3.1.- Clasificación de residuos.

Recipiente con clasificador de residuos.

¿Sabías que los residuos deben ser correctamente gestionados y para ello existen un conjunto de actividades que dan a los residuos sanitarios el final más adecuado?

Se consideran residuos sanitarios a todos aquellos residuos, sea cual sea su estado físico, generados en cualquier centro o servicio en donde se desarrollan actividades sanitarias, ya sean asistenciales, preventivas, de manipulación de productos biológicos, de docencia o de investigación.

La clasificación en vigor establece las siguientes categorías:

  • Clase I: son residuos sólidos, generados en centros sanitarios, que no representan riesgo para la salud humana, por no haber estado en contacto con productos biológicos: sangre, secreciones. Así tenemos: restos alimentarios, periódicos, revistas, flores, papeles, cartón, material de oficina, mobiliario del centro, residuos de jardinería, envases de medicamentos vacíos, excepto los citostáticos. Todo el material que haya sido descontaminado y esterilizado.
  • Clase II: residuos sólidos resultantes de actividades exclusivamente sanitarias, no incluidas en la categoría de residuos específicos clase III, como por ejemplo: curas, análisis clínicos, intervenciones quirúrgicas. Son peligrosos para los sanitarios que los manipulan y se pueden eliminar como residuos generales si se hace correctamente. Así tenemos: Material de curas como gasas, algodón, apósitos, vendajes manchados con sangre o fluidos de pacientes no infecciosos (los infecciosos son clase III), material textil con fluidos corporales de pacientes no infecciosos, bolsas de orina, sondas catéteres, equipos vacíos de gotero, sistemas y recipientes de alimentos parenterales.
  • Clase III: residuos biosanitarios específicos o de riesgo, sólidos o líquidos, potencialmente contaminantes. Si se eliminan como residuos urbanos suponen un riesgo para los sanitarios y la población, por tanto precisan medidas de prevención tanto en la gestión interna (dentro del centro sanitario) como externa (eliminación) del residuo. Estos residuos infecciosos peligrosos se dividen en cuatro subgrupos:
    • III-1. Infecciones erradicadas o de escasa incidencia: fiebre de Ébola, viruela.
    • III-2. Infecciones de transmisión oral (fecal, cólera, disentería amebiana).
    • III-3. Infecciones transmitidas por vía aérea como tuberculosis, fiebre Q.
    • III-4. Pacientes con VIH, hepatitis B y C.

    También incluye residuos cortantes o punzantes: bisturís, lancetas, agujas, portaobjetos, pipetas.

    Recipientes con cantidades importantes de trasudados, exudados y drenajes, sobre todo sangre humana en un volumen superior a 100 ml. Residuos anatómicos humanos de pequeña entidad pero no se incluyen las piezas dentarias. Si están conservados en formaldehído se consideran clase VI. Residuos de pacientes con la Enfermedad de Creutzfeldt-Jacob.

    A efectos del control y registro de la producción de los residuos III se distinguen dos tipos de centros productores:

    Pequeños productores en actividades sanitarias, considerados los que demuestren a la administración ambiental que en el año anterior a su declaración no han producido más de 2.000 kg/año.

    Grandes productores, el resto.

  • Clase IV: cadáveres y restos humanos procedentes de abortos, autopsias, mutilaciones, operaciones quirúrgicas, incluye órganos enteros, huesos y restos óseos, hay una normativa específica RD 2263/1974 del 20 de julio.
  • Clase V: residuos químicos líquidos, como el cloroformo, alcoholes, mercurio, líquidos reveladores radiográficos, autoanalizadores y sólidos, como: reactivos químicos como el óxido de etileno, restos de medicamentos o medicamentos caducados, excepto los citotóxicos.
  • Clase VI: residuos citotóxicos: fármacos citostáticos, equipos de administración citotóxica, material textil manchado con restos de estos medicamentos.
  • Clase VII: residuos radioactivos, su gestión es competencia de la empresa Nacional de Residuos Radioactivos (ENRESA), según el RD 1522/84.

Medicamento antineoplásico no apto para su uso terapéutico, a todo el material sanitario de un solo uso que haya estado en contacto con el medicamento (agujas, jeringas, bolsas, guantes, batas…) y a las excretas de los pacientes que han recibido tratamiento con este tipo de fármacos.