La gestión de cobros y pagos. Procedimientos de cálculo en la gestión de tesorería.
La gestión de cobros y pagos. Procedimientos de cálculo en la gestión de tesorería.
Caso práctico
La empresa en la que trabaja Alejandro, ha llevado a cabo diversas operaciones comerciales relacionadas con su actividad empresarial, desde que se cerró el ejercicio económico. Carmen habla con Alejandro y le comenta lo siguiente:
- Alejandro, para que la empresa pueda llevar a cabo su actividad comercial necesita recursos para poder financiarse, para ello debe conocer cuáles son los distintos medios de financiación a los que puede recurrir y cuál es su coste financiero para la empresa y en función de esa información poder decidir cuál es la forma más eficiente de financiar su actividad comercial.
Básicamente este es el objetivo que se marca el departamento financiero de la empresa ¿Cómo conseguir fondos para financiarse? Determinando su coste.
- Carmen, me parece muy interesante lo que me comentas.
- Alejandro, te cuento todo esto porque ahora vas a pasar unos días en el departamento financiero y vas a ir aprendiendo las pautas a seguir en la financiación de la empresa.
1.- Capitalización simple y capitalización compuesta.
Caso práctico
Desde la dirección de la empresa en la que Alejandro está realizando sus prácticas, le presentan los compañeros que en el departamento financiero de la empresa, le van a ir explicando las gestiones de tipo financiero que se realizan para poder tener la información necesaria sobre los medios de financiación a los que accede la empresa.
Cuando tienes que acudir al banco para poder pedir un préstamo, entonces la entidad bancaria te va a cobrar unos intereses por esta operación, lo cuál sirve para remunerar el dinero que nos han prestado.
Los intereses que nos cobra el banco dependen de:
- La cantidad de dinero, que nos hayan prestado.
- El tiempo que tardamos hasta que devolvemos el capital prestado.
- El tipo de interés aplicado.
Existen dos formas de calcular el interés: capitalización simple y capitalización compuesta, que vamos a ver cómo se determinan en este apartado.
Para poder calcular los intereses mediante cualquiera de estos dos sistemas hemos de tener en cuenta los siguientes términos:
- Capital inicial: es el importe que recibimos de la entidad bancaria inicialmente.
- Capital final: es la cantidad de dinero que hemos de devolver al banco cuando finaliza el tiempo estipulado para entregar el préstamo. Es el importe que resulta de sumar al capital inicial los intereses que hemos de pagar al banco por el préstamo.
El capital final es igual al capital inicial más los intereses generados.
CAPITAL FINAL = CAPITAL INICIAL + INTERESES
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1.1.- Capitalización simple.
Si un banco te concede un préstamo y se lo hemos de devolver aplicando un sistema de capitalización simple, significa que los intereses que se van generando en cada periodo de tiempo, no se añaden al capital inicial para generar nuevos intereses. Por lo tanto los intereses que se generan, no producen nuevos intereses.
Vamos a determinar cómo se calcularían los intereses mediante la aplicación de este sistema. Si tenemos en cuenta que:
Co: es el capital prestado.
i: es el tipo de interés aplicado en tanto por ciento.
t: es el tiempo expresado en años.
Entonces los intereses, se calculan aplicando el tipo de interés al capital prestado y por el tiempo establecido para devolver el capital inicial. La fórmula aplicable sería la siguiente:
En lo que se refiere al tiempo, hemos tenido en cuenta en la fórmula anterior que el tiempo está estipulado en años. ¿Pero qué ocurre cuando el tiempo es inferior a un año? Entonces se deben utilizar fracciones o partes de un año (vamos a utilizar la unidad k como medida de partes inferiores a un año como pueden ser semestres, trimestres, etc.)
Ejemplo: si estamos hablando de semestres ya que en el año hay dos entonces k = 2; Si fueran trimestres entonces k = 4 y si se tratara de intereses mensuales entonces k = 12; Entonces cómo quedaría la fórmula anterior quedaría de la siguiente forma:
Entonces en el interés simple el capital final es igual al capital inicial más los intereses generados y calculados anteriormente:
Si en la fórmula anterior sustituimos la fórmula de los intereses:
Ejercicio resuelto
Supongamos que vamos a una entidad bancaria y hacemos un depósito en una cuenta a plazo por seis meses.
Si la entidad bancaria nos ofrece un tipo de interés anual del 2 % y el capital que hemos depositado en la cuenta ha sido de 10.000 euros vamos a calcular ¿cuál sería el capital final que vamos a obtener una vez trascurridos los seis meses?
Si hablamos de semestres entonces k = 2.
También podemos utilizar para el cálculo meses y entonces k = 12.
Ahora vamos a calcular los intereses aplicando la fórmula que hemos visto anteriormente.
1.2.- Capitalización compuesta.
Si el banco, te comunica, que el préstamo que nos realiza, se lo hemos de devolver aplicando un sistema de capitalización compuesta, significa, que los intereses que se van generando en cada periodo de tiempo, se añaden al capital inicial, para generar nuevos intereses.
Por lo tanto los intereses que se generan, producen nuevos intereses. Vamos a determinar cómo se calcularían los intereses mediante la aplicación de este sistema.
Si tenemos en cuenta que:
C: es el capital prestado o capital inicial.
Cn: Es el capital prestado al final del periodo.
i: es el tipo de interés aplicado en tanto por ciento.
r: es tipo de interés del periodo expresado en tanto por uno.
n: es el tiempo expresado en años.
La fórmula del interés compuesto es la siguiente:
Ejercicio resuelto
Supongamos que vamos a una entidad bancaria y hacemos un depósito en una cuenta a plazo por dos años.
Si la entidad bancaria nos ofrece un tipo de interés anual del 6 % y el capital que hemos depositado en la cuenta ha sido de 100.000 euros con capitalización trimestral. Vamos a calcular ¿cuál sería el capital final que vamos a obtener una vez trascurridos los dos años?
Si hablamos de cuatrimestres entonces k = 4.
Ahora vamos a calcular los intereses aplicando la fórmula que hemos visto anteriormente.
1.3.- El TAE.
En primer lugar, debes conocer, que estas siglas se corresponden con las iniciales de Tasa Anual Equivalente (TAE) y se define como el coste o la remuneración efectiva de un capital. Así en la publicidad que ofrecen las entidades bancarias, sobre los productos y servicios financieros que ofrecen, se puede apreciar que junto a la información sobre el tipo de interés aparece además el dato del TAE.
En los distintos productos y servicios financieros que se ofrecen hay que diferenciar entre:
Tipo de Interés nominal: es el tipo de interés que se aplica en una operación.
Tipo de Interés Efectivo: es el porcentaje que se aplica de forma real y efectiva en una operación y que puede no coincidir con el tipo de interés nominal.
Lo vamos a ver a través de un ejemplo, para que puedas ver la diferencia más claramente.
Suponemos que un banco, nos ofrece como remuneración por un tipo de depósito el 6 % de interés de tal forma que el abono de los intereses que se generan se realiza trimestralmente y no al final del año.
