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6.- Regulación del crédito documentario por la Cámara de Comercio Internacional.

Caso práctico

Mujer joven de pelo negro con camiseta azul.

Juan Suárez, dueño de Eurasia,S.A. le pide a María Dolores que le haga una copia de las Reglas y Usos Uniformes relativos a los Créditos Documentarios de la CCI. Juan se lleva una sorpresa cuando averigua que son ahora las UCP600.

—¿Han sido modificadas las anteriores reglas? —dice Juan.

—Efectivamente, pero no se preocupe Juan porque tengo realizado un resumen bastante claro de los principales aspectos que afectan a nuestra empresa y que nos facilitará el trabajo bastante —Añade María Dolores.

Juan Suárez es muy consciente de la importancia de estar actualizado legislativamente porque cualquier variación puede hacer cambiar las condiciones de los contratos comerciales que tiene en el exterior.

¿Recuerdas las UCP600 o las Reglas y Usos Uniformes relativos a los Créditos Documentarios? Claro que sí, lo has estudiado en la primera unidad. Aquí vamos a recordar algunos aspectos muy importantes de las mismas.

Como ya sabes, las UCP 600 regulan la utilización y funcionamiento de los créditos documentarios como medio de pago a nivel internacional y que han sido elaboradas por la Cámara de Comercio Internacional (son la séptima revisión). Hasta hace poco existían las UCP 500 pero fue necesario someterlas a una revisión surgiendo las que conocemos actualmente, ¿por qué esta revisión y actualización? La CCI tenía unos objetivos claros respecto a su mejora y pretendía eliminar la ambigüedad, disminuir las reclamaciones, ofrecer mayor claridad en la redacción, facilitar la comprensión de los artículos, reducir discrepancias no justificadas, favorecer la presentación conforme, implicar más al emisor en el condicionado del crédito, ….

¿Cómo se estructuran las UCP 600? Seguro que ya tienes un esquema, tal y como te habíamos recomendado que hicieras en la primera unidad, pero ¡Refresquemos la memoria! Se estructuran de la siguiente forma:

  • Artículos 1-5: Marco de las UCP600 y Definiciones.
  • Artículos 6-10: Disponibilidad y compromisos de los bancos.
  • Artículos 11-18: Designación. Reembolso. Normas para el examen de los documentos. Presentación conforme. Renuncia y notificación. Originales. Facturas.
  • Artículos 19-27: Documentos de transporte.
  • Artículo 28: Documentos de seguro.
  • Artículos 29-37: Ampliación del vencimiento. Tolerancia. Embarque parcial. Exoneración.
  • Artículos 38-39: Créditos transferibles. Cesión.

Ahora mejor ¿Verdad? Cuando te surja alguna duda acerca de los créditos documentarios y quieras resolverla, ya sabes dónde acudir exactamente.

Autoevaluación

Pregunta

Si a una entidad financiera se le presenta una complicación a la hora de revisar los documentos presentados en un crédito documentario, la solución podría estar entre los artículos 23 y 24 de las UCP600. ¿Verdadero o falso?

Respuestas

Verdadero.

Falso.

Retroalimentación