2.1.- El Consenso OCDE y el CARI.
La Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económicos (OCDE) es un organismo de cooperación internacional. Como ya sabrás, consenso significa acuerdo. Por lo tanto, el consenso OCDE es el conjunto de reglas que regulan la financiación y apoyo oficial al comercio internacional, resultado de acuerdos internacionales.
Su denominación oficial es Acuerdo General sobre Líneas Directrices en Materia de Crédito a la Exportación con Apoyo Oficial.
Su objetivo es doble:
- Uniformar criterios a nivel internacional.
- Evitar situaciones de competencia desleal.
Se concreta en un conjunto de reglas que desarrollaremos a continuación, destacando el concepto de CIRR (Commercial Interest Reference Rates; Tipos de Intereses Comerciales de Referencia)
Los CIRR son los tipos de interés “aceptables” para las operaciones que cuenten con apoyo oficial. Se publican mensualmente, suelen ser inferiores a los tipos de interés del mercado y están calculados tomando como base los tipos de interés de los bonos estatales a medio plazo.
Como suelen ser inferiores a los tipos de interés de mercado, las entidades financieras no suelen aplicar estos tipos de interés en sus operaciones.
Por tanto, es necesario un mecanismo para poder aplicar los CIRR a las operaciones de comercio internacional. Ese mecanismo es el CARI.
Mediante el CARI se le asegura al prestatario un tipo de interés y su banco y el ICO ajustan cuentas periódicamente entre el tipo de mercado y el tipo del préstamo. Según el resultado, el ICO le abona al banco la diferencia o viceversa. En definitiva, asegura el tipo de interés tanto al prestatario como a la entidad financiera.
No debes confundir el CARI con una subvención del Estado a las empresas. El CARI no es una subvención, porque no está garantizado que el ICO deba pagarle al banco, pues depende de la evolución de los tipos de interés y puede ocurrir que sea el banco quien deba pagarle al ICO si la evolución de los tipos de interés hace que los tipos de mercado sean inferiores a los CIRR (Commercial Interest Reference Rates; tipos de Interés Comerciales de Referencia).
El artículo 58, Capítulo IV, de la Ley 14/2013 establece el Convenio de Ajuste Recíproco de Intereses (CARI), especificando los siguientes puntos:
1. Los créditos que concedan las entidades financieras, destinados a la financiación de la exportación de bienes y servicios españoles, podrán ser ajustados en las condiciones y en la forma que reglamentariamente se establezca a través del Instituto de Crédito Oficial mediante un convenio de ajuste recíproco de intereses.
2. A los efectos señalados en el apartado anterior, se consideran entidades financieras las cooperativas de crédito calificadas, las cajas de ahorro españolas, los bancos españoles, el Instituto de Crédito Oficial y las entidades de crédito extranjeras.
3. El Ministerio de Economía y Competitividad deberá autorizar la formalización de estos convenios, o su cesión, en el caso de los ya firmados...
4. El ajuste a que se refiere el apartado 1 de este artículo, cubrirá la diferencia entre el coste de mercado de los recursos necesarios para financiar la operación de exportación y el producto que la entidad financiera obtenga como consecuencia de la misma, más el margen porcentual anual sobre la cuantía del préstamo...
5. Para aquellas operaciones contratadas bajo el sistema Convenio de Ajuste Recíproco de Intereses (CARI) que cuenten con una cobertura del seguro por cuenta del Estado de CESCE en un porcentaje superior al 95 por ciento, los ajustes de intereses a favor del ICO que deriven de importes no abonados por el deudor de un crédito y no cubiertos por el seguro de CESCE, podrán ser cancelados en el caso de que hayan transcurrido más de 110 días desde la fecha en que se produjo el vencimiento y éste permanezca impagado.
6. Anualmente, en la Ley de Presupuestos Generales del Estado, se dotará al Ministerio de Economía y Competitividad con el correspondiente crédito ampliable, para atender a las finalidades previstas en la presente Ley. Igualmente, en los presupuestos de ingresos y gastos del Instituto de Crédito Oficial se establecerán los correspondientes conceptos presupuestarios para recoger las operaciones derivadas de estos ajustes.
Para saber más
Procura descargar la última versión del Consenso OCDE (inglés). Haremos referencia a este documento posteriormente.
Aquí puedes consultar los CIRR: