1.4.- Elementos del seguro.
Una vez que ya sabes qué es el contrato y cuales son sus características, ahora es el momento de conocer cuáles son los elementos básicos del seguro.
Es importante que recuerdes que estamos hablamos de los elementos del seguro, no del contrato de seguro que los veremos más adelante.
Los elementos del seguro son de suma importancia puesto que de no existir no permitirán la existencia del contrato de seguro.
El primero de ellos es el interés asegurable. Por interés asegurable entendemos que existe una relación lícita de valor económico sobre un determinado bien. Cuando esta relación de valor se halla amenazada por un riesgo, es un interés asegurable.
Aunque hemos hablado de un bien (es decir algo material), también se puede asegurar cosas incorporales pero que tengan un valor (por ejemplo perjuicios económicos), y por supuesto el patrimonio y la vida.
En todo caso, para que algo sea susceptible de ser asegurado, se han de cumplir unos requisitos:
- Debe tratarse de una cosa corporal o incorporal.
- La cosa debe existir en el momento de realizarse el contrato, o al menos al tiempo en que empiecen a correr los riesgos o daños.
- La cosa debe ser tasable en dinero, es decir ha de ser valorable económicamente.
- La cosa debe ser objeto de una estipulación lícita.
- La cosa debe estar expuesta a perderse por el riesgo que corre el asegurado.
En cuanto al riesgo, la característica fundamental es que ha de ser incierto, porque si se sabe que va a ocurrir, nadie asumiría la obligación de repararlo y el coste de la indemnización.
El riesgo es fundamental, sin riesgo no puede haber seguro, porque al faltar la posibilidad de que se produzca el evento dañoso, ni podrá existir daño ni se puede pensar en indemnización alguna.
Además de la característica de incertidumbre, el riesgo tiene otras características como que sea posible, concreto y definido, y fortuito.
Otro de los elementos fundamentales del seguro es la prima. La prima es el coste que tiene el seguro para el tomador. Este coste se establece, por el asegurador, teniendo en cuenta aspectos como estadísticas, historial del propio tomador, frecuencia en la que el riesgo ocurre, etc. La prima es una cantidad o importe económico que paga la persona asegurada como contrapartida de las obligaciones de la compañía aseguradora.
La prima es la contraprestación que, en función del riesgo debe pagar el tomador a la empresa de seguros en virtud de la celebración del contrato de seguro. Esta prima, salvo pacto en contrario, es pagada en dinero; y el pago de la misma es de carácter obligatorio para el tomador o tomadora (contratante) según las condiciones establecidas en la póliza de seguros.
El pago de la prima es lo que determina la obligación del asegurador a indemnizar, que es otro de los elementos del seguro, que junto a la actuación bajo el supuesto de buena fe por todas las partes completa el conjunto de elementos del seguro.
La Ley 20/2015 de 14 de julio de Ordenación, Supervisión y Solvencia de las Entidades Aseguradoras y Reaseguradoras, recoge modificaciones de varias normas entre las que se encuentra la vigente Ley de Contrato de Seguro. Algunas de dichas modificaciones han entrado en vigor el 1 de enero de 2016.
Para saber más
Ya nos hemos referido en algunas ocasiones a la ley fundamental sobre contratos de seguro en España. Es muy importante que puedas consultarla y que estés habituado a cómo se articula. Puedes encontrar el texto íntegro actualizado en el siguiente enlace y un detalle exhaustivo de las modificaciones a dicha ley con la entrada en vigor de la Ley 20/2015 en enero de 2016: