicio económico se realizará otra valoración de cada elemento del inmovilizado material. Esta valoración se realizará deduciendo de la valoración inicial, es decir de su precio de adquisición o coste de producción la amortización acumulada.

El concepto de amortización ya lo has visto en esta misma unidad. La función de la amortización es lograr que finalizada la vida útil del inmovilizado la empresa haya podido recoger a través del gasto de amortización el importe que necesitará para recuperar la inversión y poder reponer el inmovilizado.

La amortización se calcula de forma sistemática y racional dependiendo de la vida útil de los bienes y de su valor residual. Para su cálculo también hay que tener presente la depreciación que sufran los bienes como consecuencia de su funcionamiento, uso y disfrute, o por la obsolescencia técnica o comercial que pudiera afectarles. La amortización se realizará de forma independiente por cada elemento del inmovilizado material. La valoración monetaria o el importe de la depreciación que sufren los elementos de inmovilizado y que se calcula conforme a un sistema determinado aplicado en el período considerado se refleja en una cuenta de gastos, llamada dotación de amortización.

Esta cuenta de gastos tiene en la contabilidad como contrapartida la cuenta de pasivo llamada amortización acumulada del inmovilizado. Esta cuenta reflejará el importe total de acumulación de las dotaciones que se efectúan todos los años como consecuencia de la depreciación del inmovilizado. Estas cuentas de amortización acumulada figurarán en el activo del balance minorando la inversión.

Cada elemento del inmovilizado tendrá asignada su cuenta de dotación y su cuenta de amortización acumulada.
Para el cálculo de estas depreciaciones existen varios métodos a aplicar entre los que destacan los coeficientes de amortización lineal, degresivo con porcentaje constante o el degresivo por números dígitos.

Y ¿qué se entiende por deterioro del valor?

El deterioro del valor es la pérdida por el desgaste o envejecimiento del valor de los elementos de inmovilizado material cuando su valor contable supere a su importe recuperable.

El importe recuperable tenido en cuenta en la estimación del deterioro del valor, es el mayor importe entre el valor razonable menos los costes de venta y su valor neto. Este es un concepto añadido en la última reforma del Plan Contable realizada en el 2007.

En el momento del cierre del ejercicio la empresa tendrá que estimar si existen posibilidades de haber sufrido en sus inmovilizados deterioros de valor, si es así deberá estimar sus importes recuperables y realizar las correcciones valorativas oportunas. Estas correcciones valorativas por deterioro de los elementos del inmovilizado material se computarán como un gasto o un ingreso, respectivamente, en la cuenta de pérdidas y ganancias según hayan supuesto un aumento o disminución de la valoración.

9.- Las cuentas anuales: cuenta de pérdidas y ganancias, balance de situación.

Caso práctico

Pedro comenta con Juan que Gerardo García les ha comentado que hay empresas que al realizar las cuentas anuales presentan pérdidas y sin embargo marchan muy bien, la razón es que ese año han realizado una fuerte inversión en un activos no corrientes, es decir, ordenador, vehículos, naves,…

Pedro le indica a Juan que quizás este año después de la fuerte inversión tengan un resultado con perdidas.

Primer plano de Gerardo.Va vestido con chaqueta y corbata. Tiene una apariencia de unos 65 años con poco pelo y blanco, además de una perilla de pelo blanco, está sentado en un sillón.
Torre de cajas de DVD con un DVD en primer plano apoyado en la caja de DVD.

En este apartado de la unidad vamos a ver las cuentas anuales. En primer lugar has de saber que las cuentas anuales están formadas por el balance, la cuenta de pérdidas y ganancias, el estado de cambios en el patrimonio neto, el estado de flujos de efectivo y la memoria.

En este apartado vamos a estudiar el balance de situación y la cuenta de pérdidas y ganancias.

La cuenta de pérdidas y ganancias recoge el resultado del ejercicio económico cuyo valor se ha obtenido calculando la diferencia entre los ingresos y los gastos que se generan en una empresa durante un ejercicio contable. El resultado del ejercicio obtenido por la cuenta de pérdidas o ganancias será beneficio cuando los ingresos hayan sido superiores a los gastos, y será pérdida cuando hayan sido inferiores.

Este resultado representa el importe que la empresa ha ganado o ha perdido en el periodo estudiado.

Para el cálculo del resultado en la cuenta de pérdidas y ganancias serán considerados ingresos los incrementos en el patrimonio neto de la empresa, haya sido por aumentos en el valor del activo, o por disminuciones de los pasivos, siempre que su origen no esté en aportaciones de los socios o propietarios.

Y se considerarán gastos en la cuenta de pérdidas y ganancias, los decrementos en el patrimonio neto de la empresa que se hayan causado tanto por salidas o disminuciones en el valor de los activos, o por disminuciones en el valor de los pasivos, siempre que éstos no hayan sido consecuencia de distribuciones a los socios o propietarios.

La cuenta de pérdidas y ganancias ha de ser calculada atendiendo a la clasificación que los ingresos y los gastos presentan según su naturaleza y las cuentas que intervienen en ella se anotarán de la siguiente forma:

  • En el debe, la parte izquierda de la cuenta, aparecerán las cuentas de compras, otros gastos y la reducción de existencias.
  • Y en el haber, la parte derecha de la cuenta, aparecerán las cuentas de ventas, otros ingresos y el incremento de existencias.

El balance de situación es una simplificación de las cuentas patrimoniales y representa la situación estática de la empresa en el momento de su realización.

El activo del balance de situación nos presenta la relación de bienes de la empresa y también se le llama estructura económica de la empresa. Y el pasivo o estructura financiera de la empresa nos presenta las distintas fuentes de financiación que la empresa ha utilizado para configurar su activo. Estas fuentes de financiación son los recursos propios y los recursos ajenos.

El balance de situación es una pieza fundamental a la hora de analizar la situación de la empresa en cuanto a conceptos como liquidez, solvencia, endeudamiento, solidez…, pero para analizar la situación de la empresa no puede contemplarse de forma aislada, ha de hacerse con los demás elementos que componen las cuentas anuales.

Autoevaluación

Pregunta

El balance de situación es una simplificación de las cuentas patrimoniales y representa de una forma dinámica la evolución de una empresa durante un período de tiempo. ¿Verdadero o falso?

Respuestas

Falso.

Verdadero.

Retroalimentación

9.1.- Estado de cambios en el patrimonio neto y memoria.

Un edificio de hormigón entre sombras, con la sombra de la figura de una persona de fondo.

El Estado de cambios en el patrimonio neto es uno de los documentos que forman parte de las cuentas anuales y que informa de los cambios que han surgido como consecuencia de:

  • El resultado del ejercicio obtenido de la cuenta de pérdidas y ganancias.
  • El importe de los ingresos o gastos que han supuesto un aumento o disminución del patrimonio neto referido a subvenciones, donaciones u otras aportaciones realizadas a la empresa por parte de terceros distintos a los socios o propietarios.
  • De los ingresos o gastos consecuencia de operaciones que por aplicación del Plan General de Contabilidad la empresa se han de computar imputándolos directamente al patrimonio neto.
  • También informará de las variaciones surgidas en el patrimonio neto causadas por operaciones con los socios o propietarios de la empresa cuando hayan actuado como tales.
  • También informará de los ajustes al patrimonio neto debidos a cambios en criterios contables y correcciones de errores.

Este documento se elaborará teniendo en cuenta que:

  • El resultado correspondiente a un ejercicio será traspasado a la columna de resultados de ejercicios anteriores en el ejercicio siguiente.
  • Y la aplicación realizada en un ejercicio del resultado del ejercicio anterior se registrará en:
    • La partida llamada “otras operaciones con socios y propietarios” como distribución de dividendos.
    • La partida llamada “otras variaciones del patrimonio neto” por el resto de las variaciones que sufra el patrimonio neto.

Has de saber, que junto con el balance, la cuenta de pérdidas y ganancias y la memoria, el estado de cambios en el patrimonio neto es uno de los documentos que todas las empresas que utilicen los modelos abreviados de cuentas anuales, tienen obligación de presentar. Sin embargo el documento de estado de flujos de efectivo no es obligatorio para este tipo de empresas.

La memoria es un documento que podemos decir que es explicativo del resto de cuentas anuales, especialmente del balance de situación.

