Saltar la navegación

1.12.- Infracciones en el transporte de viajeros.

Vista lateral de un autocar verde y blanco circulando por autovía.

Una vez que ya conoces los tipos de infracciones más importantes en el caso del transporte de mercancías, ahora vamos a ver cuales serían en el caso del transporte de viajeros.

Como en los casos anteriores, para conocer por completo las actuaciones que suponen una infracción, así como la gravedad de la misma, tienes que consultar los artículos a los que nos hemos referido anteriormente de la LOTT y que recogen cada tipo de infracciones. Los tipos de infracciones en el transporte de viajeros, según el tipo de falta son:

Faltas muy graves:

  • La realización de transporte público regular de viajeros por carretera de uso general cuando se dé alguna de las siguientes circunstancias:
    • La falta de explotación del servicio por el propio concesionario, salvo los supuestos de colaboración expresamente permitidos.
    • El incumplimiento de los tráficos, itinerario, expediciones o puntos de parada establecidos.
    • Denegar la venta de billetes o el acceso al vehículo a quienes los hubieran adquirido, salvo que se den circunstancias legal o reglamentariamente establecidas que lo justifiquen. Especialmente se tendrá en cuenta el caso de personas discapacitadas, o incumplir el régimen tarifario.
    • La realización del servicio transbordando injustificadamente a los usuarios durante el viaje.
  • La realización de transportes públicos regulares de viajeros de uso especial cuando concurra alguna de las siguientes circunstancias:
    • En los transportes de uso especial de escolares y de menores, la ausencia de una persona mayor de edad idónea, distinta del conductor, encargada del cuidado de los menores.
    • En los transportes de uso especial de escolares y de menores, la falta de plaza o asiento para cada menor, así como la inexistencia de plazas cercanas a las puertas de servicio que sean necesarias para personas de movilidad reducida.
  • La realización de transportes discrecionales de viajeros y mercancías cuando se incumpla alguno de los siguientes requisitos:
    • La autonomía económica y de dirección en la explotación de los servicios por parte del titular de la autorización, gestionando el transporte a su riesgo y ventura, con los medios personales y materiales integrantes de su propia organización empresarial.
    • La obligación del titular de la autorización o licencia de transporte de asumir la posición de porteador en todos los contratos de transporte que realice al amparo de dicha autorización o licencia.

Faltas graves:

  • La realización de transporte público regular de viajeros por carretera de uso general cuando se dé alguna de las siguientes circunstancias:
    • No disponer del número mínimo de vehículos o el incumplimiento por éstos de las condiciones exigidas en el título concesional.
    • No prestar los servicios suplementarios ofertados por el adjudicatario de la concesión y recogidos en el título concesional.
    • Incumplir la obligación de transporte gratuito del equipaje de los viajeros en los supuestos y hasta el límite en que ello resulte obligatorio.
    • Vender un número de plazas por vehículo superior al de las autorizadas en el título concesional.

Faltas leves:

  • La realización de transporte público regular de viajeros por carretera de uso general incumpliendo el calendario establecido.

Autoevaluación

Pregunta

Si una empresa que se dedica al transporte público regular de viajeros por carretera vende un número de plazas superior al de las autorizadas en su título concesional está cometiendo una infracción considerada como falta grave, ¿verdadero o falso?

Respuestas

Verdadero.

Falso.

Retroalimentación