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6.6.- La sociedad anónima.

Caso práctico

Pieza de construcción de juguete roja con la palabra Grande.

Grande comenzó como una sociedad limitada, pero llegó un momento en el que quiso crecer, abrir nuevas fábricas, conquistar nuevos mercados, contratar más personal.... Todo esto suponía un coste económico importante y se plantearon dos opciones: pedir un crédito y pagar intereses o ampliar el capital de la sociedad a través de aportaciones económicas de otras personas las que, a cambio de asumir los posibles riesgos de la actividad, participaban, en proporción a sus aportaciones, en los beneficios de la actividad. Optaron por esta segunda opción, ahora se llaman Grande S.A.

La sociedad anónima es una sociedad capitalista dedicada a actividades empresariales, cuyo capital social, que no puede ser inferior a 60.000 euros, está dividido en acciones y en la que los socios tienen una responsabilidad limitada y no personal frente a las deudas sociales. Es la forma jurídica más conveniente para las grandes empresas.
Billete de 500 euros sobre una tabla de valores de acciones de bolsa.
Fotolia. (Uso educativo-nc)

Las características que la definen son:

  1. El capital social está dividido en acciones que representan partes alícuotas del capital social y cuya transmisión es libre.
  2. El capital social inicial para su constitución es como mínimo de 60.000 €.
  3. Pueden ser socios y socias de la misma tanto personas físicas como jurídicas.
  4. En la razón social deberá figurar obligatoriamente la indicación "sociedad anónima" o su abreviatura "S.A.".
  5. Pueden estar integradas por uno o más socios o socias. Si es una sola persona, se llamará unipersonal.
  6. Los derechos y deberes de los socios y socias están en función de su aportación al capital social.
  7. Los socios y socias tienen una responsabilidad limitada a su aportación, es decir las deudas de la sociedad no afectan a su patrimonio personal.
  8. Los socios y socias tienen derecho a participar en los beneficios sociales (dividendos), a suscribir de forma preferente las nuevas acciones que emita la sociedad, a asistir y votar en las Juntas de accionistas y a recibir información puntual sobre la sociedad.
  9. Los órganos sociales que la rigen son:
    • La Junta general (formado por la totalidad de socios y socias que por mayoría deliberan y deciden sobre asuntos de su competencia. Cada acción representa un voto, por tanto, los socios que más acciones poseen son los que tienen el control de la sociedad).
    • Los Administradores y el Consejo de Administración (cuando la administración se confíe a más de dos personas) que realizan la función ejecutiva de acuerdos y de representación de la sociedad.

Las ventajas de constituirse en S.A. son la posibilidad de financiarse a través de inversores, la fácil transmisión de las acciones y la responsabilidad limitada de los socios. Los inconvenientes son el capital mínimo a aportar, el poco control del capital al ser libre la transmisión de las acciones, el estar sometida a auditorías de cuentas y lo complejo de su funcionamiento. Por todo lo anterior, esta forma jurídica es habitual en grandes empresas que movilizan mucho capital e inadecuada para pequeños negocios.

Una acción es un título que representa una parte alícuota del capital social de una sociedad anónima. Representa la propiedad que una persona tiene de una parte de esa sociedad. Normalmente, salvo excepciones, las acciones son transmisibles libremente y otorgan derechos económicos (participación en beneficios) y políticos (votar en la Junta general de accionistas) a su titular, el o la accionista.

Reflexiona

Dos futbolistas levantan una copa
Fotolia. (Uso educativo-nc)
Mercado de valores lleno de pantallas de ordenador y operadores trabajando
Fotolia. (Uso educativo-nc)


LAS SOCIEDADES ANÓNIMAS DEPORTIVAS

Son un tipo especial de sociedad anónima que tiene un carácter profesional y ámbito estatal que adoptan determinadas entidades (clubes o equipos profesionales) cuyo objeto social es el desarrollo de algún tipo de deporte en competición de manera profesional en un ámbito estatal. Están obligadas a convertirse en SAD las entidades que participen en competiciones profesionales como 1ª y 2ª división de fútbol y la ACB de baloncesto.

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LAS GRANDES S.A. COTIZAN EN BOLSA

Existe un mercado específico de acciones que es la bolsa de valores. La Bolsa es un mercado de capitales organizado, institucionalizado, oficialmente regulado, con unos intermediarios y formas de contratación específicas en el que se realizan operaciones de compra y venta de acciones y obligaciones. Sólo las grandes empresas cotizan en bolsa.