¿Qué entiendes por riesgo biológico?
Podemos definirlo como el riesgo de adquirir una infección por exposición a agentes biológicos, que pueden estar presentes en las muestras analizadas en un laboratorio, en nuestro caso de diagnóstico clínico o de anatomía patológica.
Según el Real Decreto 664/1997, de 12 de mayo, los AGENTES BIOLÓGICOS se definen como: "microorganismos, con inclusión de los genéticamente modificados, cultivos celulares y endoparásitos humanos, susceptibles de originar cualquier tipo de infección, alergia o toxicidad". A su vez, se entiende como microorganismo, toda entidad microbiológica, celular o no, capaz de reproducirse o de transferir material genético. Por su parte, cultivo celular es el resultado del crecimiento in vitro de células obtenidas de organismos multicelulares.