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2.4.- Deberes y obligaciones.

Vista fronta de un hombre trabajando delante de un ordenador.

Las obligaciones y deberes de las partes contratantes de un seguro están recogidas en los artículos del 14 al 21 de la Ley del Contrato de Seguro.

En estos artículos se recoge en primer lugar las obligaciones del tomador o tomadora.

Así, el tomador o tomadora del seguro está obligado al pago de la prima en las condiciones estipuladas en la póliza. Si se han pactado primas periódicas, la primera de ellas será exigible una vez firmado el contrato. Si en la póliza no se determina ningún lugar para el pago de la prima, se entenderá que éste ha de hacerse en el domicilio del tomador o tomadora del seguro.

Además tiene la obligación de comunicar a la entidad aseguradora el hecho de que ha ocurrido el siniestro dentro del plazo máximo de siete días de haberlo conocido, salvo que se haya fijado en la póliza un plazo distinto.

También es un deber del tomador o tomadora del seguro o el asegurado o asegurada, dar a la entidad aseguradora toda clase de informaciones sobre las circunstancias y consecuencias del siniestro.

Por último es un deber de la persona asegurada o del tomador o tomadora del seguro, emplear los medios a su alcance para aminorar las consecuencias del siniestro. Si este incumplimiento se produjera con la manifiesta intención de perjudicar o engañar a la compañía aseguradora, ésta quedará liberada de toda prestación derivada del siniestro.

En cuanto a la entidad aseguradora, su principal obligación es la de satisfacer la indemnización al término de las investigaciones y peritaciones necesarias para establecer la existencia del siniestro y, en su caso, el importe de los daños que resulten del mismo. En cualquier supuesto, la compañía de seguros deberá efectuar, dentro de los cuarenta días a partir de la recepción de la declaración del siniestro, el pago del importe mínimo de lo que la entidad aseguradora pueda deber, según las circunstancias por ella conocidas.

Es decir, a modo de resumen, las obligaciones de la entidad aseguradora son:

  • Indemnización de los daños causados.
  • Valoración de los daños.
  • Pagar intereses por demora injustificada en la indemnización.
  • Abonar indemnización mínima conocida en los primeros cuarenta días tras la ocurrencia del siniestro.

Autoevaluación

Pregunta

Es un deber del tomador o tomadora del seguro, proporcionar información veraz y concreta de las circunstancias del siniestro, ¿verdadero o falso?

Respuestas

Verdadero.

Falso.

Retroalimentación