En este caso vamos a ver qué cuantía vamos a recibir por el montante de los intereses.
Sabiendo que el capital que vamos a depositar en la cuenta es de 10.000 euros.
En primer lugar vamos a determinar los intereses que vamos a recibir al finalizar el primer trimestre.
Si aplicamos la fórmula de los intereses:
Al ser trimestres k = 4 ya que el año contiene cuatro trimestres.
Ahora calculamos los intereses que se producen en el segundo trimestre.
Como en este momento disponemos en la cuenta no de 10.000 euros sino de 10.150 euros los intereses con este capital serían los siguientes:
Los intereses generados en los dos primeros trimestres son de 302,25; Es decir la suma de los dos.
Si se aplicara un tipo de interés simple, el tipo de interés aplicado semestral sería del 3 %, equivalente al nominal anual aplicado en la operación, entre los dos semestres del año. En este caso, el nominal aplicado coincidiría con el efectivo.
Pero si no disponemos de los intereses generados en el primer trimestre y se aplica el sistema de capitalización compuesta entonces, los intereses generados durante el primer trimestre, se acumulan al capital inicial, para generar nuevos intereses de esta forma ¿Cuál sería el interés que efectivamente nos han aplicado? Sería de 3,0225 % y no del 3 %.
Por lo tanto, en este caso el tipo de interés efectivo, sería ligeramente superior al Tipo de Interés Nominal (TIN).
Para saber más
En el siguiente enlace puedes ver varios ejemplos sobre el TIN y TIE que te recomendamos que leas y analices con detenimiento:
Tipo de Interés Nominal y Tipo de Interés Efectivo (Simple y Compuesto)
1.4.- El descuento simple.
Cuando una empresa, decide adelantar el pago de una deuda, debes calcular los intereses que habría que descontar, en función del periodo de tiempo por el que se efectúe ese adelanto.
El descuento, se puede definir como el importe que se rebaja de una deuda, por pagarla antes de llegar a su vencimiento.
¿Cómo vamos a calcular el descuento?
Hemos de calcular, en primer lugar los intereses, que se producen en función del nominal del efecto, cuyo pago se pretende adelantar. Los intereses se calculan aplicando la fórmula del interés:
Posteriormente se determina el efectivo o cantidad que realmente hay que pagar:
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1.5.- La equivalencia financiera.
Debes saber, que cuando la empresa tiene varios capitales o efectos de diferentes cuantías y con vencimientos en distintos momentos de tiempo, le puede interesar el saber cuál de ellos es más rentable desde el punto de vista financiero. Para ello habría que tener en cuenta dos aspectos:
- Compararlos teniendo en cuenta, no sólo su cuantía, sino su vencimiento.
- Además tendrían que llevarse todos los capitales a un mismo momento y ahí efectuar la comparación.
Dos o más capitales son equivalentes desde un punto de vista financiero, si al compararlos para un tipo de rendimiento dado, tienen el mismo valor en el momento en que se comparan. Para igualar los capitales en un momento determinado se utilizará la capitalización o el descuento.
Si la empresa tiene dos capitales o efectos, C1 y C2, que vencen en los momentos t1 y t2 respectivamente, son equivalentes si, valorados en un mismo momento del tiempo t, tienen la misma cuantía.
Si estos dos capitales son equivalentes financieramente, la empresa se mostraría indiferente a la hora de decidir la preferencia entre uno y otro. Pero si no son equivalentes, entonces la empresa debería elegir el que resulte más rentable.
Esta definición se cumple, cualquiera que sea el número de capitales que intervengan en la operación.
Para plantear una sustitución de capitales, el acreedor y el deudor han de estar de acuerdo en las siguientes condiciones fundamentales:
- Momento de tiempo a partir del cual se computan los vencimientos.
- Momento en el cual se realiza la equivalencia.
- Tipo de rendimiento aplicable.
- Aplicación de la capitalización o el descuento.
2.- El proceso de pago.
Caso práctico
- Alejandro, una vez que ya has aprendido los métodos de capitalización para poder determinar la cuantía de los intereses así como de los descuentos comerciales y la equivalencia de capitales, vas a ver en qué consiste el proceso de pago en la empresa y cómo se han de tramitar los documentos necesarios, para que dicho pago pueda ser efectuado.
Alejandro sabe, que el proceso de pago, es el último paso del circuito de la compraventa en la empresa.
Es importante que la empresa pueda realizar cuanto antes el cobro de las ventas, para que de esta forma también pueda tener la liquidez necesaria para poder seguir invirtiendo en el proceso productivo.
Debes saber, que el pago, es la obligación principal asumida por el comprador, al formalizar el contrato de compraventa, pudiendo incurrir en incumplimiento grave, en el caso de no realizarlo.
Se pueden pactar diferentes formas de pago:
- Pago al contado: En este caso, el pago se realiza en el momento de la entrega de los productos, así como la factura, o en un espacio de tiempo reducido.
¿Qué documentos se suelen utilizan para poder efectuar esta forma de pago?
- El recibo: El pago puede realizarse, en metálico o mediante cuenta bancaria, cuando el comprador ha dado la orden oportuna al banco, para que a la entrega del recibo, se haga efectivo su pago.
- El cheque: Mediante este documento, el vendedor puede cobrar el importe de la venta a través de una entidad bancaria.
- Las tarjetas: Se trata de soportes de plástico, que sirven como medio de pago y suponen que el cliente no ha de disponer de dinero en efectivo en todo momento.
- Transferencia bancaria: En este caso, el comprador ordena a su entidad bancaria, que transfiera fondos a una cuenta bancaria.
- Ingreso en cuenta bancaria.
-
Billetes y monedas de curso legal, para hacer el pago en efectivo.
-
Pago aplazado: Pero en muchas ocasiones el pago no se realiza al contado, si no que se aplaza el pago por un determinado periodo de tiempo pactado por el comprador y el vendedor. En estos casos, se puede aumentar el importe de la deuda, por los intereses que se generan durante el periodo de tiempo, por el que se aplaza el pago. Para poder documentar esta forma de pago, se suele utilizar la letra de cambio.
2.1.- Pago al contado. El recibo.
En primer lugar, vas a conocer el recibo. Se trata de un documento, en el que una persona declara que ha recibido un importe de dinero por parte de otra persona. Es útil, cuando la compra se paga en varias partes y de esta forma sirve para justificar cada uno de esos pagos.
En la estructura del recibo hemos de diferenciar dos partes:
- La matriz, que es una parte sujeta al talonario y queda en posesión de la persona que está emitiendo el recibo, para de esta forma tener controlados los pagos recibidos.
- El recibo propiamente dicho, que se entrega firmado a la persona que ha pagado como justificante del mismo.
Lo puedes ver en el siguiente modelo:
- Número del documento, que ha de ser correlativo en el talonario.
- Se incluye la fecha de emisión y por tanto de cobro y de pago.
- Nombre de quién realiza el pago.
- Cantidad en texto.
- Motivo del pago.
- Cantidad en número.
- Firma de quién está emitiendo el recibo y de quién recibe el dinero.
