Saltar la navegación

5.3.- Trámites laborales.

Caso práctico

En la Web del Ministerio de Empleo y Seguridad Social localizan los lugares a los que deben acudir para comunicar la apertura del centro de trabajo, solicitar el libro de visitas, presentar el calendario laboral y notificar para su registro los contratos de trabajo formalizados con Encarna, Rafa y Manolo.

  1. Dibujo de una persona pensando en las funciones de un inspector de trabajo. En la imagen se puede apreciar un bocadillo que sale del dibujo de la persona, en el que se puede leer el texto: “Un inspector de trabajo puede anotar en el libro de visitas que se ha incumplido una norma en materia de salud laboral, requerir el pago de las cuotas de la Seguridad Social o incluso decidir la suspensión de una actividad por riesgo para el personal”.
    Mercedes Ardoy (CC BY)

    En la administración laboral

    Los trámites laborales se realizan en la Dirección Provincial de Trabajo o en la Delegación de Trabajo en el caso de que la Comunidad Autónoma tenga transferidas esas competencias y son los siguientes:

    1. Comunicación de apertura de centro de trabajo o reanudación de actividad. Se realiza en modelo oficial dentro de los 30 días siguientes al inicio de la actividad. Debe indicar los datos de la empresa o centro de trabajo, la actividad que se va a desarrollar y el número de trabajadores y trabajadoras.
    2. Adquisición y sellado de libro de matrícula. En él se inscribe a todas las personas que trabajan en la empresa. No es obligatorio.
    3. Adquisición y sellado del libro de visitas, en la Inspección provincial de Trabajo. Aunque la empresa no tenga trabajadores ni trabajadoras debe tenerlo a disposición de la autoridad laboral. Sirve para que los inspectores de trabajo realicen las anotaciones que consideren oportunas en el caso de que visiten el negocio. El libro se compra en las papelerías y cuesta unos 6 euros.
    4. Presentación del calendario laboral en la Inspección Provincial de Trabajo. Este calendario debe estar expuesto y visible en el centro de trabajo.
  2. En las oficinas de empleo. Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE).

    El Servicio Público de Empleo Estatal realiza las siguientes funciones en relación a la contratación laboral:

    1. Si la empresa necesita trabajadores o trabajadoras puede solicitarlos en las Oficinas de Empleo (o en las Agencias Privadas de Colocación). La oferta debe incluir, entre otros datos: las características del puesto, los requisitos de los candidatos y las candidatas, el tipo de contrato y la forma de selección.
    2. Notificación y Registro de los contratos de trabajo formalizados con los trabajadores las trabajadoras. La empresa tiene la obligación de entregar en el SEPE, en un plazo no superior a 10 días desde la formalización, una copia de todos los contratos que deban celebrarse por escrito.
    3. Comunicar las contrataciones efectuadas que no estén obligadas a realizarse por escrito.

Debes conocer

La comunicación de la contratación también se puede hacer on-line a través de la página del Servicio Público de Empleo Estatal que de nuevo te recomendamos que visites.

Servicio Público de Empleo Estatal