En España, el marco jurídico que establece la forma de gestionar los residuos de aparatos eléctricos y electrónicos viene dado por el nuevo REAL Decreto 110/2015, de 20 de febrero, sobre residuos de aparatos eléctricos y electrónicos (AEE). El aspecto principal que regula ésta ley es el hecho de que quien fabrica, vende o distribuye un equipo, tiene la obligación de hacerse cargo de la recogida, tratamiento y recuperación del mismo.
Usualmente no se aplica esta vía, sino que, por comodidad, se suelen utilizar los llamados puntos limpios. Estos puntos limpios están destinados al uso particular de los mismos, es decir, sólo recogen residuos generados por personas y no por empresas. (Se limita la cantidad máxima a entregar por cada tipo de residuo).
Las corporaciones deben tener sus propios sistemas de reciclado. Dado que no es un tema sencillo (requiere una compleja infraestructura), normalmente ésta operación la subcontratan a terceras empresas especializadas en el reciclado industrial. Estos procesos de reciclado suelen regularse con objeto de obtener una certificación de calidad (ISO 14000), que le sirva a la empresa de justificante en su relación con clientes y otros organismos.