1.- Riesgos comerciales e instrumentos de cobertura.
Caso práctico
Dada la importancia del impago del cliente, Pedro piensa que lo más importante es delimitar los riesgos.
En la Junta de Accionistas se ha debatido el asunto con profundidad y solicitan para la próxima sesión un catálogo de posibles riesgos y formas de cubrir cada uno.
Sin embargo, Alberto le ha comentado a Pedro que el seguro no es la única opción, sino una más a considerar, por lo que la información que se presente a la Junta debe ser más amplia que una relación de compañías de seguros.

Lo primero que le aconsejarías a Alberto es que repasara sus antiguos apuntes y le recordarías que en la Unidad 2 ya se analizaron los riesgos que pueden darse en las operaciones internacionales. Ha llegado el momento de precisarlos desde el punto de vista del aseguramiento de operaciones con entidades aseguradoras, dejando de lado el riesgo de cambio, que dispone de cobertura específica.
Puedes clasificarlos en tres categorías:
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Riesgos comerciales.
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Derivados de las relaciones contractuales entre importadores y exportadores.
- Riesgo de resolución de contrato, denominación que cubre la fase entre la firma del contrato y la expedición de la mercancía. (por ejemplo, el comprador resuelve el contrato alegando incumplimiento de plazos de entrega por el vendedor). La resolución a que nos referimos es una resolución unilateral por parte del importador e injustificada porque suponemos que el exportador ha cumplido sus obligaciones.
- Riesgo de no aceptación de las mercancías, con mayores costes que en el caso anterior, como el coste de transporte y seguro de la mercancía al lugar de destino.
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Riesgo de crédito, como los supuestos de morosidad o impago.
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Riesgos políticos.
- Derivados de decisiones gubernamentales, por tanto distintas al riesgo comercial.
- Riesgo soberano: impago de la deuda pública externa.
- Prohibición de expatriar divisas.
- Modificaciones legislativas que afecten a contratos en vigor.
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Expropiaciones o similares.
- Derivados de decisiones gubernamentales, por tanto distintas al riesgo comercial.
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Riesgos extraordinarios.
- Debemos definir previamente el concepto de ordinario.
- El funcionamiento del seguro se basa en la probabilidad. A un riesgo originado por sucesos repetidos se le puede asignar una probabilidad de ocurrencia (tasa de mortalidad de varones de entre 40 y 50 años, por ejemplo) y, conocida la probabilidad, será posible calcular la prima del seguro. Los riesgos extraordinarios son los derivados de la imprevisibilidad o de fuerza mayor.
- Los riesgos extraordinarios no son susceptibles de tratamiento estadístico (terremotos, guerras...) y, por tanto, no se puede calcular una prima con fiabilidad. Esta peculiaridad explica el hecho de que no suele ser cubierto por aseguradoras privadas.
Para saber más
En este enlace puedes leer una entrevista a Don Juan Antonio Mateo, director comercial de CESCE que ofrece una visión general de los servicios de esta aseguradora a las pequeñas y medianas empresas.