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2.2.- El cheque.
Caso práctico
Alejandro sabe, que el cheque es un medio de pago muy importante por ser muy utilizado en la empresa. Por ello en esta unidad, vamos a profundizar en su estudio. Existen muchas cuestiones relacionadas con el cheque que quizás aún no conoce. Por ejemplo, sabe que el cheque puede ser utilizado como medio de pago en una transacción comercial pero, requiere que el vendedor confíe en que el comprador sea solvente. Entonces Alejandro se pregunta ¿Existe algún medio que asegure que al presentar el cheque en una entidad bancaria para su cobro habrá fondos suficientes para cobrarlo? ¿Podemos de alguna manera evitar que el cheque sea ingresado en una cuenta corriente que no esté a nuestro nombre?
Vamos a intentar resolver estas dudas a lo largo de los contenidos de este apartado.
En primer lugar, te formulamos la siguiente pregunta: ¿Qué es un cheque? Es un documento mercantil por el que una entidad bancaria, se obliga al pago de una determinada cantidad, por orden de uno de sus clientes y con cargo a su cuenta bancaria.
En segundo lugar: ¿Cuántos tipos de cheques hay?
- Cheque cruzado: es aquél en el que el librador o el tenedor, han trazado dos barras transversales paralelas sobre su anverso. ¿Qué se pretende con este sistema? De esta forma, el cheque solo puede ser abonado mediante ingreso en la cuenta de beneficiario. La finalidad está en que si el cheque se pierde, no pueda ser cobrado por un tercero.
- Cheque para abonar en cuenta: el librador o tenedor, puede exigir que el pago no se realice en efectivo manifestándolo con la expresión "para abonar en cuenta" o equivalente en el anverso. El librado pagará el cheque mediante, su ingreso en una cuenta bancaria.
- Cheque conformado: se puede solicitar al banco o librado, que dé su conformidad garantizando la autenticidad de la firma del librador, así como la existencia de fondos en la cuenta del librador. Es un instrumento de garantía del pago.
- Emitidos al portador: no se designa a ninguna persona para que pueda cobrarlo, por lo que cualquiera puede cobrar su importe.
- Nominativos o emitidos a favor de una persona: en este caso, a diferencia del caso anterior, se identifica a la persona que ha de cobrar con nombre y apellidos.
¿Qué ocurre cuando hay un cheque sin fondos? Entonces ya que el banco no lo paga, el tenedor del cheque, debe negociar con el emisor o si no, presentar una demanda judicial.
2.3.- Presentación y pago del cheque.
Debes saber, que el pago del cheque, se produce cuando el tenedor lo presenta al librado o al banco. En cuanto a la fecha de presentación, podemos encontrarnos dos situaciones:
- Que el tenedor presente el cheque antes de la fecha indicada en el documento. El cheque debe pagarse igualmente.
- Que el cheque se presente, en una fecha posterior a la indicada en el documento. En este caso hay que tener en cuenta, que existen unos plazos de presentación fuera de los cuales, el tenedor puede verse perjudicado. Vamos a verlo de forma más pormenorizada:
- El librador, pasado el plazo determinado, puede llevar a cabo la revocación de la orden de pago. Recuerda que el cheque es, desde el punto de vista del librador, una orden irrevocable dirigida al banco de efectuar un pago. Esta orden significa que el librador, no puede dejar sin efecto el cheque durante el plazo establecido para su presentación (salvo en caso de robo). Pero si la presentación, se produce fuera de plazo la irrevocabilidad desaparece, pudiendo, por tanto, el librador dejar el cheque sin efectos, lo que implicaría un perjuicio grave para el tenedor del cheque.
- Al presentar el cheque, si el tenedor se encuentra que el librador no dispone de fondos en el banco librado, si ha transcurrido el plazo de presentación, el tenedor pierde su derecho de actuar contra el librador.
En cuanto a las acciones que se pueden realizar por falta de pago: al presentar el cheque el tenedor puede encontrarse, con que el librador (o el endosante, si es tenedor porque se ha producido un endoso) es insolvente. El tenedor, puede reclamar judicialmente su importe. A esta operación se le denomina acción de regreso y requiere, que el tenedor acredite la falta de pago. Esta acreditación puede producirse mediante la declaración del librado (el banco declara que el cheque no ha podido ser abonado), o mediante declaración notarial, que se denomina protesto.
El protesto, deberá hacerse antes de la terminación del plazo de presentación, por lo que los requisitos para exigir el pago de un cheque son que se haya presentado en el plazo correspondiente y que se acredite debidamente el impago. El tenedor de un cheque impagado, puede reclamar no solo el importe de la letra sino también los intereses devengados y los gastos que se hayan producido.
Para saber más
El cheque y tipos de cheques.
2.4.- Requisitos y modelo de cheque.
Ahora te planteamos la siguiente cuestión ¿Qué aspectos ha de contener el cheque?
- La palabra cheque en el título.
- Un mandato de pago de una cantidad determinada.
- Nombre del librado.
- Fecha de emisión del cheque.
- Firma del librador.
A continuación te proponemos el siguiente modelo de cheque:
Ahora se definen cada unos de los apartados que aparecen en el modelo de cheque:
- (1) Banco que emite el documento.
- (2) Número de la cuenta corriente contra la que se realiza el cargo.
- (3) Cantidad económica del cheque en cifras.
- (4) Nombre de quién lo ha de cobrar (varía en función del tipo de cheque ya visto).
- (5) Cantidad que se ha de cobrar en este caso en texto.
- (6) Lugar y fecha de emisión del cheque.
- (7) Firma del titular de la cuenta desde la que se realiza el pago.
Normas mercantiles sobre el cheque:
- Si no aparece alguno de los apartados anteriores, el cheque no se considera como válido, salvo que no aparezca lugar de emisión en cuyo caso se considerará el del banco que emite el cheque.
- Se paga a la vista, por lo que se puede cobrar en cualquier fecha, independientemente de la que figure en el cheque.
- Los derechos del tenedor del cheque, prescriben a los seis meses desde la fecha de presentación (15 días después de la fecha de emisión para los emitidos en España).
- La entidad financiera, debe atender el mandato del pago siempre y cuando haya fondos en la cuenta del que emitió el cheque y con el límite del saldo de dicha cuenta.
- Es necesario, que entre el librador y el banco, se haya celebrado un contrato bancario, por el cuál se le permita disponer de fondos utilizando este método y que existan fondos depositados para ello.
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2.5.- Otras formas de pago al contado.
Pero ahora vas a ver que existen otras formas de pago al contado:
- La transferencia bancaria.
En este caso, la cuenta bancaria del comprador, o sea, de la que saldrán fondos, es la cuenta de cargo, mientras que la cuenta del beneficiario es decir del vendedor es la cuenta de abono.
La transferencia, supone un coste para el deudor (persona que ordena el traspaso de fondos), ya que el banco cobra una comisión (es importante consultar a la entidad bancaria, el importe de dicha comisión, antes de llevarnos alguna sorpresa).
