2.2.- Cláusulas ICC.
Ahora nos vamos a centrar en las pólizas del ILU que se ocupan de cubrir los riesgos que puedan sufrir las mercancías. Hay tres tipos de pólizas:
- ICC-“A”: Es la póliza que mayor cobertura ofrece ya que es considerada una póliza a todo riesgo. En esta póliza se recogen todos los riesgos de pérdida o daños sobre la cosa asegurada.
Se excluyen los daños por pérdida o gastos producidos por la conducta dolosa el asegurado. La pérdida ordinaria de peso o volumen, el desgaste ordinario, el embalaje inadecuado, el vicio inherente, el retraso, la insolvencia o insuficiencia financiera por parte de los armadores fletadores o de los operadores del buque, el uso de armas de guerra atómicas.
Estos conceptos se recogen en la cláusula general de exclusiones. A esta cláusula se añaden la de imposibilidad de navegación, inadecuación de los contenedores, la de exclusión de guerra y la de huelga.
- ICC-“B”: Es una póliza de cobertura media, en la que los riesgos cubiertos son: incendio o explosión, embarrancado o varado del buque, hundimiento o zozobrado, vuelco o descarrilamiento del medio de transporte terrestre, descarga de la mercancía en un puerto de arribada forzosa, terremoto, erupción volcánica o rayo, pérdidas o daños de los objetos asegurados causados por sacrificio de avería gruesa, echazón o arrastre por las olas, entrada de agua de mar, de lago o de río en la bodega del buque, contenedor, remolque o lugar de almacenaje, pérdida total de cualquier bulto que ha caído por la borda o durante las operaciones de carga o descarga y la cláusula de avería gruesa.
e excluyen los daños causados por terceros y los riesgos que no se contemplan en la póliza “A” ya que es de cobertura menor que ésta.
- ICC-“C”: En esta póliza, los riesgos cubiertos son iguales a los de la póliza “B”, pero se excluyen determinados riesgos como terremotos, erupciones volcánicas y rayos, arrastre por las olas, entrada de en la bodega del buque, en el medio de transporte, contenedor o en el lugar de almacenaje, pérdida total de cualquier bulto por caída de la borda o durante las operaciones de carga o descarga desde el buque o en él.
Esta póliza es la de menor cobertura de las tres.
Como has visto, en todas ellas se excluyen el dolo del asegurado o asegurada (intervención voluntaria del asegurado o asegurada en la producción del daño a la mercancía), también las pérdidas de peso o volumen normales, desgaste, embalaje y acondicionamiento inadecuados, vicio propio, demoras, insolvencias, radioactividad, guerra y huelgas (éstos dos últimos riesgos pueden cubrirse aparte).
En ningún caso el seguro de transporte internacional cubre las demoras (retrasos) debidas a causas imputables al transportista.