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4.2.- Materias objeto del Convenio Colectivo.

¿Qué tipos de materias se pueden regular en los Convenios Colectivos?

Dos jugadores se enfrentan en una partida de ajedrez.

Se pueden regular materias de muy diversa índole, siempre respetando las leyes:

  • Económicas (retribuciones y otras percepciones).
  • Laborales (jornadas de trabajo, seguridad y salud laboral permisos, faltas, sanciones...).
  • Medidas asistenciales (beneficios para los trabajadores como guarderías, comedores de empresa, mejoras voluntarias a las prestaciones de la Seguridad Social).
  • Sindicales (derechos de los representantes de los trabajadores) y en general todo lo que afecte a las condiciones de trabajo y al ámbito de relaciones entre las dos partes negociadoras.
  • Además, deberán negociar medidas dirigidas a promover la igualdad entre los hombres y las mujeres.
  • Medidas para la Seguridad y Salud de los trabajadores.

Se pueden distinguir dos tipos de contenidos:

  • Contenido obligacional: Hace referencia a las cláusulas que obligan a las partes que firman el convenio a respetar lo pactado y a velar por su cumplimiento.
  • Contenido normativo: Comprende las cláusulas que regulan las relaciones laborales incluidas en su ámbito de aplicación, en sentido amplio, los derechos y deberes de las partes y sus condiciones de trabajo.

Para saber más

Las webs de los sindicatos tienen normalmente enlaces a listados o buscadores de convenios, este tipo de buscadores te van a ser muy útiles a la hora de encontrar el convenio de aplicación a tu sector.