Se puede realizar utilizando Internet, es lo que ha dado en llamar como banca personal. Mediante la utilización de un código secreto, el cliente puede acceder a su cuenta y allí realizar las operaciones que desee.
- Mediante un ingreso en cuenta bancaria.
El pago se realiza ingresando el importe de la deuda, que tiene el comprador, en una cuenta bancaria de la que sea titular el acreedor o proveedor.
Por otro lado, la entidad bancaria, tiene la obligación de entregar a la persona que realice el ingreso documento justificante del mismo.
- Mediante tarjetas. Existen varios tipos de tarjetas:
- Tarjetas de crédito: Es un medio de pago, emitido por una entidad bancaria, a favor del cliente y que le permite operar concediéndole un crédito concertado.
- Tarjetas de débito: La operación se carga de forma inmediata, en la cuenta del titular de la tarjeta. Por razones de seguridad, se establece un el límite, en la cantidad de la que podemos disponer al día, con la tarjeta.
-
Tarjetas monedero: Es una tarjeta prepago, que primero ha de cargarse a través de un cajero automático. Sustituye al monedero de efectivo, para poder hacer pagos inmediatos y reducidos en su importe, como puede ser el pago de llamadas telefónicas, por ejemplo.
La principal diferencia, entre las tarjetas de crédito y las de débito, es que, en estas últimas las operaciones se cargan de forma automática en la cuenta del titular de la tarjeta, sin concesión de crédito, como sucede en las primeras. Vamos a verlo de forma más pormenorizada en el siguiente apartado.
2.6.- Tarjetas de crédito y de débito.
En este apartado, vas a ver de forma más pormenorizada, el pago mediante tarjetas. Las tarjetas de crédito, son títulos nominativos (con un titular), intransferible y de duración limitada.
Sus funciones más relevantes son:
- Se utilizan como medio de pago.
- Son un instrumento de crédito. El banco nos financia las operaciones realizadas con la tarjeta.
En las tarjetas aparecen tres personas: el emisor, el titular de la tarjeta y el establecimiento asociado.
Las relaciones que se establecen entre ellos son las siguientes:
- Relación entre el emisor y el titular: la tarjeta presupone la existencia de un contrato, llamado contrato de tarjeta de crédito, por el cual, el emisor se compromete a pagar las facturas que presenten las entidades asociadas por cuenta del titular y a entregarle una tarjeta.
- Relación entre el emisor y el establecimiento asociado: hay una relación contractual entre emisor y establecimiento asociado. El establecimiento asociado, tiene la obligación de aceptar la tarjeta, aplicando los mismos precios que al resto de clientes, así como a comprobar la identidad del titular y la coincidencia de la firma, y que la tarjeta esté vigente. El emisor, se obliga a satisfacer las facturas que presente el establecimiento asociado.
Las tarjetas de débito: sirven para obtener efectivo o para realizar pagos, que se cargan de forma inmediata en la cuenta bancaria del titular, una vez que se ha comprobado que el titular dispone de saldo suficiente en esa cuenta, ya que si no es así, no se permitiría la operación.
Se utilizan menos que las tarjetas de crédito, por el hecho de la comprobación previa del saldo antes de poder realizar la operación. Algunas de las más utilizadas y conocidas son Visa Electrón, 4B y ServiRed.
La limitación en la extracción diaria de dinero, existe en ambos tipos de tarjetas, así como el cobro de comisiones, aunque suelen ser más elevadas en el caso de las tarjetas de crédito. Se debe informar del cobro de dichas comisiones por parte de la entidad bancaria, a través de la cual se realiza la operación.
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3.- Pago aplazado: la letra de cambio.
Caso práctico
Como ya has visto en apartados anteriores, las operaciones de compraventa pueden pagarse al contado o bien de forma aplazada. En este último caso, se puede formalizar la operación mediante una letra de cambio.
Veremos cómo se cumplimenta y se transmite la letra de cambio. Estudiaremos con detalle todas las partes que intervienen (el librador, librado, tenedor y avalista) ya que será muy importante para comprender cómo se cumplimenta, acepta, cobra, cómo se actúa en casos de falta de pago, etc., que son fundamentales en las tareas administrativas de cualquier empresa.
Alejandro quiere saber los siguientes aspectos relacionados con la letra de cambio:
- Comprender el concepto de letra de cambio.
- Distinguir qué personas son las que intervienen en este medio de pago.
- Conocer y elaborar el documento relacionado con esta forma de pago.
En primer lugar, te hacemos la siguiente pregunta ¿Qué es una letra de cambio?
La letra de cambio, es un documento mercantil por el que una persona que se denomina librador, ordena a otra, que denominamos librado, el pago de una determinada cantidad monetaria en una fecha concreta o con un vencimiento determinado.
El pago de la letra de cambio se puede hacer directamente al librador o a través de una tercera persona que denominamos tomador, beneficiario o tenedor, a quién el librador ha trasmitido o endosado la letra de cambio.
Para saber más
La normativa reguladora aplicable para la letra de cambio es igual que en el caso del cheque:
3.1.- Personas que intervienen.
Debes saber que en una letra de cambio intervienen necesariamente las siguientes personas:
- El librador: es la persona que emite la letra para que el deudor o librado la acepte. Es la persona que ha de cobrar o acreedora.
- El librado: es la persona que ha de hacerse cargo del pago de la letra cuando llegue su vencimiento.
- El tomador, tenedor o beneficiario: es la persona que tiene la letra en su poder y a quién se le debe abonar su importe.
Hay casos especiales en los que pueden intervenir las siguientes personas:
- El endosante: es la persona que endosa una letra o la trasmite a una tercera persona.
- El endosatario: es aquel a cuyo favor se endosa la letra.
- El avalista: es la persona que va a garantizar que se va a pagar la letra a su vencimiento.
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3.2.- Emisión de la letra de cambio.
Debes saber que en la emisión de toda letra de cambio, existen una serie de requisitos, que se deben cumplir, y que están regulados por la Ley Cambiaria y del Cheque. Podemos incluir como esenciales respecto a su contenido, los siguientes:
- Denominación de letra de cambio.
- Mandato del pago, prevaleciendo la cantidad expresada por escrito sobre la señalada en cifras.
- El nombre del que ha de pagar, es decir, del librado, en el espacio destinado para ello.
- El nombre de la persona, a la que se le ha de pagar, es decir, el tenedor o tomador.
- La fecha de emisión.
- La firma del librador.
Los anteriores requisitos son esenciales en toda letra de cambio, ahora bien existen excepciones como:
- Si no lleva vencimiento ,se considerará que es a la vista (es decir a su presentación, que deberá producirse antes de una año desde su emisión).
- Si no lleva domicilio de pago, se considerará que es el del librado.
- En caso de omisión del lugar de emisión, se considerará como tal, el que figure junto al librador.
- Si el lugar destinado al nombre del tomador, figura vacío o aparece la cláusula "a la propia orden", se entiende que el tomador es el propio librador.
