3.3.- Marcas de identificación de los contenedores.

Imagina que vas a transportar tu mercancía ¿Podrías confundirte de contenedores y llevarte lo que no fuese tuyo? Para que esto no ocurra, tienen que llevar su propia identificación.
Con la estandarización de los contenedores se obliga a llevar marcas de identificación en cada contenedor. Estas marcas son:
- La matrícula.
El propietario identifica cada
unidad. La matricula consta de cuatro
letras y siete números. Las tres primeras letras las elige el propietario
aleatoriamente y la cuarta suele ser la U que significa unificado.
Debajo va una marca de dos letras que identifican la nacionalidad del contenedor y cuatro números que identifican las características físicas del contenedor según las tallas proporcionadas por la ISO (Organización internacional de estandarización).
La matrícula debe ir colocada en los cuatro laterales del contenedor y en el techo del mismo.
- La placa de
aprobación de Seguridad del CSC (Convenio
Internacional de Seguridad de los Contenedores). Debe de ser una placa
permanente, incorrosible, de forma y tamaño estándar, la cual debe contener:
- Un letrero con la leyenda "Aprobación de Seguridad CSC" con letras grabadas de al menos 8 milímetros de altura.
- País de aprobación y expediente de referencia.
- Fecha de fabricación.
- Número de identificación del fabricante.
- Peso máximo permitido.
- Apilamiento permitido.
- Resistencia de las paredes.
- Fecha de la 1ª inspección de conservación y fecha de la siguiente inspección
- Características de tara, volumen y pesos máximos autorizados. Generalmente van en la puerta y son facilitados por el constructor.
- Logotipo de la sociedad clasificadora.
En el caso de que transporten mercancías peligrosas llevarán su correspondiente etiqueta.
¿Cómo será esa etiqueta? Todas las etiquetas deberán tener la forma de un cuadrado colocado sobre un vértice (en rombo); sus dimensiones mínimas serán de 100 mm x 100 mm. Llevarán una línea trazada a 5 mm. del borde, del mismo color que los signos convencionales. Las etiquetas deberán figurar sobre un fondo de color que ofrezca un buen contraste o ir rodeadas de un borde de trazo continuo o discontinuo Para los recipientes concebidos para el transporte de gases licuados refrigerados, se puede también utilizar el formato normal A7 (74 x 105 mm.). Si la dimensión del bulto lo exige, las etiquetas podrán tener dimensiones reducidas, siempre que queden bien visibles.