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1.1.- Aplicación de la Normativa

Cuando se nos pide abordar un proyecto de construcción y montaje de redes e instalaciones de agua hay que tener en cuenta diversos aspectos característicos propios de obras de este tipo:

  • Ubicación de las redes
  • Coordinación con el resto de servicios canalizados
  • Afecciones a otros servicios
  • Conexiones con otras redes actuales y futuras, generales o privativas

Las redes de agua deben integrarse con el resto de infraestructuras canalizadas bajo tierra, deben respetarse unas distancias de separación mínima tanto en alzado como en planta con el resto de redes para facilitar las labores de mantenimiento y explotación, sin que se vean afectadas.

En la licencia de obras los servicios técnicos del municipio indicarán donde se ubican las redes generales a las que debe conectarse la instalación nueva o reconstruida.

Antes de empezar los trabajos será necesario pedir los permisos necesarios a las compañías que se vean hacer afectadas por las obras, por ejemplo: compañía de transportes urbanos, compañía eléctrica, compañía de gas, etc.

Del mismo modo hay que tener en cuenta especificaciones de carácter general, entre las que destacan:

  • Se deben seguir las instrucciones y especificaciones, indicadas en el proyecto técnico, para el montaje de instalaciones.
  • Se debe comprobar que los materiales y componentes de la red cumplen las especificaciones del proyecto.
  • En el montaje de elementos se deben seguir las instrucciones indicadas por el fabricante en los manuales y catálogos.
  • Serán técnicos autorizados los que realicen el montaje de instalaciones de redes de agua, y serán ellos quienes asuman la responsabilidad del montaje

El trabajo en las obras de construcción y montaje de redes e instalaciones de agua se organiza en torno a un plan de trabajo y siguiendo la normativa vigente por la que se ve afectado. 

Laura Mateo Iturria (CC BY-SA)



NORMATIVA DE APLICACION

Las obras de construcción y montaje de redes instalaciones de agua, los equipos y los materiales utilizados en ellas, han de cumplir con ciertas condiciones de montaje  y con la normativa de aplicación en el momento de su diseño y ejecución; las normas europeas, estatales, autonómicas y finalmente ordenanzas municipales.

Entre las más importantes:

Normativa Europea

  • Directiva Marco del agua: Regula el sector del agua en Europa

         La Directiva 2000/60/CE por la que se establece un marco comunitario de actuación en el ámbito de la política de aguas entró en vigor el 22 de diciembre del 2000.

         La Directiva representa un hito en la gestión de los recursos hídricos y sus ecosistemas relacionados. Tiene su trasposición a la normativa Española

  • Reglamento Europeo (UE) 2020/741 del Parlamento Europeo y del Consejo de 25 de mayo de 2020 relativo a los requisitos mínimos para la reutilización del agua. En estoos requisitos se hace referencia a ciertas normas UNE.

Normativa Estatal

  • Real decreto 140/2003, de 7 de febrero, por el que se establecen los criterios sanitarios de la calidad del agua de consumo humano
  • La Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, persigue aportar mayor transparencia en la contratación pública y conseguir una mejor relación calidad-precio. Para ello, establece la obligación de los órganos de contratación de velar por que el diseño de los criterios de adjudicación permita obtener obras, suministros y servicios de gran calidad, concretamente mediante la inclusión de aspectos cualitativos, medioambientales, sociales e innovadores vinculados al objeto del contrato. En este sentido, la ley incorpora menciones al uso de normas técnicas y de evaluadores de la conformidad acreditados.
  • Las normas UNE desarrolladas por el Comité CTN149 de INGENIERIA DEL AGUA, que se encarga de la Normalización de:

    - Sistemas y componentes relacionados con la captación, transporte, tratamiento, almacenamiento y distribución de agua potable;

    - Diseño, cálculo, construcción, operación y mantenimiento de sistemas interiores o exteriores para el transporte, evacuación y depuración de aguas residuales;

    - Determinación de las características y especificaciones comunes a productos y sistemas utilizados en el abastecimiento y saneamiento de aguas;

    - Obras exteriores o interiores, utillaje, instalaciones, dragados, señalización marítima y tratamiento de las aguas, en el medio litoral o en puertos.

  • hay que destacar dos Reales Decretos relacionados con las últimas etapas del ciclo del agua, como son la reutilización de las aguas depuradas y el tratamiento de las aguas residuales.

        R.D. 1620/2007 que establece el régimen jurídico para la reutilización de las aguas depuradas

        R.D. 1290/2012 que establece el marco jurídico para proteger la calidad de las aguas continentales y marítimas de los efectos negativos de los vertidos de las aguas                                residuales urbanas.

Para saber más

Este enlace te mostrará las normas une de aplicación emitidas por el Comité técnico CTN 149

Monográfico CTN 149

Autoevaluación

Pregunta

¿Qué normativa se encarga específicamente de regular  las obras de construcción de redes de saneamiento?

Respuestas

El reglamento europeo 2020/741

Las normas UNE desarrolladas por el Comité CTN149

Real decreto 140/2003, de 7 de febrero

Retroalimentación