3.- Los certificados digitales.
Caso práctico
La aparición de las Tecnologías de la Información y la Comunicación, junto con el desarrollo de las infraestructuras de comunicación, ha llevado a un cambio en la forma de relacionarse los individuos y las Administraciones, especialmente a nivel mundial.
¿Qué supone todo esto? Las empresas pueden ofrecer servicios y productos de una forma ágil y económica. Casi todas las instituciones públicas o privadas están apostando cada vez más por esta nueva revolución y especialmente por el uso de Internet como vía de comunicación. De hecho, va en aumento el número de ciudadanos que hacen uso de estas nuevas alternativas de comunicación y para dar una respuesta clara y segura a esta demanda, se hace necesario aportar seguridad a las comunicaciones a través de Internet.
¿Cómo se expresa esa seguridad? En los siguientes términos:
- Confidencialidad: sólo se muestran los datos o páginas al usuario que ha sido autorizado para ello.
- Integridad: se asegura que los mensajes enviados llegan sin ser modificados ni manipulados.
- No repudio: una vez enviado el mensaje entre emisor y receptor, que ambos no se puedan desdecir de lo indicado en sus mensajes.
Como consecuencia de todo esto surge una figura que hoy día tiene más cabida en las relaciones comerciales, financieras, entre ciudadanos, y no es otra cosa que el certificado digital y la firma electrónica.
Con los certificados digitales se puede realizar la protección de la información mediante un cifrado o transformación criptográfica de los mensajes, haciendo su contenido ilegible salvo para el destinatario.
Para saber más
En España todo este proceso se ve reforzado con la Ley 59/2003, de 19 de diciembre, de firma electrónica. Es conveniente que la leas, te aclarará muchas dudas. Esta Ley ha sufrido modificaciones en el 2007, 2014 y 2015. Debes mirar siempre el texto consolidado que refleje dichas actualizaciones.
Ley 59/2003, de 19 de diciembre, de firma electrónica. (Texto consolidado).