Imagen que muestra los periodos de revisión para cada tipo de vehículo dedicado al transporte de mercancías. Así:

Vehículo y conjuntos de vehículos dedicados al transporte de mercancías de MMA inferior a 3,5 toneladas, los periodos son:

Hasta 2 años: exento.
De 2 a 6 años: cada dos años.
De 6 a 10 años: cada año.
Más de 10 años: cada 6 meses.

Vehículos dedicados al transporte de mercancías, público o privado, de MMA superior a 3,5 toneladas y cabezas tractoras independientes, los periodos son:

Hasta 10 años: cada año.
Más de 10 años: cada 6 meses.

Vehículos especiales destinados a obras, servicios y maquinaria autopropulsada con exclusión de aquellos cuya velocidad por construcción sea menor a 25 kilómetros por hora, los periodos son:

Hasta 4 años: exento.
De 4 a 10 años: cada dos años.
Más de 10 años: cada año.