En la memoria se recogen datos cuantitativos y cualitativos, en definitiva, explicaciones de lo ocurrido a lo largo del ejercicio a nivel contable, y que queda reflejado en el balance de situación.

Autoevaluación

Pregunta

El estado de cambios en el patrimonio neto es un independiente de las cuentas anuales y su elaboración es para todos los tipos de empresarios y empresarias voluntaria. ¿Verdadero o falso?

Respuestas

Falso.

Verdadero.

Retroalimentación

10.- El resultado del ejercicio.

Caso práctico

Antonio de unos 45 años con gafas. Antonio está vestido con camisa blanca y corbata y se encuentra sentado. Al fondo de la imagen se observa una puerta entre abierta.

Juan se ha preocupado por lo que Pedro le ha comentado sobre el posible resultado negativo del ejercicio. Juan llama a su asesor Antonio García y le comenta el tema. Antonio tranquiliza a Juan, le dice que es cierto que puede obtener unos resultados negativos este año pero que es razonable por la fuerte inversión realizada.

Juan se queda más tranquilo después de la conversación.

Cinco montones de monedas. Con tres montones en primer plano y dos montones en segundo plano.

En los apartados anteriores ya has aprendido que una de las cuentas anuales que ha de presentar la empresa es la cuenta de pérdidas y ganancias.

Esta cuenta recogerá la diferencia entre los ingresos y gastos del ejercicio, y constituirá el resultado del ejercicio, siempre y cuando estos ingresos y gastos no se refieran a variaciones del patrimonio neto, y por lo tanto a éste hayan de ser imputados según de acuerdo a las normas de registro y valoración.

Estas dos partidas fundamentales (ingresos y gastos), podríamos decir que tienen un apellido, el adjetivo “contable”. Esto quiere decir que cuando realizamos la cuenta de pérdidas y ganancias tenemos en cuenta los ingresos y gastos contables imputables al ejercicio económico al que se refiera nuestra contabilidad.

Como resultado nos dará un importe positivo (beneficio o ganancia) o negativo (pérdida). A este resultado del ejercicio le denominamos resultado contable, puesto que ha sido calculado en base a los ingresos y gastos contables.

El resultado contable será la base para aplicar los impuestos que procedan (en el caso de empresas el impuesto de sociedades). Y decimos que será la base porque no siempre coincide el resultado contable con el resultado a efectos fiscales o resultado fiscal.

La razón por la que no coincide es porque hay que realizar una serie de ajustes o cálculo de diferencias. Esto es así por la norma de valoración 15ª que es la norma que se refiere al impuesto de beneficios.

Es importante saber que la norma de valoración 15ª se refiere a los impuestos sobre beneficios y en concreto a los calculados en base a operaciones o transacciones reales y no a los que se calculan en base a índices y módulos objetivos.

Ahora es el momento de aprender cómo se calcula el resultado fiscal en base al resultado contable. Vamos a verlo.

Autoevaluación

Pregunta

El resultado contable siempre ha de coincidir con el resultado a efectos fiscales. ¿Verdadero o falso?

Respuestas

Falso.

Verdadero.

Retroalimentación

10.1.- Resultado contable y resultado fiscal.

Vista aérea de un puente peatonal por el que cruza una persona andando.

Como hemos visto en los anteriores apartados, el resultado fiscal será el que se utiliza para realizar la tributación de la empresa, y que en ocasiones difiere del resultado contable, ya que para llegar al fiscal hay que realizar una serie de ajustes o diferencias.

Estas diferencias pueden ser permanentes, es decir que afectan únicamente al ejercicio en el que se producen y por lo tanto no tienen efecto en siguientes ejercicios, y temporales, que son aquellas que se incluyen en el cálculo del beneficio contable de un ejercicio y en el cálculo del resultado fiscal de otro ejercicio diferente. Estas diferencias pueden ser respecto a ingresos o a gastos.

¿Por qué hacemos este ajuste?

Se realiza porque una vez determinado el resultado contable hay que determinar la base imponible de impuestos directos que afectan a la empresa (resultado fiscal), ya que no todos los ingresos contables tienen consideración de fiscales, ni tampoco todos los gastos.

Por lo tanto si al resultado contable le sumamos o restamos (según proceda) las diferencias permanentes y temporales, tendremos hecho el primer ajuste.

Pero no es el único, puesto que en ocasiones las empresas también pueden compensar el resultado con los resultados negativos de ejercicios anteriores.

Por ejemplo si una empresa en el ejercicio anterior tuvo unas pérdidas de 1000 y en este ejercicio tiene unos beneficios de 5000 €, podrá compensar las pérdidas del ejercicio anterior, ajustando el resultado fiscal que quedará en 4000 € (diferencia del resultado contable del ejercicio actual con las pérdidas del ejercicio anterior).

Este resultado final es resultado de realizar tanto el primer ajuste (diferencias temporales y permanentes), como el segundo ajuste (resultados negativos de ejercicios anteriores), y constituirá el resultado fiscal que como ya sabes es la base para calcular los impuestos directos de las empresas.

Para saber más

En el siguiente enlace podrás encontrar información sobre el Impuesto de Sociedades y cómo realizar los ajustes.

Ajustes para el cálculo del Impuesto de Sociedades.

11.-El Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF).

Caso práctico

Ana comenta con Pedro que si aumenta la plantilla de empleados de la empresa el impuesto sobre la renta de las personas física debe variar tanto en los gastos deducibles como los rendimientos sujetos.

Una joven de pie con actitud sonriente.

Conjunto de billetes de 50 y 20 euros esparcidos.

Hasta ahora has estado viendo como las empresas tienen que llevar una contabilidad de su actividad. Una de las razones por las que la han de llevar es porque sirve para informar a las administraciones públicas de esa actividad, y consecuentemente tienen que satisfacer sus obligaciones fiscales que se derivan de esa actividad empresarial. A partir de ahora vamos a centrarnos en esas obligaciones fiscales, es decir, en los impuestos.

El primer impuesto que vamos a ver es el impuesto que recae sobre las personas físicas, y más adelante nos centraremos en los que gravan las personas jurídicas (empresas).

El IRPF es un tributo de carácter directo y de naturaleza personal que se aplica en todo el territorio español (Península, Islas Baleares, Canarias, Ceuta y Melilla), salvo en el País Vasco y de Navarra, que tienen sus propios regímenes forales.

Este impuesto grava exclusivamente a las personas físicas, no a las personas jurídicas, que tengan su residencia habitual en territorio español, y lo hace por la totalidad de la renta que obtengan, con independencia del lugar donde se haya producido.

El período impositivo es el año natural. El impuesto se devenga el 31 de diciembre de cada año. Este periodo será inferior al año natural cuando se produzca el fallecimiento del contribuyente con anterioridad al 31 de diciembre, en este caso las rentas que deben incluirse en la declaración del fallecido serán las devengadas en el período comprendido entre el 1 de enero y la fecha de su defunción, incluidas las pendientes de imputación.

Su marco normativo lo encontramos en:

  • La Ley 35/2006, de 28 de noviembre, del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas y de modificación parcial de las leyes de los Impuestos sobre Sociedades, sobre la Renta de No Residentes, y sobre el Patrimonio. (LIRPF)
  • El RD 439/2007, de 30 de marzo por el que se prueba el Reglamento del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas y se modifica el Reglamento de Planes y fondos de pensiones aprobado por el RD 304/2004, de 20 de febrero. (RIRPF)

El impuesto sobre la renta de las personas físicas (IRPF), es el impuesto directo más importante de nuestro sistema fiscal (aunque es nacional, parte está cedido a las comunidades autónomas). Es un impuesto que básicamente podemos decir que grava la obtención de un rendimiento del trabajo o del capital (es decir una renta).

Para conocer cuáles son las características del impuesto sobre la renta, pasa el ratón por cada uno de los elementos de la siguiente animación:

Para saber más

Visita este enlace y conoce con más detalle la Ley del IRPF y sus modificaciones.

Ley Ley 35/2006, de 28 de noviembre, del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas. (LIRPF).

En este otro enlace a la Agencia Tributaria puedes ver los distintos tramos del IRPF que el tipo aplicable será variable según el procedimiento previsto en el art. 101.1 de la LIRPF.

Tramos de IRPF.

Autoevaluación

Pregunta

El Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas grava la obtención de un rendimiento del trabajo o del capital. ¿Verdadero o falso?

Respuestas

Verdadero.

Falso.

Retroalimentación

Autoevaluación

Pregunta

Todos los sujetos pasivos están sometidos al mismo tipo impositivo a la hora de tributar el IRPF. ¿Verdadero o falso?

Respuestas

Falso.

Verdadero.

Retroalimentación

11.1.- Hecho imponible y sujeto pasivo.

Seguro que cuando se acerca el final del primer semestre de cada año, empiezas a escuchar expresiones como “tengo que pagar la renta”, o “me han devuelto en la declaración de la renta”, o “este año me sale a pagar tal cantidad en la renta”, ¿verdad?

Pues cada vez que estas escuchando eso es porque esas personas han obtenido unas rentas por las cuales han de tributar.

Aunque te parezca un poco simple, esta afirmación que acabas de leer, tiene los dos conceptos más importantes en cuanto al IRPF: el hecho imponible y el sujeto pasivo.

  • El hecho imponible del IRPF es la obtención de renta por el contribuyente en función de su naturaleza, que puede ser:
    1. Rendimiento del trabajo: sueldos y salarios, prestaciones por desempleo no exentas, las remuneraciones en concepto de gastos de representación, dietas y asignaciones para gastos de viajes, las becas no exentas, etc.
    2. Rendimiento del capital (mobiliario e inmobiliario): rendimientos de la participación en fondos propios de cualquier tipo de la entidad (de caracter mercantil o no); dividendos, primas de asistencia a juntas y participaciones de beneficios de cualquier tipo de entidad, etc.
    3. Rendimiento de la actividad económica: rendimientos de actividades económicas y/o profesionales.
    4. Ganancia o pérdida patrimonial: alteración, + o -, en la composición del patrimonio del contribuyente; reducciones dde capital, transmisiones lucrativas de empresas o participaciones "inter vivos", en favor del cónyuge, descendientes o adoptados, etc.
    5. Imputación de renta que se establezca por la Ley: imputación de rentas inmobiliarias (art.85.1 LIRPF), imputaciones en el régimen de cesión de derechos de imagen, etc.

Dos hombres conversan en la calle, los dos vestidos con chaqueta y corbata. Uno de ellos lleva un maletín marrón en la mano izquierda.

  • El sujeto pasivo da respuesta a la pregunta de quién está obligado en este impuesto, mientras que el hecho imponible da respuesta al hecho de por lo que está obligado a pagar un tributo. Los conceptos de hecho imponible y sujeto pasivo se recogen en los artículos 6 y 8 respectivamente de la Ley 35/2006, cuyo contenido es importante que conozcas.

    A modo de resumen de estos artículos, debes conocer que el hecho imponible del IRPF, fundamentalmente se trata de la obtención de una renta por parte de una persona física residente en España en el transcurso de un periodo impositivo concreto.

    ¿Y a qué se refiere la obtención de una renta?

    Pues básicamente se trata de los rendimientos del trabajo (es decir el sueldo), del capital (por ejemplo rendimientos de una cuenta en una entidad financiera) y de las actividades económicas (por ejemplo los ingresos de un autónomo o autónoma), y además cualquier ganancia patrimonial. Solo hay una excepción, y es que aquellas rentas que estén al Impuesto de Sucesiones y Donaciones no estarán sujetas al IRPF (si no existe una ley que así lo indique en el momento en el que estudies estos contenidos).

  • En cuanto al sujeto pasivo  (que es como seguro que tú lo conoces), se trata de cualquier persona física (sea cual sea su nacionalidad) que tenga fijada su residencia en nuestro país y permanezca en territorio español al menos 183 días (excepto en el caso del cuerpo diplomático y trabajadores de embajadas y oficinas consulares que aunque no residan en territorio español se asimila a efectos del impuesto).

Ejercicio Resuelto

Identifique en cada caso la naturaleza que en el IRPF tendrán los ingresos que Don Jorge Mármol tuvo el pasado ejercicio:

  • 50.000 euros que le pagó el centro de discapacitados de Sabadell por su trabajo en dicha entidad como director durante el ejercicio 2019.
  • 200 euros de intereses de una cuenta corriente del Banco.
  • 20.000 euros que le dejó en herencia su abuelo junto a una guitarra Fender Stratocaster de 1965 valorada en 27.000 euros.
  • 1.000 euros procedentes de una devolución de Mercadona por un cobro indebido en una compra on-line realizada por su novia Laura.
  • 10.000 euros de alquiler de un inmueble que tiene en la playa.
  • 190.000 euros por la venta de unas acciones.
  • 12.000 euros por su trabajo como psicólogo por cuenta propia.

Ejercicio Resuelto

D. Luis ha percibido durante el pasado ejercicio económico, por el concepto que se detalla a continuación las siguientes cantidades:

  • En concepto prestación por desempleo ha percibido 40.000  € satisfechas en 12 mensualidades
  • En concepto pensión de viudedad ha percibido 20.000 €
  • Ha pagado a la Seguridad Social unas cuotas de 3000 €
  • Se le han deducido en concepto de Retenciones a cuenta del I.R.P.F. 1.000 €

Calcule el rendimiento neto (RN) obtenido por D. Luis conforme a las normas del Impuesto sobre la Renta de las Personas físicas.

11.2.- Rendimientos sujetos y gastos deducibles. Base imponible.

Conjunto de carros de una gran superficie comercial, se encuentran en el punto de recogida a la espera de los clientes. Se observan ocho carros metálicos, introducidos unos dentro de otros.

Una vez que sabes quién tiene que tributar y por qué ha de hacerlo, llega el momento de calcular la base imponible del impuesto.

Para determinar la base imponible del impuesto tenemos que considerar cuáles son los rendimientos sujetos (del trabajo, del capital, etc.) y restarle aquellos gastos en los que haya incurrido el sujeto pasivo durante el periodo impositivo y que tengan la consideración de deducibles.

Vamos a comenzar con los tipos de rendimientos sujetos y dentro de ellos veremos qué reducciones pueden aplicarse y que gastos deducibles existen.

  1. Los primeros son los rendimientos del trabajo. En este grupo se incluyen todas aquellas contraprestaciones y utilidades obtenidas a consecuencia del trabajo que no sea por cuenta propia, o más concretamente, que no conlleve la asunción de riesgos inherente al trabajo por cuenta propia (en este caso se incluiría en rendimientos de actividades económicas).

    Básicamente está constituido por sueldos y salarios, prestaciones por desempleo, remuneraciones en concepto de gastos de representación, dietas y asignaciones de viajes que excedan del permitido, o las aportaciones que realiza la empresa a planes de pensiones del trabajador.

    A la hora de calcular la base imponible, el importe de estos rendimientos se puede minorar por los gastos deducibles. Algunos de estos gastos son: las cotizaciones a la Seguridad Social o a mutualidades generales obligatorias de funcionarios, cotizaciones a los colegios de huérfanos o similares, cuotas satisfechas a los sindicatos, y las contribuciones obligatorias a los Colegios de Profesionales por la cuota obligatoria (hasta un máximo de 500 euros al año).

  2. Otro tipo de rendimientos son los rendimientos del capital mobiliario. Que incluye cualquier ingreso por los rendimientos que proporcione el capital siempre que no esté afectado a una actividad económica, aunque fundamentalmente suele estar constituido por los ingresos y rendimientos financieros. Los gastos deducibles en este apartado serán aquellos en los que se incurra en la preservación y custodia del capital o bien en la adquisición del mismo.
  3. Además nos encontramos con los rendimientos del capital inmobiliario. En este apartado como puedes suponer se encuentran los rendimientos o ingresos obtenidos por poseer o ser titular de bienes inmuebles (rústicos o urbanos), por ejemplo al alquilarlos. Como gastos deducibles estarán los producidos por la formalización del contrato de arrendamiento, la conservación, las primas de seguros o los suministros.
  4. Por último están los rendimientos de actividades económicas. Estos rendimientos son los que aunque proceden del trabajo personal y del capital (conjuntamente o de uno solo de estos factores) suponen por parte del sujeto pasivo la ordenación y gestión por cuenta propia de medios de producción y de recursos humanos o de uno de ambos, con la finalidad de intervenir en la producción o distribución de bienes o servicios. Estas actividades pueden ir desde la agricultura o la pesca, el comercio o la artesanía hasta la producción intelectual. Para calcularlos se pueden seguir dos métodos la estimación directa o la estimación objetiva (conocida como sistema de módulos).

