10.1.- Incoterms 2010.
La Cámara de Comercio Internacional es la encargada de actualizar los Incoterms y la última actualización es muy reciente, se ha realizado en el 2010 y, como dijimos en el punto anterior, ha entrado en vigor el 1 de enero del 2011.
Su finalidad, por un lado, como la de todas las actualizaciones, es acercar los Incoterms a la realidad del Comercio Internacional, y por otro, ayudar a corregir un mal uso que se venía observando con algunos Incoterms.
¿En qué consiste este mal uso detectado?
Pues en que se usaban Incoterms específicos para el transporte marítimo o fluvial en muchos casos en los que el marítimo sólo era uno de los medios empleados durante el transporte de la mercancía pero también se empleaban otros y todos eran sometidos al Incoterm marítimo.
El contenedor es una unidad de carga polivalente por lo que se ha procurado que el transporte que emplee esta unidad, use un Incoterms no sólo pensado para el transporte marítimo sino otro que le permita adaptarse a las ventajas que le ofrecen los demás tipos de transporte que puedan usarse en el traspaso de la mercancía, desapareciendo el contenedor como unidad de carga exclusiva para los Incoterms marítimos.
¿Qué ha supuesto esto en la nueva clasificación de los Incoterms del 2010?
La clasificación ahora de los Incoterms se hace en dos familias según las modalidades de transporte.
La Cámara de Comercio Internacional ha cambiado la clasificación de los Incoterms, pasando de ser una clasificación por letras, E, C, F, D, a una clasificación por modalidad de transporte quedando divididos en dos familias:
- Incoterms de uso para el transporte multimodal.
- Incoterms de uso para el transporte exclusivamente marítimo o por otras vías navegables.
Se considera que el empleo de los Incoterms marítimos o fluviales es recomendable, cuando el transporte se haga llenando la bodega de un buque, mercancías a granel, o se alquilen espacios de las bodegas de los buques. Es decir si empleásemos para el transporte el contenedor, usaríamos el otro grupo de Incoterms. Un contenedor ya no irá con un CIF ni con un FOB.
Otro cambio importante a destacar de esta nueva actualización es que han pasado de ser 13 a 11 Incoterms, se han eliminado 4, DAF, DES, DEQ y DDU y han aparecido 2 nuevos, DAT y DAP, resultando la siguiente clasificación:
- Multimodales: EXW, FCA, CPT, CIP, DAT, DAP y DDP.
- Y Marítimos: FAS, FOB, CFR y CIF.