1.- La compraventa internacional.
Caso práctico
Juan no terminaba de convencerse de la complejidad que puede contener un contrato de compraventa internacional.
-Pedro y ¿no podríamos redactar nosotros mismos el contrato y usar de modelo el que hicimos con la empresa extremeña hace poco y cambiarle los nombres y cuatro cosas, como la mercancía es parecida -preguntaba Juan-?
-No Juan, no podemos, hay muchas diferencias, estamos hablando de empresas que residen en distintos países, que tienen distintas monedas, distintas legislaciones…esto es distinto Juan, no podemos usar el de los extremeños de modelo.
En primer lugar, para abordar este tema, es importante que sepas qué es una compraventa internacional.
Es una operación mercantil entre una persona que vive en un lugar determinado y otra que no, es decir, entre un residente y un no residente, por la que una de las partes, el vendedor, queda obligado a entregar un bien o prestar un servicio, a cambio de que la otra parte, el comprador, le haga entrega de dinero, siendo éste moneda nacional, o divisa o documento representativo, como letra de cambio, cheque, etc.
¿Quién dirige las operaciones de compraventa internacionales?
La norma más importante que actualmente regula el contrato de compraventa internacional es La Convención de las Naciones Unidas sobre contratos de compraventa internacional que se firmó en Viena en 1980.
También existen otras convenciones que complementan su regulación, como son la Convención de la Haya y la de Roma.
En el convenio de La Haya se comenzó con la normalización y regulación de los documentos públicos internacionales y los de Viena y Roma continuaron regulando y armonizando las normas de conflicto de leyes relativas a las obligaciones contractuales.