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3.4.- Normativa de los nuevos medios de pago y cobro internacionales.

Edificio de una agencia de leasing.

Por último queda que analices aquella normativa que afecta a los nuevos medios de pago y cobro que a nivel internacional están teniendo, cada vez más, una mayor penetración en el sistema financiero.

Estamos inmersos en un proceso de globalización de la economía y no menos de los mercados internacionales. Además de los medios de pago utilizados tradicionalmente en el comercio internacional están cobrando más fuerza otros nuevos medios de pago y cobro internacionales.

Pero, ¿cuáles son los nuevos medios de pago y cobro internacionales?, y ¿cuáles son los tradicionalmente utilizados en el comercio internacional?

A lo largo de las siguientes unidades iremos estudiando detenidamente cada uno de estos medios de pago internacionales, entre ellos: cheque personal y bancario, orden de pago simple y documentaria, remesa simple y documentaria, crédito documentario y garantías bancarias.

Los considerados nuevos medios de pago y cobro internacionales se distinguen de los tradicionales en que se pueden incorporar a los mismos la financiación bancaria complementaria a cada tipo de operación comercial. De esta forma, en el caso de que los exportadores lo deseen pueden anticipar el dinero de cobro.

Entre ellos se encuentran:

  • Factoring Internacional de exportación: es un contrato mediante el cual una empresa traspasa las facturas que ha emitido por concepto de exportaciones y a cambio obtiene de manera inmediata capital expresado en dinero.
  • Forfaiting Internacional: es la compra venta de créditos comerciales representados por pagarés, letras de cambio, cartas de crédito u otros instrumentos negociables con vencimientos futuros a medio plazo, emitidos en pago de exportaciones de bienes de capital y sin recurso contra el vendedor del crédito.
  • Leasing Internacional: es una modalidad de leasing financiero en el que el exportador vende a una empresa de leasing los equipos que desea adquirir el comprador extranjero, la cual se los arrienda posteriormente al importador a cambio del pago de unas cuotas. El importador, al final del plazo del contrato, podrá optar por comprar dicho activo por un precio pactado previamente o devolverlo a la sociedad de leasing.
  • Confirming: es un servicio financiero que consiste en gestionar los pagos de una empresa a sus proveedores, incluyéndose para el acreedor la posibilidad de cobrar las facturas con anterioridad a su fecha de vencimiento.
  • Cuentas en el exterior: es una opción útil y rápida para que el exportador pueda cobrar sus ventas en cada país donde las realiza.

A falta de una legislación específica de la mayoría de estos nuevos medios de pago y cobro internacionales, destaca la Convención de UNIDROIT (Instituto Internacional para la unificación del Derecho Privado) donde se reconoce la importancia de establecer reglas uniformes que prevean un marco jurídico que facilite el factoring internacional y el leasing financiero internacional.

Otras normas a tener en cuenta son:

  • Decreto 260/02. Estableció el funcionamiento de un Mercado Único y Libre de Cambios por el cual se deben cursar todas las operaciones de cambio en divisas extranjeras.
  • Circular 3/2006 del Banco de España que regula las obligaciones de información cuando se abren o cancelan cuentas en oficinas operantes en el extranjero.
  • Norma SEPA. Sepa es la Zona Única de Pagos en Europa en la que los ciudadanos, empresarios y otros agentes económicos podrán hacer y recibir pagos en euros, dentro de Europa.

Autoevaluación

Pregunta

De entre las siguientes afirmaciones, marca aquellas que sean correctas.

Respuestas

Las UCP 600 relativas a las Cobranzas han sido modificadas por las UCP 522.

El factoring y el leasing financiero internacional no tienen una legislación específica.

Sólo los Créditos Documentarios tienen una legislación específica.

De entre los nuevos medios de pago internacionales se encuentra el forfaiting.

Retroalimentación