2.1.- El tique.
Estarás pensando…, como usuario, por ejemplo, de transporte urbano, nunca he recibido una factura, ¿qué tipo de documento acredita en este caso la contraprestación?
Efectivamente el tique.
En algunos casos la obligación de expedir factura puede ser sustituida por la expedición de tiques, por ejemplo, el que comentábamos antes, el del transporte urbano.
¿Cuándo pueden ser sustituidas las facturas por tiques?
En los casos en los que las operaciones, incluido el Impuesto de Valor Añadido, no superen los 3.000 euros.
Pero debes saber que cuando el cliente al que prestes el servicio sea una empresa o profesional y actúe como tal o se trate de cualquier otro destinatario que solicite la factura, deberás expedírsela.
Los datos que deben contener los tiques y sus copias son:
- Número y en su caso serie. La numeración de los tiques dentro de cada serie, al igual que las facturas, habrá de ser correlativa.
- Los datos del expedidor, es decir del que está prestando el servicio:
- Nombre y apellidos o razón social.
- Número de identificación fiscal.
- Tipo impositivo.
- El importe de la contraprestación total.
Para saber más
Entra en la página TPV.net y comprueba las partes que tiene un ticket.