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6.- Marco Normativo.

Caso práctico

Parece que tras convencer a Ramón, el del Ministerio, de que su idea era buena, por fin hay luz verde para el anteproyecto de las redes de agua y saneamiento. El agregado estaba reticente, hasta que Miren la he mencionado esas subvenciones de la Unión Europea, para la diversificación de recursos hídricos, menos mal que su amigo de Gobierno de Navarra, se lo había advertido. Parece que ya lo tiene todo atado para seguir adelante, cuando la abordan en el descanso mientras se toma el café.

  • ¿Miren?, ¿eres tú?
  • ¡Juan!, cuánto tiempo…. ¿cómo te trata la vida?
  • Bien, bien. He oído que estás al cargo del desarrollo de las infraestructuras de agua de la Eco Ciudad.
  • A ver… qué quieres venderme tú…
  • Nada, nada. Es sólo que estoy trabajando en la Mancomunidad de Aguas de Pamplona y me han pedido que hablara con el responsable de la Eco Ciudad, para ver si podemos unificar criterios con la Ordenanzas.
  • ¿Serás consciente de que habrá que hablarlo con el Ayuntamiento de Miranda y la Mancomunidad de la Ribera Media, no?
  • Un lío burocrático sí. Pero los de arriba quieren aprovechar para unificar criterios y desarrollar un marco común, ya ves.
  • Bien… prepararé la reunión a cuatro bandas.

¿conoces las normativas que las redes de agua deben cumplir?

NORMATIVA DE INSTALACIONES EXTERIORES

Son las normativas municipales o de mancomunidad las que regulan el tipo de trazado, diseño y los parámetros de cálculo que se deben aplicar en las redes de dominio municipal. Con frecuencia corresponde a las mancomunidades supramunicipales el establecimiento de estas normas y suelen regular aspectos como:

  • Esquema de trazado
  • Parámetros de la red
  • Criterios de diseño
  • Detalles ejecutivos
  • Cotas
  • Normalización de elementos y equipos seleccionados

Al conjunto de estas instrucciones se las conoce como Ordenanzas y se publican necesariamente en los Boletines Oficiales de las Comunidades Autónomas a las que pertenezcan los municipios adscritos a su cumplimiento. Generalmente los organismos correspondientes emiten un conjunto de ordenanzas específicas para cada tipo de red.

Mancomunidad de Pamplona. Ordenanza de redes de abastecimiento, pag.89 (CC BY-NC-SA)


NORMATIVAS DE INSTALACIONES INTERIORES

Dentro de los edificios de vivienda son las instrucciones del Código Técnico de la Edificación las que regulan las instalaciones:

  • CTE-DB HS 4, para el suministro de Agua Fría Sanitaria de Consumo Humano y Agua Caliente Sanitaria
  • CTE-DB HS 5, para la Evacuación de Aguas Residuales

Dentro del ámbito industrial y los edificios públicos y dotacionales, son las Normas RITE, las que definen los criterios de aplicación de estas instalaciones

Código Técnico de la Edificación, Documento Básico de Higiene y Salubridad, Apartado 4: Suministro de aguas

Código Técnico de la Edificación, Documento Básico de Higiene y Salubridad, Apartado 5: Evacuación de Aguas Residuales

Establece las condiciones que deben cumplir las instalaciones destinadas a atender la demanda de bienestar térmico e higiene a través de las instalaciones de calefacción, climatización y agua caliente sanitaria, para conseguir un uso racional de la energía.

Para saber más

El CTE, se encarga desde 2008 de establecer un marco de regulación mínimo de obligado cumplimiento en todo el estado para la edificación de edificios, principalmente de vivienda.

El Código Técnico de la Edificación

Compendio de normas de alcance nacional que regulan los aspectos principales de la construcción de edificios en España desde el 2008