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4.3.- Otras garantías bancarias

GARANTÍAAdemás de las garantías estudiadas hasta ahora, hay otros muchos tipos, todas ellas emitidas por entidades financieras. ¿Quieres conocerlas? Son las siguientes:

Garantía de reembolso o devolución de pagos anticipados: es una garantía que asegura al beneficiario (importador) la devolución del pago realizado de forma anticipada, en el caso de que el exportador no cumpla con lo estipulado en el contrato de compraventa. Puede darse el caso que, además de asegurar el importe anticipado se asegure también los intereses.

Garantía de pago: este tipo de garantías suelen ser utilizadas como mecanismo para asegurar las obligaciones de pago derivadas de una compraventa o de una prestación de servicios. Constituyen una alternativa al crédito documentario. Son ejecutables a primera demanda y se circunscriben a una operación específica de exportación, de tal forma que el importador, por medio de su banco (garante y emisor) garantiza al exportador que, una vez realizado el embarque de la mercancía si llega el momento del vencimiento para el pago y no recibe los fondos, podrá ejecutar la garantía y cobrar del banco emisor.

Hay algunos puntos a los que hay que prestar atención en la misma: el plazo de validez es aconsejable que, para que dé tiempo a la ejecución de la garantía, sea de al menos un mes después de su vencimiento previsto para el cobro de la exportación; ha de ser pagadera contra documentos fácilmente presentables por el exportador, como facturas, recibos, cheques, letras de cambio,.. la solicitud del pago es conveniente realizarla a través de una entidad financiera y no directamente.

Garantía ante organismos estatales o internacionales: el fin es claro, asegurar el cumplimiento por el exportador de sus obligaciones ante diversos organismos nacionales o extranjeros en el desarrollo de su actividad. ¿Cuándo es habitual? En exportaciones sujetas a contingentes arancelarios o cupos en los que la administración desea asegurarse que las exportaciones se llevarán a cabo; por ventas a terceros países en vías de desarrollo, con el apoyo de organismos internacionales de la Unión Europea u otros, etc.

Garantías ante las aduanas: son garantías ante los servicios de aduanas aduanas y tienen como fin responder ante las mismas de los derechos arancelarios. ¿Qué motivos pueden darse? Pueden ser mercancías en tránsito, exportaciones temporales o tráfico de perfeccionamiento, etc. La garantía se realiza de conformidad con lo dispuesto por las autoridades aduaneras del país donde se efectúa el despacho de la mercancía.

Este tipo de garantías junto con las garantías ante organismos estatales o internacionales suelen emitirse en documentos estándar y no pueden ser modificados, normalmente se emiten sin plazo de validez.

Cartas de intención o confort letter: no constituyen garantías formales y su valor real como instrumento de cobertura de riesgos depende de la seriedad y solvencia de la compañía que las emite. Las suelen realizar lasempresas matrices, respecto a una filial, para que un banco conceda a esta última, facilidades financieras.

Por tanto no representa un compromiso de pago en firme pero si la sociedad matriz emisora es de la confianza de un banco que tiene que conceder las facilidades financieras, puede ser determinante para su concesión.

Intervienen dos figuras:

  • El declarante: asume el contenido de la carta y normalmente es la sociedad matriz.
  • El beneficiario: es la persona física o jurídica respaldada, normalmente una sociedad filial.

Debes conocer

En la siguiente presentación verás un esquema sencillo de funcionamiento.