Ejercicio resuelto
La empresa A, que se dedica a la venta de perfiles de PVC para la fabricación de ventanas, puertas y otros componentes de PVC de la casa, ha vendido a un Taller, productos por valor de 6.000 Euros. El Taller pagará el importe de la compra en tres cuotas mensuales a través del banco UNO en el que dispone de fondos. Han decidido formalizar la operación, mediante dos letras de cambio, a la orden del banco DOS, en el que la empresa A dispone de una cuenta bancaria.
Señala los elementos personales que intervienen en esta operación, documentada mediante la letra de cambio. ¿Quiénes son en este caso el librador, el librado y el tomador de la letra?
3.3.- Aceptación y vencimiento de la letra.
Ahora te explicamos en qué consiste la aceptación de la letra, según la cuál, el librado queda obligado a pagar la letra de cambio, cuando llegue su vencimiento.
La aceptación de la letra, se realiza, consignando la fecha y la firma en el margen izquierdo del anverso del documento.
Por ello, existe también un plazo para la aceptación de letras. Este plazo, es de un año a partir de su fecha de emisión.
Si el librado no acepta la letra, el beneficiario de la letra o el tenedor puede dirigirse contra el librador para el pago de la letra.
El vencimiento de la letra o fecha a partir de la cual, el librado está obligado a hacer efectivo el importe de la letra, puede expresarse de cuatro formas:
- A la vista: Se paga a su presentación.
- A fecha fija: El día del vencimiento, será el que figure en la letra de cambio.
- A un plazo desde la fecha: En este caso el vencimiento tendrá lugar después de un determinado periodo, contado desde la fecha que se indica en la letra y no se tendrá en cuenta los días inhábiles en el cómputo (domingos y festivos).
- A un plazo desde la vista: En este caso, la letra se paga cuando transcurra el plazo establecido desde el momento en el que se acepta.
Ejercicio resuelto
- Si aparece por ejemplo la fecha del 2 de noviembre, la letra vence en esta fecha concreta y será a fecha fija.
- Si aparece en la letra 30 días desde la vista, significa que la letra vence, después de 30 días desde que es aceptada. De esta forma, si la aceptación se produjo el 4 de noviembre, la letra vencerá el 4 de diciembre.
- Si aparece 2 meses desde la fecha, entonces la letra vencerá, trascurridos dos meses desde su emisión, de tal forma que si la fecha de libramiento es del 2 de noviembre será entonces del 2 de enero.
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3.4.- Presentación, pago y negociación de las letras.
Ahora verás qué ocurre con la presentación, el pago y la negociación de las letras.
En primer lugar, el tenedor de la letra, debe presentarla al librado a su vencimiento, para que este realice el pago.
El lugar de presentación, es el indicado en la letra de cambio, siendo en caso de omisión, el domicilio del librado. El librador suele indicar como lugar de pago un banco en el que tenga abierta una cuenta.
La cantidad que se deberá pagar al tenedor por parte del librado, será la expresada por escrito en la letra de cambio, aunque llegado el vencimiento, el librado podrá realizar un pago parcial respecto de la cantidad consignada en la letra, que el tenedor deberá aceptar.
En cuanto a la negociación de las letras: la práctica habitual de las letras de cambio implica la intervención de una entidad financiera. Así, el librador, puede entregar la letra a un banco (tomador) para que pueda efectuar el cobro de la misma, de modo que es esta entidad (y no el librador) la encargada de avisar y presentar al librado el documento. A su vez, el librado encomienda a la entidad en la que dispone de fondos, el pago de la misma, de modo que la operación pasa a realizarse entre bancos.
De esta forma, cuando llegue el vencimiento de la letra, será el banco, quién nos ingrese el importe de la misma, cobrándonos una comisión por la realización de esta gestión.
Pero también puede ocurrir, que el librador entregue la letra a una entidad bancaria, para poder hacer efectivo su importe, antes de que llegue su vencimiento, para poder así disponer de liquidez. El banco en este caso, abonará el nominal de la letra descontando los intereses que se devenguen entre la operación de descuento y el vencimiento de la letra, así como los gastos ocasionados, como correo, etc.
Aval.
Se trata de una declaración contenida en la letra, según la cuál se garantiza el pago de la letra de cambio.
El avalista asume, junto con el librado, la responsabilidad del pago de la letra.
Endoso.
En este caso, el librador transmite a otra persona que denominamos endosatario, los derechos derivados del cobro del importe de la letra. El endosatario es por lo tanto, el beneficiario de la letra de cambio y con los mismos derechos que tenía el librador.
3.5.- Falta de pago de la letra de cambio.
Ahora te formulamos la siguiente pregunta ¿Qué ocurre si la letra resulta impagada? Entonces, se pueden ejercitar dos tipos de acciones:
- La acción directa. Puede ejercitarse por el tenedor, contra los obligados en vía directa (aceptante y avalista). Es necesario acreditar la falta de pago sin protesto, ni otra formalidad, pudiendo reclamar intereses y gastos. Esta acción prescribe a los 3 años desde la fecha de vencimiento.
- La acción de regreso. Puede ejercitarla el tenedor contra el librador o endosante para cobrar la letra. En este caso la falta de aceptación o de pago deberá acreditarse mediante protesto notarial o una declaración equivalente, firmada y fechada por el librado.
Por su parte podemos preguntarnos ¿qué es el protesto? Es un acto notarial cuya utilidad es la de poder acreditar que se ha producido, la falta de aceptación o pago de la letra de cambio.
Puede ser sustituido por una declaración firmada, por el librado, el que se manifieste su negativa a aceptar o pagar la letra.
El librado dispone, de 2 días hábiles, para hacer efectivo el importe de la letra, también puede en este plazo presentar las alegaciones que estime convenientes.
Si trascurrido el plazo indicado, no se ha producido el pago de la misma, el notario devolverá la letra al tenedor de la misma, para que pueda ejercitar las acciones legales oportunas contra el librado.
El protesto debe realizarse, en los cinco días hábiles, después del vencimiento de la letra.
La letra de cambio tiene las siguientes ventajas:
- Garantiza el crédito comercial concedido por el vendedor.
- Sustituye un pago actual por otro que se realizará en el futuro.
- A través de su endoso, se puede agilizar una cadena de pagos en la actividad comercial.
- Mejorar la liquidez de la empresa, mediante el descuento bancario.
- Se puede entregar como aval, en préstamos y líneas de crédito, leasing , factoring, etc.
- Es otro medio de pago, que sustituye al efectivo.
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3.6.- Cómo rellenar una letra de cambio. Anverso.
Ahora verás cómo ha de rellenarse una letra de cambio.
La Ley Cambiaria, no exige, que la letra de cambio, sea emitida en un determinado impreso oficial. Sin embargo, las vigentes disposiciones fiscales, condicionan el carácter de título ejecutivo de la letra de cambio al hecho, de que esté emitida en papel timbrado, de cuantía no inferior a la que le corresponda.
