2.6.- Almacenamiento de mercancías peligrosas. Normativa.
Como podrás suponer, la manipulación de sustancias peligrosas también está muy regulado, tanto a nivel internacional como nacional, por lo que debemos seguir una serie de normas para su almacenamiento y transporte.
Tipos de mercancías peligrosas.
Hay materiales que requieren cuidados especiales para su manipulación, transporte o almacenaje. Estos materiales han sido clasificados por la ONU en diferentes clases de peligrosidad. Cada clase se divide en tipos de objetos, correspondiendo a cada uno, un código de cuatro caracteres.
Asimismo, a cada clase corresponden diversos métodos de embalaje (todos ellos codificados con hasta cuatro dígitos alfanuméricos) y distintas condiciones de envasado y embalaje (codificadas con dos dígitos):
- Clase 1. Materias y objetos explosivos.
- Clase 2. Gases comprimidos, licuados o disueltos a presión.
- Clase 3. Materias líquidas inflamables.
- Clase 4.1. Materias sólidas inflamables.
- Clase 4.2. Materias sujetas a inflamación espontánea.
- Clase 4.3. Materias que al contacto con el agua desprenden gases inflamables.
- Clase 5.1. Materias comburentes.
- Clase 5.2. Peróxidos orgánicos.
- Clase 6.1. Materias tóxicas.
- Clase 6.2. Materias infecciosas.
- Clase 7. Materias radiactivas.
- Clase 8. Materias corrosivas.
- Clase 9. Materias y objetos peligrosos diversos.
Por ejemplo, un camión que transporte gasolina tendrá un panel cuadrado anaranjado con los números 33, que identifica el peligro (materia líquida muy inflamable con punto de inflamación inferior a 21 ºC), o y 1203 que identifica el producto (gasolina).
Debes conocer
Debes tener presente el Real Decreto 374/2001 que establece las disposiciones mínimas de seguridad y salud de los trabajadores contra los riesgos relacionados con los agentes químicos en el lugar de trabajo o de cualquier actividad con agentes químicos y el Real Decreto 2115/1998, de 2 de octubre, sobre transporte de mercancías peligrosas por carretera.
Con lo que respecta al almacenamiento, el Real Decreto 379/2001, de 6 de abril, Reglamento de almacenamiento de productos químicos y sus instrucciones técnicas complementarias MIE-APQ (del 1 al 7).
Y las sustancias o preparados peligrosos que se almacenen en la empresa deben estar correctamente etiquetados, clasificados y envasados, siguiendo lo establecido en la normativa:
- Real Decreto 363/1995, de 10 de marzo, sobre la clasificación, envasado y etiquetado de sustancias peligrosas.
- Real Decreto 255/2003, de 28 de febrero, por la clasificación, envasado y etiquetado de preparados peligrosos.
Para saber si debe aplicarse el RD 363/95 o el RD 255/03 debes diferenciar una sustancia de un preparado.
Según lo establecido en el art. 2 de "Definiciones" del RD 255/03:
- Sustancias son los elementos químicos y sus compuestos en estado natural, o los obtenidos mediante cualquier procedimiento de producción, incluidos los aditivos necesarios para conservar la estabilidad del producto y las impurezas que resulten del procedimiento utilizado, excluidos los disolventes que puedan separarse sin afectar la estabilidad de la sustancia ni modificar su composición.
- Preparados son las mezclas o soluciones compuestas por dos o más sustancias.
Para saber más
Puedes ver la clasificación y ejemplos de forma más detallada en el siguiente enlace: