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2.6.1.- Normas reguladoras de las mercancías peligrosas.

Bidón de combustible  con la tapa abierta.

Convenios internacionales que rigen las mercancías peligrosas

Se centran especialmente en el transporte de las mercancías peli grosas aunque también recoge orientaciones de almacenamiento:

  • Por carretera: es el llamado Acuerdo ADR, firmado en Ginebra el 30-9-1957. 
  • Por vía marítima: se refiere a las materias peligrosas con las fichas de identificación numérica de los produc tos a través del Libro Naranja de las Naciones Unidas, que establece los códigos IMDG/IMCO (International Maritime Dangerous Goods/InterGovernamental Maritime Consultative Organization) y OMI (Organización Marítima Internacional).
  • Por medio aéreo: se legisla a través de la IATA (Asociación Internacional de Transporte Aéreo) y la OACI (Organización Internacional de Aviación Civil).
  • Por ferrocarril: es muy similar a la reglamentación por carretera (Convenio ADR). El Reglamento entró en vigor el 1-5-1985 (BOE del 20 al 26 de agosto de 1986). Se ha actualizado como el ADR de Carretera, ampliando la figura del responsable de seguridad en mercancías peligrosas.

Normativa nacional

  • Orden Ministerial 18/7/91, sobre el almacenamiento de líquidos inflamables y combustibles.
  • Normas técnicas específicas: sobre almacenamiento de productos químicos.

Para saber más

Puedes consultar las normas técnicas en el siguiente enlace.

Autoevaluación

Pregunta

¿Qué convenio regula el transporte por carretera de mercancías peligrosas?

Respuestas

El acuerdo ADR.

La Orden Ministerial 18/7/91.

La IATA.

Las normas técnicas de almacenamiento de productos químicos.

Retroalimentación