En primer lugar vamos a rellenar el anverso, cuyo modelo es el siguiente:
Contenido del anverso de una letra de cambio | |
---|---|
1. Lugar de libramiento | Se indicará la localidad en la que, la letra se emite, por el librador. No tiene que coincidir con el domicilio del librador. |
2. Moneda | La clase de moneda de curso legal que se trate, que en Europa será normalmente en euros. |
3. Importe | Se expresará, en cifras, la cantidad que ordena pagar el librador. El importe debe coincidir con la cantidad que figure en el espacio número 6. En caso de no coincidir, prevalecerá, lo contenido en texto en dicho espacio. |
4. Timbre | Nos indica la cantidad que podemos poner en el documento. Se trata de un documento que se compra, pagando un impuesto denominado timbre y cuya cuantía esta relacionada directamente con el importe de la letra. |
5. Fecha de libramiento | Se indicará, en número o en letra, el día, mes y año en que se gira la letra. |
6. Vencimiento | Si la letra se emite a fecha fija, se especificará, en número o en letra, el día, mes y año, en la que el tenedor de la letra podrá exigir su pago al librado. En algunas ocasiones se especificará "a la vista", "a tantos días de la vista", o "a tantos días desde la fecha" (como ya vimos en apartados anteriores en el vencimiento). |
7. Identificación del tomador | Se indicará el nombre y apellidos o razón social de la persona a la que el librador gira la letra. Se podría excluir la posibilidad del endoso, especificando "no a la orden" seguido del nombre o razón social del tomador. |
8. Importe | Se especificará, en letra, la cantidad a pagar y la clase de moneda. |
9. Lugar de pago | Se expresará por población, calle o plaza y número. Lo normal es que sea la dirección de la sucursal u oficina bancaria de domiciliación de la letra. |
10. Número de la cuenta | Se consignará el número de la cuenta bancaria con cargo a la cual la entidad bancaria deberá abonar el importe de la letra. Normalmente se tratará de una cuenta abierta a nombre del librado. |
11. Aceptación del librado | El librado puede aceptar o no la letra a la fecha de vencimiento. Si acepta está obligado a efectuar dicho pago |
12. Cláusulas | Por ejemplo, la expresión de devengar intereses, y su porcentaje, la cláusula de "devolución sin gastos" o "sin protesto", cuando lo establezca el librador, Si aparece al propio cargo el librador y librado son la misma persona; si es a la propia orden librado y tomador son la misma persona. |
13. Identificación del librado | Se identificará por su nombre o razón social a la persona a quien se dirige la orden de pago, así como el domicilio del librado. El pago se hará normalmente en el domicilio que figure junto al nombre del librado, excepto cuando se haya domiciliado su pago, en cuyo caso será el que aparece en el espacio número 9. |
14. Firma, nombre y domicilio del librador | Se señala el nombre y apellidos o razón social del librador. El lugar del libramiento señalado el apartado 1 no tiene por qué coincidir con el domicilio del librador. La firma del librador es requisito obligatorio. |
3.7.- Cómo rellenar una letra de cambio. Reverso.
En este apartado verás cómo ha de cumplimentarse el reverso de una letra de cambio según el siguiente modelo:
- En este espacio, se consignará con nombre y apellidos o razón social, la persona que es avalada. Si se quedara en blanco, se entenderá que es el que acepta la letra y, si el librado no aceptase la letra, sería el librador.
- Se indicará el día, mes y año en que se presta el aval.
- Firma del avalista.
- Nombre y apellidos o razón social del avalista, y su domicilio.
- Se puede incluir un endoso con el nombre y apellidos o razón social del endosatario.
- Domicilio de la persona a quien se endosa la letra.
- Lugar en que se realiza o firma el endoso, así como el día, mes y año en que se realiza el endoso.
- Firma del endosante, que, en este primer endoso, será el tomador de la letra.
- Nombre y apellidos o razón social y domicilio de quien realiza el endoso, es decir, de quien hasta entonces es tomador de la letra.
- Estos espacios pueden utilizarse para consignar otros avales o endosos.
Para saber más
Te proponemos el siguiente enlace en el que encontrarás una explicación de cómo rellenar una letra de cambio:
La Ley establece, la posibilidad de que existan suplementos de la letra en los que se formalicen las declaraciones que no quepan materialmente en la letra de cambio en su formato oficial, siempre que éstos se incorporen mediante hoja adherida en la que se exprese de manera clara que se trata de un anexo o suplemento de una letra.
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3.8.- Otros medios de pago aplazado.
En este apartado, verás que hay otros medios de pago aplazado, distintos de la letra de cambio, que puede utilizar la empresa:
El pagaré.
Es un título valor por cuya virtud una persona (firmante), se obliga a pagar a otra (beneficiario), una cantidad determinada de dinero en la fecha y lugar indicados en el titulo. El pagaré no contiene mandato de pago de ningún tipo, solo promesa de pago, realizada por el propio firmante, de la cual responde personal y directamente. Habrá de identificarse en el titulo y deberá llevar la firma original de quien promete el pago.
Medios de pago habituales en operaciones de comercio internacional.
Las entidades bancarias, también realizan servicios que están relacionados con operaciones en moneda extranjera, como por ejemplo, los que se derivan de la realización de algún viaje en otro país, por motivos de turismo, pero también los que se producen por inversiones realizadas en el extranjero o actividades comerciales.
Podemos resaltar las siguientes, como las que se realizan con más frecuencia:
- Cuentas bancarias en moneda extranjera
- Gestión de cobros y pagos, derivados de operaciones comerciales, importaciones y exportaciones.
- Cambios de moneda.
- Emisión de cheques de viaje.
- Tarjetas de crédito para su uso en el extranjero.
- Avales y fianzas en divisas.
4.- Operaciones financieras básicas en la gestión de cobros y pagos a corto plazo.
Caso práctico
Alejandro sabe, que no es buen momento para que las empresas pidan créditos a las entidades bancarias y estas a su vez, no reciben liquidez suficiente del Banco de España, por ello va a consultar a un compañero qué otras operaciones hay, para poder obtener financiación en la gestión de cobros y pagos a corto plazo.
Debes saber que existen tres operaciones financieras muy utilizadas por las empresas para conseguir financiación a corto plazo y que te explicamos a continuación:
El factoring: Se trata de una forma de financiación, que se basa en la existencia de un contrato, por el que una empresa cede o vende los derechos de crédito, sobre clientes, derivadas de su actividad comercial (facturas, letras) a otra que se denomina factor, que se va a encargar de gestionar su cobro, a los que son los titulares de esas deudas.
Existe un coste por esta operación, que es un porcentaje sobre el nominal de la deuda. La ventaja es, que la empresa que entrega las facturas, letras, etc., obtiene una liquidación inmediata, y le evita el problema de los impagados, ya que a diferencia de la operación de descuento la empresa no se hace cargo de los efectos impagados.
Pero el inconveniente es que se exige un elevado interés y comisiones altas. También es verdad que la empresa factor no se hace cargo sólo de aquellos clientes que se consideran que tienen un mayor riesgo de impago, no suelen admitir deudas con plazos superiores a 9 meses. Es por lo tanto un medio de financiación a corto plazo y muy utilizado en el comercio internacional.