A efectos de la determinación de la base imponible y del cálculo final del Impuesto, la rentas obtenidas por el sujeto obligado se clasificarán en Renta general o en Renta del ahorro.

1. Renta general:

  1. Rendimientos del trabajo.
  2. Rendimientos del capital inmobiliario.
  3. Rendimientos de actividades económicas.
  4. Imputaciones de rentas.
  5. Los siguientes rendimientos del capital mobiliario: los derivados de la propiedad intelectual, de la prestación de asistencia técnica, del arrendamiento de bienes muebles, negocios o minas o de subarrendamientos y de la cesión del derecho a la explotación de la imagen.
  6. Ganancias y pérdidas patrimoniales que no deriven de la transmisión de elementos patrimoniales.

2. Renta del ahorro: la constituyen las siguientes rentas:

a. El resto de rendimientos del capital mobiliario:

  • Los derivados de la participación de fondos propios de cualquier tipo de entidad.
  • Los obtenidos por la cesión a terceros de capitales propios.
  • Los procedentes de operaciones de capitalización y de contratos de seguros de vida o invalidez.
  • Así como las rentas derivadas de la imposición de capitales.

b. Las ganancias y pérdidas patrimoniales que se pongan de manifiesto con ocasión de transmisiones de elementos patrimoniales.

Ejercicio Resuelto

Calcule la base liquidable de la Sra. Dolores Hernández, soltera de 38 años y con una hija de 2 años que convive con ella y que ha obtenido 6.000 euros de ingresos de la pensión por alimentos establecida judicialmente a cargo del padre, ha tenido el pasado ejercicio las siguientes rentas:

  • Rendimientos netos del trabajo: 20.000 euros.
  • Rendimientos netos del capital mobiliario: 500 euros.
  • Rendimiento neto de actividades económicas: - 1.000 euros.
  • Imputación de rentas inmobiliarias: 4.800 euros.
  • Pérdida patrimonial derivada de la venta de unas acciones: 4.000 euros.
  • Ganancia patrimonial derivada de su participación en un concurso de televisión: 5.400 euros

Para saber más

En este apartado hemos hablado de la estimación directa (normal/simplificada) y la estimación objetiva en la página oficial de la Agencia Tributaria. Para conocer un poco más sobre estos métodos visita el siguiente enlace.

Estimación directa normal y estimación directa simplificada.

Estimación objetiva (por módulos).

11.3.- Tipos de gravamen. Cuota impositiva.

Sala de reuniones, con catorce silla. Con unos grandes ventanales a la derecha de la imagen. En la imagen no se observa ninguna persona.

Una vez que tienes determinada la base del impuesto ahora habrá que calcular la cuota impositiva.

Para calcular la cuota impositiva hay que tener en cuenta las circunstancias personales y particulares del sujeto pasivo, ya que si recuerdas una de las características del IRPF es que es un impuesto subjetivo, por lo que tendrá en cuenta estas características.

Para calcular la cuota impositiva (es decir, la cantidad que finalmente ha de satisfacer el sujeto pasivo), tenemos que aplicar el gravamen o tipo impositivo a la base imponible.

Pero no todos los sujetos pasivos tienen el mismo tipo impositivo o de gravamen. Si recuerdas, el IRPF es un impuesto progresivo por lo que el tipo será mayor cuanto mayor sea la base sobre la que se aplica.

¿Y como se hace esto?

Pues muy fácil, mediante franjas de renta denominadas tramos. A cada tramo le corresponde un tipo impositivo diferente.

Los tipos impositivos (y los tramos sobre los que se aplican) pueden variar de un año a otro, por lo que aquí te vamos a proporcionar los datos de 2018. Tendrás que comprobar cuales son los tramos y tipos impositivos vigentes en el momento en el que estés estudiando este material.

Los contribuyentes por IRPF aplicarán dos escalas, la estatal y la autonómica, para el Régimen general y del ahorro:

Escala GENERAL Estatal

Base liquidable

Hasta

Cuota íntegra

Resto base liquidable

Hasta

Tipo aplicable

%

0,00

0,00

12.450,00

9,50

12.450,00

1.182,75

7.750,00

12,00

20.200,00

2.112,75

15.000,00

15,00

35.200,00

4.362,75

24.800,00

18,50

60.000,00

8.950,75

En adelante

22,50

Escala AHORRO Estatal

Base liquidable

Hasta

Cuota íntegra

Resto base liquidable del ahorro

Hasta

Tipo aplicable

%

0

0

6.000

9,5

6.000,00

570

44.000

10,5

50.000,00

5.190

En adelante

11,5

Escala GENERAL de la Comunidad Autónoma de Castilla y León

Base liquidable

Hasta €

Cuota íntegra

Resto base liquidable

Hasta

Tipo aplicable

%

0,00

0,00

12.450,00

9,5

12.450,00

1.182,75

7.750,00

12,0

20.200,00

2.112,75

15.000,00

14,0

35.200,00

4.212,75

18.207,20

18,5

53.407,20

7.581,08

En adelante

21,5

Escala AHORRO de la Comunidad Autónoma de Castilla y León

Base liquidable

Hasta €

Cuota íntegra

Resto base liquidable

Hasta

 

Tipo aplicable

%

0 0 6.000 9,5
6.000 570 44.000 10,5
50.000,00 5.190 En adelante 11,5

Ejercicio Resuelto

Confeccione la declaración del IRPF del Sr. Luis García, de Murcia, soltero de 30 años y sin hijos,sabiendo que ha tenido el pasado ejercicio las siguientes rentas:
Por su trabajo como profesor de la Universidad:

  • Rendimientos íntegros del trabajo: 39.000 euros.
  • Retenciones: 7.300 euros.
  • Mutualidad de funcionarios: 1.900 euros.

De una cuenta corriente bancaria, le han abonado 300 euros de intereses y le han practicado unas retenciones de 57 euros.
En el ejercicio de una actividad profesional los fines de semana como auditora ha tenido unos ingresos de 13.000 euros, con unos gastos de Seg. Social 1.500 euros, teléfono 250 euros, arrendamiento, 3.000 euros y Luz 900 euros.

Unos dividendos de 1000 euros (con una retención de 190 euros) procedentes de las participaciones que tiene procedentes de una sociedad.
Ha vendido en 6.000 euros unas acciones de telefónica S.A. adquiridas hace 3 años por 3.000 euros, siendo los gastos de corretaje 300 euros.
Tiene los siguientes inmuebles, que se encuentran en la situación que se indica:

  • un piso en Murcia que constituye su residencia habitual adquirido en el año 2015 por 200.000 euros mediante préstamo hipotecario, en relación al cual pagó 10.000 euros de intereses y 8.000 de amortización principal.
  • un piso en la playa que sólo utiliza en verano, adquirido por 100.000 euros, que tiene un valor catastral no revisado de 20.000 euros (12.000 de suelo y 8.000 de la construcción). Ha abonado unos gastos de IBI de 300 euros y 1.000 euros de gastos de comunidad.

Ganó 5.000 euros en un concurso de televisión.

11.4.- Gestión y liquidación del impuesto.

Dos personas mayores observan un monitor de un ordenador una de ellas, la mujer, está sentada y el hombre está de pie. Al fondo se observa un gran ventanal por donde entre mucha luz.

Ya sabes cuanto hay que pagar… ahora hay que ver cómo se realiza el pago, es decir la liquidación del impuesto.

Posiblemente si tienes una nómina, te habrás dado cuenta que cada mes, la empresa te retiene una cantidad en concepto de IRPF, ¿verdad? Lo mismo ocurre cuando el banco de tus rendimientos financieros te retiene una parte.

Este importe que la empresa (o el banco) te retiene cada vez que te abona tus rendimientos de trabajo (es decir tu sueldo), lo ingresa a Hacienda.

De esta forma podemos decir que poco a poco tu vas pagando el impuesto, con lo cual cuando llega el momento o periodo de liquidación (por lo general entre mayo y junio del año siguiente al periodo impositivo), lo único que tienes que hacer es presentar la “declaración de la renta”, es decir liquidar con la administración tributaria los rendimientos obtenidos y no satisfechos.

