2.3.- Transporte aéreo.
¿Qué documentos son los más utilizados en el transporte internacional aéreo? En el transporte aéreo el más conocido es la carta de porte aérea (air waybill, AWB), permitiendo el despacho de la mercancía.
¿Cuáles son sus características?
- Es un documento que es emitido por las compañías aéreas en juegos de doce, tres de los cuales son originales. ¿Qué marca cada original?
- El primer original es marcado para el transportista (for the carrier) y viene firmado por el embarcador o su agente.
- El segundo original es marcado para el consignatario (for the consignee) y de nuevo viene firmado por el embarcador o su agente.
- El tercer original es marcado para el embarcador o exportador (for the shipper) y viene firmado por el transportista y entregado al embarcador cuando las mercancías han sido aceptadas para entrega, no cuando son embarcadas. Este original es el que se presenta en un crédito documentario.
- Hace fe, salvo prueba en contrario, de la ultimación del contrato, del recibo de la mercancía y de las condiciones del transporte.
- Es un documento nominativo y, por tanto, no endosable y no negociable.
- No es un documento que dé derecho sobre las mercancías sino que da derecho a reclamar la mercancía con simple identificación.
- Debe ser emitida en un impreso de la compañía aérea que efectúa el transporte, de no ser así y llevar el membrete del transitario, se trata de un "house air waybill", documento que no es aceptable en la utilización de un crédito documentario.
- El expedidor (embarcador) tiene derecho a disponer de la mercancía o a cambiar el destinatario, siempre y cuando devuelva a la compañía aérea la carta de porte recibida (original 3) y que la mercancía no haya sido entregada al destinatario consignado en principio. Es por este motivo que, la carta de porte entregada al banco en un crédito documentario representa para el ordenante del crédito la seguridad de acceso a la mercancía.
¿Qué contiene la carta de porte aérea? Básicamente los siguientes conceptos:
- El lugar donde ha sido extendido el documento y la fecha de su extensión.
- Los puntos de partida y de destino.
- Las detenciones previstas, con reserva de la facultad para el porteador de estipular que podrá modificarlas en caso de necesidad, y sin que dicha modificación pueda hacer perder al transporte su carácter de internacional.
- El nombre y dirección del expedidor.
- El nombre y dirección del primer porteador.
- El nombre y dirección del destinatario, si ha lugar.
- La naturaleza de la mercancía.
- El número, forma de embalaje, marcas particulares o números de los bultos.
- El peso, cantidad, volumen o dimensiones de la mercancía.
- El estado aparente de la mercancía y del embalaje.
- El precio del transporte y, si se ha estipulado, la fecha y el lugar de pago y la persona que deba pagar.
- Si el envío se hiciere contra reembolso, el precio de las mercancías y, eventualmente, el importe de los gastos.
- El importe del valor declarado.
- El número de ejemplares de la Carta de Porte Aéreo.
- Los documentos facilitados al porteador que acompañen a la Carta de Porte Aéreo.
- El plazo de transporte e indicación sumaria de la vía que haya de seguir, si han sido estipulados.
Hay otros documentos utilizados en el transporte aéreo, como son: el conocimiento de embarque aéreo y los resguardos de transporte aéreo.