Descuento de efectos comerciales: en la actividad comercial que realizan las empresas, es muy frecuente utilizar efectos comerciales para efectuar el pago de las operaciones comerciales.
Cuando el librador de una letra de cambio, necesita liquidez inmediata, puede acudir a una entidad bancaria y ceder dicho efecto a dicha entidad. En este caso, esta cesión se denomina descuento de efectos y también es una forma de financiación a corto plazo.
Por esta operación, el banco adelanta el importe de la letra de cambio o pagaré, menos unos intereses que cobra el banco sobre el nominal de la letra y en función del número de días por los que se adelanta el importe de la letra y una comisión que cobra el banco por la operación.
Confirming: Además de estos medios de financiación que se han citado anteriormente a corto plazo también hay que señalar otros servicios financieros a corto plazo que las entidades bancarias ofrecen a las empresas, como es el confirming, es decir la confirmación de pagos. El confirming es un producto financiero que oferta una entidad bancaria con el objeto de facilitar a los clientes el pago de sus facturas a los proveedores. Las ventajas fundamentales son ahorrar costes al no emitir cheques o pagarés, reducir la comunicación con proveedores y mejorar la imagen ante proveedores, ya que el banco es un aval, que garantiza el cobro de las facturas emitidas.
Para saber más
4.1.- Operaciones de cobro y pago con Administraciones Públicas.
Ahora te mostramos que la Administración Pública, cuenta con varias formas para obtener bienes y servicios. Una de ellas es a través de los contratos administrativos. No se puede entender el concepto y funcionamiento de los contratos públicos sin hacer referencia a los contratos en general, como el de compraventa. Las diferencias más importantes entre un contrato administrativo y uno privado son:
- En los contratos administrativos priman los intereses colectivos.
- La contratación administrativa ha de conceder igualdad de oportunidades a todos los que pretendan contratar con la Administración.
- Los contratos administrativos revisten una forma y características homólogas.
Por otra parte, la Administración está sujeta a una serie de principios a la hora de contratar:
- Publicidad: a través del anuncio de sus intenciones de contratar, tanto en el Boletín Oficial, en Boletines de CCAA ,o en la prensa.
- Concurrencia: podrán optar a contratar con la Administración todas las empresas que lo deseen y puedan cumplir las condiciones del contrato.
- Igualdad y no discriminación.
¿Qué es un contrato de suministro? Es el que tiene por objeto la compra, el arrendamiento o la adquisición de productos o bienes muebles, salvo los que se refieren a propiedades intangibles y valores negociables. Los contratos de suministro admiten tres modalidades básicas:
- Contratos en los que el empresario se obliga a entregar una serie de bienes, de forma sucesiva y por precio unitario, sin que la cuantía total del contrato esté definida de antemano, sino en función de las necesidades de la Administración.
- La compra y alquiler de equipos y sistemas para el tratamiento de la información.
- Los fabricados por el empresario, según las condiciones fijadas por la Administración.
El contrato de suministro se adjudicará en general mediante concurso, aunque cuando el precio es el único factor determinante y la cuantía de la adquisición por debajo de unos límites, se adjudicará por subasta.
La celebración de los contratos administrativos, obliga a la Administración a abonar las cantidades fijadas. La orden de pago, deberá ir acompañada de los documentos que acrediten la realización de la prestación objeto del contrato, como es el caso del presupuesto, factura y justificación del gasto.
La ordenación del pago, constituye la fase previa a la realización material del mismo u operación de caja. Los pagos se pueden realizar en efectivo, mediante cheque o transferencia bancaria. Una vez verificadas las operaciones que dan lugar al pago, los talones se encuentran en condiciones de ser recogidos por el acreedor, o bien, la transferencia bancaria puede efectuarse.
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5.- Libros registros de Tesorería.
Caso práctico
Por último, Alejandro quiere saber cómo se gestiona la tesorería en la empresa.
- Alejandro, te voy a enseñar el modelo de libro de caja que llevamos en la empresa y cómo realizamos las anotaciones en el mismo, cómo se hace el arqueo de caja, la conciliación bancaria o un presupuesto de tesorería.
- Muy bien.
En primer lugar es importante que sepas qué es un libro de caja y para qué sirve en la empresa.
El libro de caja, es un libro de contabilidad auxiliar pero obligatorio, en el que se registran todas aquellas operaciones al contado, es decir que dan lugar a movimientos de dinero, ya sea en efectivo, cheques, transferencias.
Por otra parte, el libro de caja permite conocer si una persona o empresa dispone de efectivo en un momento determinado, para poder hacer transacciones en la actividad comercial de la empresa. También sirve para poder tener un registro de los impuestos, que se han pagado por la empresa.
Pero ¿Cuál es la estructura de este libro?
- El debe se anota en la parte izquierda del libro.
- El haber se anota en la parte derecha del libro.
Por último ¿Cómo se realizan las anotaciones? Es una cuenta más en el libro mayor de la contabilidad de la empresa:
- En el debe se anotan los ingresos de dinero.
- En el haber se anota cuando el dinero sale, ya sea para comprar y/o pagar deudas.
Se ha de anotar el nombre de la cuenta, que ha dado lugar al ingreso o la salida de dinero.
Saldo del libro de caja: En primer lugar debemos saber cómo se calcula el saldo, que será, cómo el de cualquier cuenta del patrimonio de una empresa y que ya se ha visto en unidades anteriores, es decir sumando el debe (entradas más saldo inicial), a lo que debemos restar, las salidas anotadas en el haber.
5.1.- Modelo de libro auxiliar de caja y arqueo de caja.
Te proponemos el siguiente modelo para hacer las anotaciones en el libro auxiliar de caja:
FECHA | CONCEPTO | COBROS (anotaciones en el debe) | PAGOS (anotaciones en el haber) | SALDO (suma del debe – suma del haber) |
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¿Qué es el arqueo de caja? Consiste en el análisis de las operaciones realizadas con el efectivo, durante un periodo de tiempo determinado.
¿Por qué se hace el arqueo de caja? Se trata de comprobar si se ha contabilizado todo el efectivo recibido, es decir, que el saldo que aparece en esta cuenta, es equivalente a lo que se encuentra físicamente en caja en dinero efectivo y/o cheques.
El arqueo de caja en la contabilidad de la empresa: suele ocurrir que al realizar arqueos de caja aparezcan diferencias negativas o positivas, con respecto a la cuenta de caja del libro mayor. Estas diferencias se contabilizan generalmente en una cuenta denominada “Diferencias de Caja”. Se le cargan los faltantes como pérdidas y se abonan los sobrantes como ingresos. Si estas diferencias no se eliminan, al cierre del ejercicio, la cuenta “Diferencias de Caja” se deberá cancelar contra la cuenta de “Pérdidas y Ganancias”.
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5.2.- La conciliación bancaria.
Debes saber que la conciliación bancaria, es una operación que se basa en comparar los valores que la empresa tiene registrados, de una cuenta de ahorros o corriente, con los valores que el banco suministra por medio del extracto bancario.
