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2.- Estructura de contrato de compraventa internacional.

Caso práctico

Aparece Ana García, personaje del caso práctico, chica joven morena vestida con atuendo informal 2.

Ana García, encargada de la elaboración de los contratos, consultaba a Pedro Domínguez para ir trazando su estructura.

-Pedro, necesito por favor que me pases una relación con las partes de los contratos, es decir, los datos completos de Eurasia, S.A. y los de los clientes, las fechas, lugares de entrega y condiciones, formas de pago…etc.

-¡Uf! Pues Ana, algunos datos de los que me pides aún no los tengo muy claros, tengo que consultarlos con Juan.

-Entonces toma la relación de todos los datos que necesito y, si te parece bien cuando los tengas me los envías a mi correo electrónico, es muy importante que queden en cada acuerdo muy bien detalladas las condiciones de cada cláusula y no te olvides de los datos completos de los representantes.

-No te preocupes, Ana, estoy tomando nota de todo.

Gif inanimado que presenta un búho encima de un montón de libros.

Como todo contrato de compraventa, el internacional, también presenta una serie de elementos que lo estructuran.

¿Quieres saber cuáles son?

Presta mucha atención que te los presento:

  • El vendedor y el comprador: el que cede y el que adquiere el bien o el servicio a cambio del precio convenido.
  • El producto: el bien o servicio objeto de la transacción.
  • Cantidad: unidades totales, peso, volumen, dimensión o descripción del producto o servicio objeto de la compraventa.
  • Precio: importe por unidad y total a pagar por la transacción.
  • Condiciones de pago: detalle de la forma del pago, transferencia, crédito documentario, plazo, etc.
  • Garantía: la forma en la que se afianza el cumplimiento de lo pactado, bancarias, no bancarias, etc.
  • Condiciones de expedición: medio de transporte, envase y embalaje.
  • Entrega: fecha y lugar.
  • Validez: vigencia de la oferta.
  • Aspectos legales: ley aplicable, tribunal competente, cláusulas de arbitraje internacional, etc.

Autoevaluación

Pregunta

En un contrato de compraventa internacional, la ley aplicable, ¿es uno de los elementos del contrato?

Respuestas

No, ésta es una característica común a todos los contratos internacionales.

No por que esto queda pactado en otro contrato anterior y no se refleja en el de compraventa.

No, no forma parte del contrato por que ya viene dado por el Convenio de Roma.

Sí, es uno de los elementos del contrato, debe indicarse la legislación aplicable para solucionar las posibles disputas que pudieran surgir entre el comprador y el vendedor.

Retroalimentación