3.3.- Condiciones de pago.
Te hablaré ahora de la cláusula sobre las condiciones de pago. Este es un aspecto importante del contrato, ha de quedarte muy claro.
¿Quieres saber qué se recoge en esta cláusula y como se hace?
Lo que se registra en esta cláusula es la forma en la que el comprador cumplirá con su obligación y compensará la entrega de la mercancía por parte del vendedor.
Las condiciones de pago se determinan atendiendo al tiempo y al lugar. Te explico.
Según el tiempo puede realizarse:
- Al contado.
- Al contado con pago diferido.
- A plazos.
Y en cuanto al lugar se podrá realizar:
- En aquel en que entra en vigor el contrato.
- En el que se realice la entrega de la mercancía.
- En el que se entregue la documentación, etc.
Además de las formas de pago atendiendo al tiempo y al lugar ¿crees que habría que indicar algo más en esta cláusula?
Sí, efectivamente, hay que incluir la moneda y la forma de pago.
En cuanto a la moneda, se podrá fijar la del país exportador, la del país importador o la de un tercer país.
Es importante saber, que si la divisa en la que finalmente se pacta el pago se puede prever que estará sometida a fluctuaciones, se podrá suscribir un seguro de cambio.
En cuanto a los medios o forma de pago, habrá que hacer constar que será mediante efectivo, cheque personal o bancario, orden de pago simple o documentaria, remesa simple o documentaria o si será crédito documentario.