Las empresas tienen un libro auxiliar de bancos, en el cuál se registran cada uno de los movimientos que se realizan en una cuenta bancaria, como son la emisión y anulación de cheques, notas de débito, notas de crédito, etc. La entidad financiera donde se encuentra la respectiva cuenta, lleva también un registro de cada movimiento que el cliente (la empresa), hace en su cuenta.
El banco envía periódicamente a la empresa, un extracto en el que se muestran todos esos movimientos que concluyen en un saldo de la cuenta al último día del periodo correspondiente. Con frecuencia, el saldo del extracto que nos envía el banco, no coincide con el saldo que la empresa tiene en sus libros contables.
¿Qué debe realizar la empresa en este caso? En primer lugar se deben identificar las diferencias y posteriormente las causas por las que se producen. Este proceso, es el que hemos denominado conciliación bancaria. Las causas más frecuentes que dan lugar a estas diferencias entre la contabilidad de la empresa y el extracto del banco pueden ser:
- Cheques girados por la empresa y que no han sido cobrados.
- Ingresos registrados en los libros auxiliares, que el banco no ha abonado en la cuenta de la empresa.
- Notas de débito, que el banco ha cargado a la cuenta bancaria y que la empresa no ha registrado en su contabilidad.
- Notas de crédito, que el banco ha abonado a la cuenta de la empresa sin que ésta las haya registrado.
- Errores de la empresa o del banco.
Para realizar la conciliación, lo más indicado es iniciar tomando como base o punto de partida, el saldo del extracto bancario, el cual contiene los movimientos y estado de la cuenta, valores que pueden ser más fiables que los que tiene registrados la empresa en sus libros de caja. La estructura de la conciliación bancaria podría ser la siguiente:
Saldo del extracto bancario |
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(-) Cheques pendientes de cobro. |
(-) Notas de crédito no registradas (suponen un ingreso para la empresa y un gasto para el banco por ejemplo el cobro de intereses por algún depósito). |
(+) Notas de debito no registradas (suponen un gasto para la empresa y un ingreso para quién las emite en este caso el banco por ejemplo el cobro de comisiones por la chequera, tarjetas,…). |
(±) Errores. |
= Saldo en libros. |
5.3.- Efectos Descontados y Efectos en Gestión de Cobro.
Es importante que sepas, que uno de los servicios financieros que más utilizan las empresas, es el envío de efectos comerciales al banco, para que nos gestionen su cobro. En este caso se pueden dar a su vez dos modalidades que son:
- Efectos en gestión de cobro.
Mediante este sistema, las empresas envían sus efectos comerciales a su entidad bancaria para que se encarguen de realizar su cobro cuando llegue su vencimiento. Por lo tanto el banco se encarga de presentárselos al librado para su cobro.
El banco cobra una comisión por realizar esta operación, cuya cuantía puede depender de las características del efecto (aceptado o sin aceptar por el librado). En el caso de que llegado el vencimiento, no se haya cobrado el importe del efecto, el banco nos devuelve dicho efecto.
- Efectos descontados.
La empresa, si tiene problemas de liquidez, puede acudir al banco presentándole los efectos pero cobrando el importe de los mismos en este momento, sin esperar a su vencimiento, como ocurría en el caso anterior.
En primer lugar lo que debe hacer la empresa es solicitar una línea de descuento, que es una autorización del banco por la que la empresa, puede descontar efectos hasta un límite determinado. Además se debe firmar un contrato de descuento, en el que quedarán reflejadas las condiciones de dicha operación, como puede ser comisiones, intereses a aplicar por la entidad bancaria, etc.
Después de la entrega de los efectos al banco, este efectúa una nota de liquidación de gastos de tal forma que nos abona en la cuenta el importe nominal de los efectos comerciales, menos los gastos que supone la operación. La empresa debería llevar un libro, que registre las operaciones de descuento y de gestión de cobro de los efectos comerciales, para poder llevar un control de los cobros efectuados, de los gastos y de los que faltan por cobrar.
Nº letra | Librado | Importe | Vto. | Fecha vto. | A la orden | Domicilio de pago | Fecha de descuento |
---|---|---|---|---|---|---|---|
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Autoevaluación
5.4.- El presupuesto de tesorería.
Debes saber que el presupuesto de tesorería consiste en hacer una previsión temporal normalmente a un año, de todos los cobros y los pagos que se registran como entradas y salidas y que se van produciendo mensualmente en la empresa. ¿Cuál es la utilidad para la empresa de realizar este presupuesto? Se trata de prever el saldo en dinero que la tesorería de la empresa tendrá en cada momento, para poder hacer frente a lo pagos a los que ha de hacer frente la empresa. Pueden darse dos situaciones:
- Saldos negativos: la empresa debe determinar cómo se pueden financiar y el coste de dicha financiación (proveedores, efectos descontados, créditos comerciales a corto plazo) para que una vez vistas las alternativas, la empresa debe decidir cuál es la menos costosa.
- Saldos positivos: en este caso es importante que la empresa disponga qué se puede hacer con ellos, es decir, cómo invertirlos para que sean capitales productivos, que sean lo más rentables posibles teniendo en cuenta el concepto de coste de oportunidad.
Conceptos-cobros y pagos del presupuesto de tesorería | Periodo de tiempo (meses, trimestres…) |
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Cobros | |
Ventas.
Ingresos financieros. Ingresos extraordinarios como subvenciones. Capital aportado por socios. Capital recibido mediante productos financieros a corto plazo. Capital recibido mediante productos financieros a largo plazo. |
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Total de entradas. | |
Pagos |
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Compras.
Gastos de personal. Impuestos. Gastos financieros. Compras de inmovilizado. Suministros. Amortizaciones. Seguros. |
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Total salidas. | |
Saldo (Entradas – salidas) | |
5.5.- La utilización de la herramienta Excel en la tesorería.
Ahora te mostramos, cómo la herramienta de la hoja de cálculo puede ser muy útil en la gestión de la tesorería:
- La utilización de la hoja de cálculo Excel para realizar las anotaciones en el libro de caja.
A través de la red se puede descargar de forma gratuita una plantilla que permita crear un libro de caja en Excel, en cualquier caso se debe descargar el archivo y abrir después la plantilla con Excel, y ya se podrá comenzar a trabajar rellenando la plantilla.
- La utilización de la hoja Excel para las anotaciones en el Presupuesto de Tesorería. Lo ideal es confeccionar el documento de Presupuesto de Tesorería, cuyo modelo se presentaba en el apartado anterior mediante una hoja de cálculo Excel, de tal forma que el saldo mensual se calcula como diferencia entre cobros y pagos mensuales.
También habrá un saldo acumulado que consiste en ir sumando el saldo del mes anterior al saldo del mes actual incorporando ambas fórmulas en la hoja de cálculo.
- La utilización de la hoja Excel en la conciliación bancaria.
Una vez identificados los conceptos y valores que causan las diferencias, se deben realizar los ajustes correspondientes, con el objeto de corregir las diferencias y los errores encontrados. Si el error fuera del banco, se debe hacer la respectiva reclamación.
Para saber más
Explicación de cómo hacer una conciliación bancaria en Excel :