Hay ocasiones en los que estos rendimientos son mayores que las cantidades satisfechas poco a poco (retenciones practicadas), en ese caso tendrás que pagar la diferencia, en otras se ha satisfecho poco a poco más de lo que correspondería (por ejemplo porque en esas retenciones no se tiene en cuenta los gastos deducibles), en este caso la administración tributaria tendrá que devolver la diferencia. Esta es la razón por la que muchas personas dicen “me sale a pagar” o “me sale a devolver”… en realidad no ganan ni pierden nunca, sólo que durante ese periodo impositivo tengan más o menos gastos deducibles.

Una vez que ya conoces como se gestiona el impuesto, y que hay que liquidarlo, solo nos falta saber quién lo gestiona y ante quién se liquida.

En España es la Agencia Tributaria (AEAT) el organismo de la Administración encargado de la gestión, inspección y recaudación de este impuesto (excepto en País Vasco y Navarra), aunque al tratarse de un impuesto parcialmente cedido a las comunidades autónomas, estas se encargan del 50 por 100 de su recaudación.

Además las Comunidades autónomas tienen competencias normativas sobre el IRPF, lo que se traduce además de la gestión en determinar y cuantificar la parte del tipo impositivo que gravará en su ámbito territorial, además de establecer las deducciones que estimen oportunas a su parte de la cuota.

Para saber más

Con esta aplicación podrás calcular la retención del impuesto de personas físicas.

Sede electrónica de la Agencia Tributaria.

12.- El Impuesto de Sociedades.

Caso práctico

Juan llama a su asesor para informarse sobre el impuesto de sociedades y le pregunta cómo acabará la empresa con respecto al tema del impuesto. El asesor le indica que al final del ejercicio tendrán que pagar menos porque al realizar una inversión importante el beneficio de la empresa ha disminuido mucho.

Una moneda de un euro en primer plano.

Una vista aérea de un hombre trabajando en un ordenador, en su mano derecha, tiene sujeto el ratón del ordenador.

Al igual que las personas físicas tienen que tributar por los rendimientos obtenidos (lo acabas de aprender en el IRPF), las personas jurídicas (empresas) también han de hacerlo.

¿Cómo lo hacen?

Pues mediante el impuesto sobre beneficios o impuesto de sociedades.

Este impuesto está regulado por la Ley 27/2014, de 27 de noviembre que deroga al Real Decreto Legislativo 4/2004.

El impuesto de sociedades es un impuesto de carácter periódico, proporcional, directo y personal, y a pesar de su nombre, no solo grava la renta de las sociedades, sino que además lo hace sobre otras entidades jurídicas. Actualmente, 2019, el tipo impositivo general es del 25%.

Su ámbito de aplicación es todo el territorio español (excepto País Vasco y Navarra que tienen concierto propio), y el hecho imponible es la obtención de renta por parte de determinados sujetos pasivos que veremos en el siguiente apartado.

¿Pero a qué nos referimos como renta cuando hablamos de personas jurídicas?

Cuando nos referimos a personas físicas está claro, lo has visto en los apartados anteriores. De la misma forma cuando nos referimos a personas jurídicas, es el resultado del ejercicio (con las modificaciones que has aprendido en esta unidad).

Para saber más

En el siguiente enlace puedes ver más sobre el impuesto de sociedades:

IS

Autoevaluación

Pregunta

El impuesto de sociedades grava la renta de las sociedades y de las personas físicas que han superado una franja de renta determinada. ¿Verdadero o falso?

Respuestas

Falso.

Verdadero.

Retroalimentación

12.1.- Sujeto pasivo. Cuenta de resultados. Base imponible. Base liquidable.

Imagen de una parte de un teclado de un ordenador en la parte derecha. En la parte izquierda aparece un maletín. En la parte central  se presenta una agenda electrónica y su puntero.

Aunque ya hemos apuntado que el sujeto pasivo de este impuesto puede ser cualquier persona jurídica, hay que realizar una serie de matizaciones.

Para empezar es imprescindible que exista domiciliación (residencia) en territorio español. A estos efectos, se consideran residentes en territorio español las entidades en las que concurra alguno de los siguientes requisitos:

  • Que se hubiesen constituido conforme a las leyes españolas.
  • Que tengan su domicilio social en territorio español.
  • Que tengan la sede de dirección efectiva en territorio español (es decir cuando tengan en España la dirección y control del conjunto de sus actividades empresariales).

Como en el resto de impuestos, hay que determinar la base imponible del impuesto, esta base imponible estará determinada por el resultado del ejercicio.

Como has aprendido en esta misma unidad, el resultado del ejercicio (resultado contable) no siempre es el importe que hay que aplicar, ya que en ocasiones hay que realizar una serie de ajustes (bien por diferencias o bien por resultados negativos de ejercicios anteriores), una vez realizados estos ajustes obtendremos la base imponible.

Cuando a la base imponible le restamos los gastos deducibles, obtendremos la base liquidable.

Fundamentalmente los gastos deducibles estarán constituidos por las amortizaciones (siempre que se ajusten a lo que determina la Ley del Impuesto de Sociedades) y las provisiones. Mientras que no se podrá deducir los siguientes gastos en ningún caso:

  • Retribución de fondos propios.
  • El propio gasto del impuesto de sociedades.
  • Multas, sanciones penales y administrativas, ni los recargos de apremio ni por presentación fuera de plazo de impuestos.
  • Excesos de amortizaciones y provisiones (según los límites determinados por la propia Ley).
  • Pérdidas en el juego.
  • Donativos.
  • Gastos por servicios prestados desde paraísos fiscales.

Para saber más

En este enlace podrás conocer el contenido del la Ley del Impuesto de Sociedades.

Ley 27/2014, de 27 de noviembre, del Impuesto sobre Sociedades.

12.2.- Cuota impositiva. Gestión y liquidación del impuesto.

Dos rascacielos, se observan unas seis plantas en medio del edificio.La imagen es noturna y los edificios están iluminados.

Una vez que tenemos determinada la base liquidable, tendremos que aplicarle el tipo impositivo correspondiente para obtener la cuota impositiva que es la cantidad efectivamente a pagar.

Según lo dispuesto en el art. 29 de la Ley 27/2014, el tipo de gravamen, establece que el tipo general de gravamen para los contribuyentes de este Impuesto será el 25%.

No obstante, las entidades de nueva creación que realicen actividades económicas tributarán, en el primer período impositivo en que la base imponible resulte positiva y en el siguiente, al tipo del 15 por ciento, excepto si, de acuerdo con lo previsto en este artículo, deban tributar a un tipo inferior.

A estos efectos, no se entenderá iniciada una actividad económica:

a) Cuando la actividad económica hubiera sido realizada con carácter previo por otras personas o entidades vinculadas en el sentido del artículo 18 de esta Ley y transmitida, por cualquier título jurídico, a la entidad de nueva creación.

b) Cuando la actividad económica hubiera sido ejercida, durante el año anterior a la constitución de la entidad, por una persona física que ostente una participación, directa o indirecta, en el capital o en los fondos propios de la entidad de nueva creación superior al 50 por ciento.

No tendrán la consideración de entidades de nueva creación aquellas que formen parte de un grupo en los términos establecidos en el artículo 42 del Código de Comercio, con independencia de la residencia y de la obligación de formular cuentas anuales consolidadas.

El tipo de gravamen del 15 por ciento previsto en este apartado no resultará de aplicación a aquellas entidades que tengan la consideración de entidad patrimonial, en los términos establecidos en el apartado 2 del artículo 5 de esta Ley.

2. Tributarán al 20 por ciento las sociedades cooperativas fiscalmente protegidas, excepto por lo que se refiere a los resultados extracooperativos, que tributarán al tipo general.

Las cooperativas de crédito y cajas rurales tributarán al tipo general, excepto por lo que se refiere a los resultados extracooperativos, que tributarán al tipo del 30 por ciento.

3. Tributarán al 10 por ciento las entidades a las que sea de aplicación el régimen fiscal establecido en la Ley 49/2002, de 23 de diciembre, de régimen fiscal de las entidades sin fines lucrativos y de los incentivos fiscales al mecenazgo.

