El pliego de condiciones es un documento escrito del proyecto que contiene la totalidad de las clásulas que van a regir la construcción de la obra, así como los derechos y obligaciones que corresponderán a cada uno de los agentes intervinientes en el proceso constructivo.
El contenido mínimo que deberá incluir el pliego de condiciones de un proyecto de obra de edificación, según se indica en el Anejo I del Código Técnico de la Edificación (CTE) será:
Pliego de cláusulas administrativas:
- Disposiciones generales.- regula la naturaleza y el objeto del pliego, describe la obra a ejectar y enumera los documentos que integrarán el contrato de obra. También puede incluir la relación de normas y pliegos de condiciones que deban tenerse en cuenta durante la ejecución del proyecto.
- Disposiciones facultativas.- regula las relaciones entre todos los agentes intervinientes en la ejecución de las obras, incluyendo una relación de la documentación de obra, y protocolo de los actos de replanteo (inicio de la obra) y recepción de la obra (finalización de la misma)
- Disposiciones económicas.- regula las condiciones económicas entre Promotor y Contratista, bajo la función de control que ejerce el Director de Obra, fijándose las fianzas y seguros; los plazos de ejecución y sanciones por retraso; cómo se han de generar los precios contradictorios y revisiones de los mismos; cómo y quién realizará las mediciones y valoración de las obras ejecutadas; o cómo se procederá en las certificaciones de obra ejecutada y su abono.
Pliego de condiciones técnicas particulares:
- Prescripciones sobre los materiales.- regula características técnicas mínimas que deben reunir los productos, equipos y sistemas que se incorporen a las obras, así como sus condiciones de suministro, recepción y conservación, almacenamiento y manipulación, las garantías de calidad y el control de recepción que deba realizarse incluyendo el muestreo del producto, los ensayos a realizar, los criterios de aceptación y rechazo, y las acciones a adoptar y los criterios de uso, conservación y mantenimiento.
- Prescripciones en cuanto a la ejecución por unidades de obra.- regula las características técnicas de cada unidad de obra indicando su proceso de ejecución, normas de aplicación, condiciones previas que han de cumplirse antes de su realización, tolerancias admisibles, condiciones de terminación, conservación y mantenimiento, control de ejecución, ensayos y pruebas, garantías de calidad, criterios de aceptación y rechazo, criterios de medición y valoración de unidades, etc.
- Prescripciones sobre verificaciones en el edificio terminado.- regulas las verificaciones y pruebas de servicio que deban realizarse para comprobar las prestaciones finales de lo ejecutado.