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Copyright y Copyleft.

Copyright

Posiblemente sabrás que, cuando se crea una obra, (ya sea literaria, pictórica, fotográfica, etc.) existen varias formas para proteger de forma legal el uso que se hace de dichos contenidos. Una de ellas, es el Copyright, que en España, constituye un derecho automático, aunque cada país tiene una legislación copyright aplicable con diferentes matices.

¿Has reconocido con facilidad este símbolo?

La manera de incluir el Copyright, aunque puramente indicativa, se formaliza de la siguiente manera:

Símbolo Copyright © + año de publicación + nombre del autor (o de la sociedad que ha depositado el copyright).
Ejemplo: © 2011 Ministerio de Educación.

Cuando un contenido incluye Copyright ya sabes que significa que tiene los derechos reservados y, por tanto, existen una serie de restricciones sobre el uso de dichos contenidos. Como por ejemplo, la utilización o la publicación parcial o total con fines comerciales.

Copyleft

Como hemos dicho, el Copyright constituye un derecho automático por si mismo, pero existen instrumentos que sirven de ayuda a la hora de ejercer este derecho, como son los depósitos de Copyright. Un depósito de Copyright, te permite demostrar que realmente eres el autor o autora. También te permite probar en qué fecha la obra ha sido creada. Sin este instrumento no siempre es una tarea trivial.

Como contrapunto al Copyright, surge lo que se conoce como Copyleft. Cuando una obra tiene una licencia Copyleft implica que dicha obra o contenido, tendrá permisos de copia, modificación y redistribución, y además impone la misma licencia a las copias y a las obras derivadas.

¿Con cual de los dos identificaría al software libre?