Además de este tipo, hay otros tipos reducidos, por ejemplo para mutuas de seguros, sociedades de garantía recíproca, cajas rurales o colegios profesionales y asociaciones empresariales (en este caso es del 25 %); para sociedades cooperativas (20 %) o las entidades sin fines lucrativos (en este caso es del 10 %).

Y una vez calculada la cuota impositiva, se ha de proceder a la liquidación del impuesto. En el caso del impuesto de sociedades, la ley permite que los sujetos pasivos puedan realizar tres pagos a cuenta durante el ejercicio, en los primeros 20 días naturales de los meses de abril, octubre y diciembre.

Estos pagos fraccionados, que tienen la naturaleza de deuda tributaria, se realizan a cuenta de la liquidación que corresponda al periodo impositivo en curso el día primero de cada uno de los meses anteriores. El importe de cada uno de estos pagos será el 18 % del impuesto del ejercicio anterior.

En todo caso, los sujetos pasivos tienen que presentar la declaración que corresponda dentro del plazo de los 25 días naturales siguientes a los seis meses posteriores a la conclusión del periodo impositivo. Es decir, si el periodo impositivo termina el 31 de diciembre, tendrán que presentarla antes del 25 de julio del año siguiente.

Al igual que ocurría en el IRPF, en el impuesto de sociedades, si la cuota resultante de la declaración es inferior a los pagos anticipados efectuados por el sujeto pasivo, la Administración deberá devolver el exceso de oficio en el plazo de seis meses.

Para saber más

En este enlace podrás conocer con más detalle el Impuesto de Sociedades.

Impuesto de Sociedades.

Autoevaluación

Pregunta

Si la cuota resultante de la declaración del impuesto de sociedades, es inferior a los pagos anticipados efectuados por el sujeto pasivo, la Administración deberá devolver el exceso de ingreso realizado de oficio en el plazo de seis meses. ¿Verdadero o falso?

Respuestas

Verdadero.

Falso.

Retroalimentación

13.- El Impuesto sobre el Valor Añadido.

Caso práctico

Está llegando la hora de realizar la liquidación trimestral del impuesto del valor añadido, en este caso Pedro sospecha que van a tener que ingresar a Hacienda una cantidad importante, pues han repercutido más de lo que han soportado. Llama a Juan para comentárselo y tenerlo presente en el momento del pago.

Dos hombres, uno sentado en una mesa de despacho y otro de pie, ambos consultan unos documentos.
Se observa una persona de tronco hacia abajo con dos paquetes envueltos en papel de regalo y sujetos con la mano izquierda y dos bolsas de colores llamativos en la mano derecha. La persona lleva un pantalón vaquero azul.

Como seguro que conoces, IVA son las siglas de Impuesto sobre el Valor Añadido.

El IVA es tal vez, el impuesto indirecto más conocido. Como impuesto indirecto, grava la renta de los consumidores finales, pero lo hace a través de su capacidad adquisitiva, es decir, en función del consumo, no solo en España, sino en todos los países de la UE.

En el párrafo anterior está recogida la esencia del IVA: el sujeto pasivo de este impuesto es el consumidor final, y no las empresas, que se dedican a soportar en sus compras y posteriormente repercutir en sus ventas el impuesto. De esta forma como diferencia entre lo que soportan y repercuten es lo que tiene que liquidar con la administración tributaria. En realidad las empresas no son sujeto pasivo del IVA, actúan de simples intermediarios entre el sujeto pasivo (consumidores finales) y la administración pública encargada de recaudar el impuesto.

Aunque hemos comentado que el IVA es aplicable en España, hay que aclarar que hay tres territorios en los que no es aplicable: en Ceuta y Melilla (territorios excluidos del impuesto), y las Islas Canarias (donde existe el Impuesto General Indirecto Canario).

Todo esto lo vamos a ver en los siguientes apartados.

Autoevaluación

Pregunta

El sujeto pasivo del Impuesto de Valor Añadido es el consumidor final. ¿Verdadero o falso?

Respuestas

Verdadero.

Falso.

Retroalimentación

13.1.- Operaciones gravadas. Sujeto pasivo.

Dos personas vestidas con corbata y camisa, observan con actitud seria un monitor de un ordenador. En primer plano, se presenta el monitor visto por la parte trasera y en segundo plano los dos hombres.

En primer lugar vamos a ver cuál es el hecho imponible u operaciones gravadas en este impuesto.

Están sujetas al impuesto las entregas de bienes y prestaciones de servicios realizadas por empresario o profesionales a título oneroso, con carácter habitual u ocasional. Además, para igualar la carga tributaria de todas las mercancías, también se someten a gravamen las importaciones tanto de países de la Unión Europea, en cuyo caso se denominan adquisiciones intracomunitarias, como las de fuera, denominadas importaciones en el impuesto.

Pero no todas las operaciones que hemos visto en el párrafo anterior están sujetas a IVA, la ley prevé una serie de exenciones, entre las más importantes se encuentran los servicios médicos, determinadas actividades educativas, culturales y deportivas, así como las operaciones financieras y de seguro.

En cuanto al sujeto pasivo, este impuesto tiene unas características muy particulares ya que aunque recae sobre el consumo, y por lo tanto sobre el consumidor final, la recaudación se realiza mediante los intermediarios, por lo que el sujeto pasivo (que es quien ha de ingresar el importe del impuesto) no es quien realiza el consumo sino quien lo ha cobrado para entregárselo a la administración tributaria.

Podemos diferenciar cuatro tipos de sujeto pasivo:

  • El empresario o profesional que entrega el bien o presta el servicio. El que vende está obligado a repercutir el IVA al cliente.
  • El sujeto pasivo en las adquisiciones intracomunitarias de bienes: aquí el sujeto pasivo será el empresario situado en España que compra el bien.
  • En las importaciones de bienes: el contribuyente es el importador del bien.
  • Prestaciones de servicio que se entienden realizadas en España, pero que el prestador del servicio esta situado fuera de España: en este caso, el contribuyente será el que reciba el servicio.

Para saber más

En este enlace podrás conocer la Ley del IVA consolidado.

Ley del Impuesto sobre el Valor Añadido (LIVA).

Autoevaluación

Pregunta

La recaudación del IVA, aunque se trata de un impuesto que grava el consumo final, puede realizarse a través de los intermediarios. ¿Verdadero o falso?

Respuestas

Verdadero.

Falso.

Retroalimentación

13.2.- Base imponible. Tipos de gravamen.

Dos mujeres sentadas cara a cara conversan con actitud seria, ambas están bien vestidas.

Como en otras ocasiones la cuota del impuesto será el resultado de aplicar el tipo de gravamen a la base imponible.

Por esta razón lo primero que tendremos que calcular es la base imponible.

En este caso, la base imponible dependerá del tipo de operación (los diferentes hechos imponibles que hemos comentado en el apartado anterior), a cada una de ellas puede aplicársele un tipo de gravamen diferente.

En España, existen cuatro tipos de gravamen (a fecha de elaboración de este material):

  • 21 %, que es el tipo normal (para la mayoría de productos).
  • 10 %, que es el tipo reducido (para un amplio grupo de productos).
  • 4 %, que es el tipo superreducido (para algunos productos, la mayoría considerados de primera necesidad).
  • 0 %, para los productos exentos.

En cualquier caso, la cuota del impuesto será el resultado de restarle el IVA soportado (el que ha pagado la empresa) al IVA repercutido (el que ha cobrado). De esta forma la empresa se encarga de recaudar el impuesto (repercutir), pero también de pagarlo a otras empresas (soportarlo), por lo que la cuota del impuesto a ingresar o a devolver dependerá de la actividad económica que haya realizado, es decir de las diferentes operaciones sujetas que haya realizado tanto a nivel de gastos como a nivel de ingresos.

Autoevaluación

Pregunta

La cuota del impuesto será el resultado de sustraer al IVA soportado el IVA repercutido. ¿Verdadero o falso?

Respuestas

Verdadero.

Falso.

Retroalimentación

13.3.- Gestión y liquidación del impuesto.

Dos mujeres se saludan con actitud sonriente, ambas se encuentran de pie y van bien vestidas, una de ellas sostiene con su mano izquierda un maletín de ejecutiva. En el fondo de la estancia se distinguen unos veinte orificios en la pared que dan luz natural a la sala.

