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4.- Trámites de constitución.

Caso práctico

Fotografía de la parte superior del cuerpo en la que se aprecia de izquierda a derecha a Manolo, Encarna, Teresa y Rafa. En la fotografía todos aparecen muy contentos. Manolo y Rafa sostienen varias carpetas cada uno.
Yuri Arcurs (Uso educativo-nc)

Nuestros protagonistas ya han constituido su empresa, estos son los pasos que han seguido:

  • Los cuatro socios eligieron tres nombres para la sociedad por orden de preferencia. Teresa solicitó la certificación negativa de denominación social en la Web del Registro Mercantil Central y se la enviaron, la empresa se llamará Contigo S.L. Este trámite les costó 17 euros.
  • Con la certificación negativa acudieron al banco con el que van a trabajar para depositar los 3.000 euros (que es el capital social mínimo para la constitución de una SL). El banco les dio el segundo documento: el justificante bancario del depósito.
  • Juntos fueron al notario, un conocido de Manolo, con los estatutos que elaboraron asesorados por Enrique y con sus dos certificaciones: la negativa de denominación y la bancaria. El notario fue muy amable, leyó muy formalmente el documento, dijo que todo correspondía a Derecho y firmaron solemnemente la escritura de constitución de la sociedad. Les dijeron que les costaría entre 250 y 500 euros y les costó 310.
  • Teresa sabía que tenía 30 días para pagar el ITPAJD y solicitar el CIF, así que, con la copia de la escritura, la certificación negativa y el resguardo del banco, se acercó a la Administración tributaria de su comunidad autónoma a pagar el ITPAJD, pero al preguntar, le dijeron que desde el 3 de diciembre de 2010 no hay que pagarlo. Que se ha aprobado una exención del ITPAJD (Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados), así que no tienen que pagarlo. Después fue a la Delegación de Hacienda del Estado en su provincia para solicitar el CIF, rellenó otro impreso, el modelo 036.
  • Para el último trámite de constitución, la inscripción en el Registro Mercantil de la provincia, Teresa llevó una carpeta cargada de documentos: la certificación negativa, el justificante bancario, copia de las escrituras y resguardo de haber solicitado el CIF. La inscripción y publicación en el Registro Mercantil de la provincia les costó 140 euros.

Todo el equipo está muy orgulloso del trabajo de Teresa: ¡Se ha constituido una nueva persona jurídica: Contigo SL independiente de todos ellos! ¡Y por 497,12 euros!

El importe monetario, o el valor de los bienes que los socios y socias de una sociedad le ceden a ésta sin derecho de devolución y que queda contabilizado en una partida contable del mismo nombre.

El Código de Identificación Fiscal (CIF) es un código (combinación de cifras y letras) que permite identificar a la empresa y cuya utilización es obligatoria para realizar actividades financieras, comerciales o fiscales.

Impuesto de Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados.

El notario es un fedatario público, es decir, da fe en nombre del Estado de los actos que se realizan en su presencia. La ley exige, como uno de los requisitos para que una sociedad tenga personalidad jurídica, el otorgamiento por el notario de la escritura pública de constitución de la sociedad.

Entidad con derechos y obligaciones reconocidos por las normas jurídicas e independientes de las personas físicas que las integran.

Es una oficina pública cuya finalidad es garantizar la seguridad jurídica del tráfico mercantil. El Registro Mercantil Central tiene su sede en Madrid y los Registros Mercantiles Provinciales se encuentran en todas las capitales de provincia.

¿Qué son los trámites de constitución? Como hemos dicho en el apartado anterior son los requisitos legales necesarios para que una sociedad tenga personalidad jurídica propia, independiente de las personas físicas que la integran.

 Ilustración en la que se ve a una persona pensativa reflexionando sobre los trámites de constitución que tiene un empresario individual o autónomo. Del dibujo de la persona sale un bocadillo que contiene el texto “El empresario individual o autónomo apenas tiene trámites de constitución”.
Mercedes Ardoy (CC BY)

A continuación analizamos uno a uno y por el orden en el que deben efectuarse, los trámites de constitución generales de una sociedad, esto significa que para la realización de un trámite, debes llevar la justificación de haber realizado los anteriores.

  1. Certificación negativa de denominación social.
  2. Depósito del capital en la entidad financiera.
  3. Elaboración de los Estatutos de la sociedad y otorgamiento de escritura pública de constitución
  4. Solicitud del código de Identificación Fiscal (CIF).
  5. Inscripción en el Registro Mercantil de la provincia.