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4.5.- Inscripción en el Registro Mercantil de la provincia.

Dibujo en el que ve a una persona caminando de izquierda a derecha, saliendo de una puerta a la izquierda y con intención de atravesar otra a la derecha. La puerta de la izquierda tiene un cartel que pone “Notaría”, y la puerta de la derecha tiene un cartel que pone “Registro Mercantil”. La persona porta en sus manos una carpeta que lleva escrito el texto “Escritura Pública”. El dibujo está hecho solo en negro, dibujando solamente el contorno de las figuras antes comentadas.
Mercedes Ardoy (CC BY)

Con la inscripción de la empresa en el Registro Mercantil de la provincia concluyen los trámites para que la empresa tenga personalidad jurídica. Debe realizarse dentro del mes siguiente a la fecha de otorgamiento de la escritura pública, salvo las sociedades Limitadas y las Cooperativas que disponen de dos meses.

El Registro Mercantil tiene como objetivo dar publicidad de las situaciones jurídicas en la que se encuentra una sociedad. De esta forma podemos acudir al Registro Mercantil para solicitar información de cualquier sociedad de la provincia (por ejemplo quiénes son los socios y las socias y cuál es su responsabilidad, el domicilio social, si está en quiebra o suspensión de pagos, su facturación anual...). A partir del 3 de diciembre de 2010, se ha suprimido la obligación de tener que realizar la publicidad de actos societarios en la prensa escrita.

Hay sociedades que deben inscribirse en Registros Especiales como el Registro General de Cooperativas o el Registro de Sociedades Laborales, en el que tienen la obligación de inscribirse las sociedades correspondientes y es a partir del momento de su inscripción cuando adquieren personalidad jurídica. Las sociedades laborales se inscriben posteriormente en el Registro Mercantil. Las cooperativas no se inscriben en el Registro Mercantil, sólo en el suyo específico.

Se trata de personas insolventes, que no pueden pagar a sus acreedores y a las que mediante un procedimiento judicial se les inhabilita para administrar sus bienes y se establece la forma de hacer frente a las deudas.

Para saber más

Para saber dónde está el Registro correspondiente a tu provincia puedes consultar el siguiente enlace

Registro Mercantil

Debes conocer

Las empresas individuales pueden inscribirse voluntariamente en el Registro Mercantil. Si se inscriben, sus datos se hacen públicos y así mejoran su transparencia frente a terceras personas interesadas.

El registrador inscribe a la empresa en un determinado tomo, folio y hoja, y la constitución aparecerá reflejada en el Boletín Oficial del Registro Mercantil, revista oficial en la que se hace pública la constitución de la sociedad y sus datos esenciales (Nombre, capital social, objeto social...).

Para incidir en lo aprendido sobre el proceso de constitución y adopción de personalidad jurídica de las empresas te ofrecemos un esquema general que puedes encontrar en la Web del IPYME.

Proceso de constitución y trámites de una empresa

Constitución y Adopción de personalidad jurídica

Autoevaluación

A continuación se enumeran por orden cronológico los trámites necesarios para la constitución de una sociedad. Relaciónalos con el organismo en el que deben realizarse.
Tabla de relacionar
Trámite Relación Organismo
Certificación negativa de denominación. a) Notario.
Justificante del depósito del capital social. b) Registro Mercantil Provincial.
Solicitud del CIF. c) Delegación de Hacienda Estatal.
Escritura pública. d) Registro Mercantil Central.
Inscripción en el Registro. e) Entidad bancaria.

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