Dentro del IVA existen diferentes regímenes (general, simplificado…), pero a nosotros lo que nos interesa es el régimen general.

En cada declaración-liquidación se calcula el IVA repercutido (el que ha cobrado la empresa) menos el IVA soportado (el que ha pagado).

Si el resultado es positivo, se debe ingresar ese importe en Hacienda, y si es negativo y se declara trimestralmente, el resultado se compensa en las declaraciones-liquidaciones siguientes hasta la última declaración trimestral (que es también cuando se presenta el modelo anual) en la que se regularizan los resultados pendientes en anteriores declaraciones trimestrales.

Si en algún período no resultara cantidad a ingresar o a devolver, se presentará, según proceda, "declaración sin actividad o de resultado 0".

En cuanto a las obligaciones formales relacionadas con la declaración-liquidación de IVA, el empresario o profesional deberá:

  • Expedir y entregar factura completa a  sus clientes y conservar copia. No obstante, en determinadas operaciones, por ejemplo ventas al por menor, podrá emitirse un ticket de caja cuando el importe no exceda de 3.000 € IVA incluido.
  • Exigir factura de sus proveedores y conservarla para poder deducir el IVA soportado.
  • Llevar los siguientes libros registro: de facturas emitidas, de facturas recibidas, de bienes de inversión, y libro registro de determinadas operaciones intracomunitarias.
  • Presentar cuatro declaraciones trimestrales en el “modelo 303” en los siguientes plazos: los tres primeros trimestres entre el 1 y el 20 de los meses de abril, julio y octubre (es decir en los veinte días siguientes a la finalización de cada uno de los tres primeros trimestres) y el cuarto trimestre entre el 1 y el 30 del mes de enero del año siguiente (es decir, en los 30 días siguientes a la finalización del último trimestre).

En el último trimestre, el “modelo 303” deberá presentarse de forma simultánea con la Declaración Resumen Anual, que se realiza mediante el “modelo 390”.

Para saber más

En este enlace podrás descargarte el modelo 390 de declaración-resumen anual del Impuesto sobre el Valor Añadido y las instrucciones para rellenarlo.

Declaración-resumen anual del Impuesto sobre el Valor Añadido.

14.- El Impuesto de Circulación a Vehículos.

Caso práctico

Juan comenta a Alberto que pida por teléfono al jefe de tráfico la relación de impuestos de circulación que la empresa tiene que hacer frente en breve.

Juan es precavido y quiere tenerlo todo controlado.

Hombre de pie con las manos extendidas. En el fondo de la imagen aparece una especie de guardería.
Camión de gran tonelaje circula por una autovía, con un vagón de tren como carga.

Los vehículos están sometidos a una serie de tributos específicos. ¡Vamos a verlos!

  • El impuesto de matriculación. Recae sobre toda persona física o jurídica que adquiera un vehículo como consecuencia de la primera matriculación definitiva en España, se trate de un vehículo nuevo o usado procedente de otro país.
  • Impuesto sobre vehículos de tracción mecánica. Este tributo grava la titularidad de vehículos de tracción mecánica, como su propio nombre indica, que estén capacitados para circular por las vías públicas independientemente de su clase o categoría. El sujeto pasivo de este impuesto serán las personas físicas o jurídicas a cuyo nombre conste el vehículo en el permiso de circulación.
  • Visados o autorizaciones que constituyen requisitos para el ejercicio de la actividad del transporte.
  • Inspección Técnica de Vehículos (I.T.V.).
  • Impuesto sobre hidrocarburos, este tributo grava el consumo de combustible según el tipo que sea.
  • Revisión del tacógrafo, esta inspección trae consigo el pago de una tasa.
  • Los peajes por circular por determinadas autopistas.

Autoevaluación

Pregunta

El impuesto de vehículos de tracción mecánica grava la titularidad de los vehículos capacitados para circular por las vías públicas. ¿Verdadero o falso?

Respuestas

Verdadero.

Falso.

Retroalimentación

15.- Manejo de una aplicación informática de contabilidad financiera para el registro contable y para la elaboración de las cuentas anuales.

Caso práctico

Juan, asesorado por Pedro, ha adquirido una aplicación informática que le facilita la gestión de la contabilidad financiera de la empresa. La cantidad de diferentes operaciones que están llevando a cabo, tanto intracomunitarias como extracomunitarias, le están dificultando mucho la gestión contable por lo que han decidido renovar la aplicación que tenían que se había quedado obsoleta y para sus operaciones actuales presentaba muchas limitaciones.

Imagen en primer plano de un teclado.

Pantallazo de un programa de contabilidad donde se presentan una serie de campos para introducir datos en el programa.

Existen gran cantidad de aplicaciones informáticas dedicadas a la gestión de la contabilidad. Cada empresa hace uso de la que mejor se adapte a sus necesidades, incluso algunas de ellas encargan programas informáticos específicos de gestión en contabilidad y facturación. Veamos una de ellas.

Por ejemplo, en el siguiente programa de gestión de la contabilidad lo primero que te piden son los datos de la empresa para darla de alta.

También se incluye un código de acceso que permite acceder de forma rápida a los datos de las diferentes empresas.

En el momento que introduces los datos de la empresa, el programa te pide una relación de datos para configurar la acción a realizar, como:

  • Si deseas pedir vencimientos en facturas.
  • Determinar el proyecto.
  • Borrar el vencimiento. Pantallazo de un programa de contabilidad donde se presentan una serie de campos para introducir datos en el programa.
  • Expresar el listado en euros.
  • Conocer el acumulado de los vencimientos.
  • El concepto de la factura.

El programa continúa solicitando datos de configuración de los asientos, como:

  • Asiento por defecto.
  • Asiento para contabilizar cobros.
  • Asiento para contabilizar pagos.

Además te pide cuenta de IVA soportado y repercutido.

Pantallazo de un programa de contabilidad donde se presentan una serie de campos para introducir datos en el programa.

El programa incluye el Plan General Contable y te lo presenta desglosado para que puedas personalizar y actuar utilizando las siguientes cuentas:

  • Cuenta de financiación básica.
  • Cuenta de activo no corriente.
  • Existencias.
  • Acreedores y deudores por operaciones comerciales.
  • Cuentas financieras.
  • Compras y gastos.
  • Ventas e ingresos.

Pantallazo de un programa de contabilidad donde se presentan una serie de campos para introducir datos en el programa.

Anexo.- Licencias de recursos.

Licencias de recursos utilizados en la Unidad de Trabajo.
Recurso (1) Datos del recurso (1) Recurso (2) Datos del recurso (2)
Hombre de unos 45 años con gafas y en primer plano, mira por encima de las gafas hacia un libro que sujeta con las manos. El hombre está vestido con camisa blanca y corbata y se encuentra sentado. Al fondo de la imagen se observa una puerta entre abierta.

Autoría: Stockbyte.

Licencia: Uso educativo no comercial para plataformas públicas de Formación Profesional a distancia.

Procedencia: CD-DVD Num. CD233.

Una persona sentada delante de una mesa. La persona se observa parcialmente, solo se distingue las manos y en tronco de la persona. La persona tiene una corbata y una camisa blanca.

Autoría: Photodisc.

Licencia: Uso educativo no comercial para plataformas públicas de Formación Profesional a distancia.

Procedencia: CD-DVD Num. V07.

Una balanza en posición de equilibrio de color marrón.

Autoría: Stockbyte.

Licencia: Uso educativo no comercial para plataformas públicas de Formación Profesional a distancia.

Procedencia: CD-DVD Num. CD303.

Hombre en primer plano con actitud de concentración y vestido con chaqueta y corbata. Tiene una apariencia de unos 65 años con poco pelo y blanco, además de una perilla de pelo blanco. El fondo es una cortina azul oscura.

Autoría: Stockbyte.

Licencia: Uso educativo no comercial para plataformas públicas de Formación Profesional a distancia.

Procedencia: CD-DVD Num. CD233.

Dos personas una sentada y otra.de pie. Ambas miran atentamente un documento que se encuentra encima de la mesa que justo delante. Los dos tienen corbata y camisa, y que está de pie tiene gafas y chaqueta.

Autoría: Photodisc.

