3.1.- La contratación de la póliza.

A la hora de contratar la póliza, lógicamente tendrás que comparar diferentes compañías y optar por aquella que mejor cobertura e indemnizaciones ofrezca en relación al precio o coste de la prima del seguro que hay que pagar.
Para hacer esta comparación, y posteriormente realizar la contratación, nos regiremos por lo que has ido aprendiendo en esta unidad.
En primer lugar nos tenemos que preguntar qué incoterm se ha negociado para la operación, puesto que en función del mismo, seremos nosotros quién tengamos que contratar el seguro o será la otra parte, además de indicarnos el punto hasta el que se realiza la cobertura o transferencia del riesgo.
A continuación tendremos que reparar en el tipo de transporte que vamos a utilizar, como ya conoces cada tipo de transporte tiene unas características diferentes y por lo tanto también unas necesidades de cobertura de riesgos distintas.
Además cada uno de los transportes utilizará pólizas y cláusulas distintas según has visto al principio de esta unidad.
Por último tendremos que proporcionar a la entidad aseguradora una serie de datos relativos a la operación que necesitamos cubrir, es decir, las características del traslado de las mercancías:
- Sobre las mercancías: características de la mercancía y su naturaleza, peso, volumen, condiciones de la protección física de las mismas (embalaje, paletizado, etc.), si requiere de alguna condición particular (por ejemplo transporte bajo temperatura controlada) o el valor (indicando la moneda en la que está expresado).
- Sobre el medio: tipo de vehículo, propietario o armador.
- Sobre el trayecto: origen y destino, fecha de salida y de entrega, etc.
Además de todo esto hay que determinar el tipo de póliza que vamos a utilizar para cubrir el traslado: abierta, flotante, sobre volúmenes…
No se nos puede olvidar que lo que determinará la indemnización es el valor de la mercancía, y ese valor lo declaramos nosotros bajo nuestra propia responsabilidad. A este valor se le denomina capital asegurado.
Podemos decir, que el capital asegurado es el valor atribuido por el titular de un contrato de seguro a los bienes cubiertos por la póliza y cuyo importe es la cantidad máxima que la compañía aseguradora está obligada a pagar, en caso de siniestro.
Hay ocasiones en las que el capital asegurado no se corresponde con el valor real, bien porque el tomador o tomadora del seguro considera que es mayor, y en otras porque considera que es menor. En estos casos estamos hablando de sobreseguro (cuando es mayor) y de infraseguro (cuando es menor).
Pero aunque hayamos contratado un seguro sobre una mercancía por un valor superior al real, en caso de siniestro la compañía no nos pagará una indemnización superior al valor real, sin embargo si lo contratamos por un valor inferior, la compañía de seguros sólo indemnizará el daño causado en la misma proporción en la que aquella cubre el interés asegurado.
Por lo general, la contratación del seguro de mercancías en transporte internacional ha de realizarse en las condiciones FPA (libre de averías particulares), y cubrir el valor CIF, más un l0 %.
Para saber más
En este punto, y en general cuando hablamos del seguro, aparece el término de avería gruesa y el de avería particular. Para conocer más sobre este concepto, visita el siguiente enlace, seguro que te quedará muy claro: