Este conflicto sobre el excesivo calor en las aulas en la época estival y los meses anteriores y posteriores (mayo, junio, septiembr y octubre), se repite año tras año. En nuestro país, los centros no simpre se han construido con adecuadas orientaciones, sistemas arquitectónicos solares pasivos o sistemas activos de control de la temperatura. Ello origina, como se indica en la noticia anterior, temperaturas excesivas que, con el cambio climático, son todavía superiores a las de hace años.
En este sentido, el Instituto Nacional de Seguridad e Higiene en el Trabajo (INSHT) se encargó de elaborar una guía para aplicar el Real Decreto 486/1997 que establece las disposiciones mínimas de seguridad y salud que deben cumplir los lugares de trabajo, entre las que se encuentra la temperatura. Se indica que:
- En los locales donde se realicen trabajos sedentarios propios de oficinas o similares, la temperatura deberá oscilar entre los 17 ºC y los 27 ºC.
- En los locales donde se realicen trabajos ligeros, la temperatura tendrá que estar entre los 14 ºC y los 25 ºC.
- Asimismo, se estipula también que el nivel de humedad relativa debe estar comprendido entre el 30% y el 70%, excepto en los lugares donde exista riesgo por electricidad estática en los que el límite inferior será del 50%.
- No obstante lo anterior, el INSHT da unas recomendaciones según la estación del año en la que estemos, ya que la ropa no será la misma en una época o en otra. En invierno, el INSHT aconseja mantener la temperatura entre los 17 ºC y los 24 ºC. En verano, entre los 23 ºC y los 27 ºC.
Si se utilizan sistemas de climatización, habrá que ir con cuidado para no generar temperaturas excesivamente elevadas en invierno, y excesivamente bajas en verano, ya que se podría producir un riesgo de estrés térmico que podría provocar alteraciones en el sistema vascular, temblores, pérdidas de conocimiento, mareos, etc.
No obstante, el INSHT no es el único organismo que ha establecido una temperatura adecuada para cada puesto de trabajo. Por su parte, el Reglamento de Instalaciones Térmicas de Edificios (RITE) dice que la temperatura en los edificios de uso no residencial, como los centros educativos, no deberían bajar de los 21 ºC en verano, ni superar los 26 ºC en invierno, y estipula que los sistemas de climatización deberían tener una temperatura de entre 21 ºC y 23 ºC en invierno y entre 23 ºC y 25 ºC en verano. Cabe decir que, mientras el INSHT marca las buenas prácticas en cuanto a la temperatura en la oficina, el RITE se encuentra avalado por la Ley de prevención de riesgos laborales.
En este apartado vamos a estudiar en mayor detalle todas estas referencias normativas, ya que son de obligado cumplimiento en el diseño de las instalaciones térmicas.
Esta norma establece las disposiciones mínimas de seguridad y salud en los lugares de trabajo.
El estrés térmico es la sensación de malestar que se experimenta cuando la permanencia en un ambiente determinado exige esfuerzos desmesurados a los mecanismos de que dispone el organismo para mantener la temperatura interna, mientras se efectúa el intercambio de agua y demás sustancias del cuerpo