Licencia: Uso educativo no comercial para plataformas públicas de Formación Profesional a distancia.

Procedencia: CD-DVD Num. V07.

Fachada de un edificio del que se observan cinco plantas.

Autoría: Photodisc.

Licencia: Uso educativo no comercial para plataformas públicas de Formación Profesional a distancia.

Procedencia: CD-DVD Num. V07.

Imagen en primer plano de un teclado, en la que se observan algunas taclas del teclado.

Autoría: Photodisc .

Licencia: Uso educativo no comercial para plataformas públicas de Formación Profesional a distancia.

Procedencia: CD-DVD Num. V07.

Documento que está siendo imprimido en una impresora matricial.

Autoría: Photodisc.

Licencia: Uso educativo no comercial para plataformas públicas de Formación Profesional a distancia.

Procedencia: CD-DVD Num. V07.

Una persona enchaquetada escribe en una agenda con un bolígrafo. Se observa la imagen desde arriba.

Autoría: Stockbyte.

Licencia: Uso educativo no comercial para plataformas públicas de Formación Profesional a distancia.

Procedencia: CD-DVD Num. V43.

Vista aérea de una avenida de una ciudad grande. Es de noche y se observa iluminados los altos edificios. En el centro de la imagen se iluminan los vehículos que circulan por la avenida.

Autoría: Stockbyte.

Licencia: Uso educativo no comercial para plataformas públicas de Formación Profesional a distancia.

Procedencia: CD-DVD Num. V43.

Hombre trabajando en un ordenador con una ventana de la habitación al fondo. El monitor del ordenador se observa desde la parte trasera.

Autoría: Stockbyte.

Licencia: Uso educativo no comercial para plataformas públicas de Formación Profesional a distancia.

Procedencia: CD-DVD Num. V43.

Dos hombres sentados observan un documento con actitud de concentración. Una de las personas tiene una edad de unos treinta años y la otra persona tiene unos sesenta años y tiene gafas.

Autoría: Stockbyte.

Licencia: Uso educativo no comercial para plataformas públicas de Formación Profesional a distancia.

Procedencia: CD-DVD Num. V43.

Hombre de espalda en primer plano, escucha un móvil mientras anda por la calle. Sólo se observa la mitad del hombre.

Autoría: Stockbyte.

Licencia: Uso educativo no comercial para plataformas públicas de Formación Profesional a distancia.

Procedencia: CD-DVD Num. V43.

Una mano sujeta un bolígrafo y está apoyado en una agenda. Todo el conjunto está sobre una mesa. En primer plano se observa una calculadora.

Autoría: Photodisc.

Licencia: Uso educativo no comercial para plataformas públicas de Formación Profesional a distancia.

Procedencia: CD-DVD Num. V07.

Una mano sujeta un fajo de billetes de cinco dolares.Delante del fajo de billetes aparece una contadora de billetes con otro fajo colocado en la rejilla de la contadora.

Autoría: Photodisc.

Licencia: Uso educativo no comercial para plataformas públicas de Formación Profesional a distancia.

Procedencia: CD-DVD Num. V07.

Hombre en primer plano con actitud de concentración y vestido con chaqueta y corbata. Tiene una apariencia de unos 65 años con poco pelo y blanco, además de una perilla de pelo blanco, está sentado en un sillón. El fondo es una cortina azul oscura.

Autoría: Stockbyte.

Licencia: Uso educativo no comercial para plataformas públicas de Formación Profesional a distancia.

Procedencia: CD-DVD Num. CD233.

Torre de cajas de DVD con un DVD en primer plano apoyado en la caja de DVD.

Autoría: Photodisc.

Licencia: Uso educativo no comercial para plataformas públicas de Formación Profesional a distancia.

Procedencia: CD-DVD Num. V07.

Un edificio de hormigón entre sombras, con la sombra de la figura de una persona de fondo.

Autoría: Photodisc.

Licencia: Uso educativo no comercial para plataformas públicas de Formación Profesional a distancia.

Procedencia: CD-DVD Num. V07.

Cinco montones de monedas. Con tres montones en primer plano y dos montones en segundo plano.

Autoría: Photodisc.

Licencia: Uso educativo no comercial para plataformas públicas de Formación Profesional a distancia.

Procedencia: CD-DVD Num. V07.

Vista aérea de un puente peatonal por el que cruza una persona andando.

Autoría: Photodisc.

Licencia: Uso educativo no comercial para plataformas públicas de Formación Profesional a distancia.

Procedencia: CD-DVD Num. V07.

Dos hombres conversan en la calle, los dos vestidos con chaqueta y corbata. Uno de ellos lleva un maletín marrón en la mano izquierda.

Autoría: Photodisc.

Licencia: Uso educativo no comercial para plataformas públicas de Formación Profesional a distancia.

Procedencia: CD-DVD Num. V07.

Conjunto de carros de una gran superficie comercial, se encuentran en el punto de recogida a la espera de los clientes. Se observan ocho carros metálicos, introducidos unos dentro de otros.

Autoría: Photodisc.

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Procedencia: CD-DVD Num. V07.

Sala de reuniones, con catorce silla. Con unos grandes ventanales a la derecha de la imagen. En la imagen no se observa ninguna persona.

Autoría: Photodisc.

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Procedencia: CD-DVD Num. V07.

Dos personas mayores observan un monitor de un ordenador una de ellas, la mujer, está sentada y el hombre está de pie. Al fondo se observa un gran ventanal por donde entre mucha luz.

Autoría: Stockbyte.

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Procedencia: CD-DVD Num. V43.

Una vista aérea de un hombre trabajando en un ordenador, en su mano derecha, tiene sujeto el ratón del ordenador.

Autoría: Stockbyte.

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Procedencia: CD-DVD Num. V43.

Imagen de una parte de un teclado de un ordenador en la parte derecha. En la parte izquierda aparece un maletín. En la parte central  se presenta una agenda electrónica y su puntero.

Autoría: Photodisc.

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Procedencia: CD-DVD Num. V07.

Dos rascacielos, se observan unas seis plantas en medio del edificio.La imagen es noturna y los edificios están iluminados.

Autoría: Photodisc.

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Procedencia: CD-DVD Num. V07.

Se observa una persona de tronco hacia abajo con dos paquetes envueltos en papel de regalo y sujetos con la mano izquierda y dos bolsas de colores llamativos en la mano derecha. La persona lleva un pantalón vaquero azul.

Autoría: Photodisc.

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Procedencia: CD-DVD Num. V07.

Dos personas vestidas con corbata y camisa, observan con actitud seria un monitor de un ordenador. En primer plano, se presenta el monitor visto por la parte trasera y en segundo plano los dos hombres.

Autoría: Stockbyte.

Licencia: Uso educativo no comercial para plataformas públicas de Formación Profesional a distancia.

Procedencia: CD-DVD Num. CD109.

Dos mujeres sentadas cara a cara conversan con actitud seria, ambas están bien vestidas.

Autoría: Stockbyte.

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Procedencia: CD-DVD Num. CD109.

Dos mujeres se saludan con actitud sonriente, ambas se encuentran de pie y van bien vestidas, una de ellas sostiene con su mano izquierda un maletín de ejecutiva. En el fondo de la estancia se distinguen unos veinte orificios en la pared que dan luz natural a la sala.

Autoría: Stockbyte.

Licencia: Uso educativo no comercial para plataformas públicas de Formación Profesional a distancia.

Procedencia: CD-DVD Num. CD109.

Pantallazo de un programa de contabilidad donde se presentan una serie de campos para introducir datos en el programa.

Autoría: Laura Guzmán García.

Licencia: Copyright (Cita).

Procedencia: Captura de pantalla del programa visionwin.

Pantallazo de un programa de contabilidad donde se presentan una serie de campos para introducir datos en el programa.

Autoría: Laura Guzmán García.

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Procedencia: Captura de pantalla del programa visionwin.

Pantallazo de un programa de contabilidad donde se presentan una serie de campos para introducir datos en el programa.

Autoría: Laura Guzmán García.

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Procedencia: Captura de pantalla del programa visionwin.

Pantallazo de un programa de contabilidad donde se presentan una serie de campos para introducir datos en el programa.

Autoría: Laura Guzmán García.

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Procedencia: Captura de pantalla del programa visionwin.