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7.2.- Diferencias entre carta de crédito y crédito documentario.

Seguro oirás hablar de crédito documentario y carta de crédito comercial para referirse a la misma cosa ya que vienen a ser muy parecidas, utilizándose indistintamente en el lenguaje coloquial. No obstante se aprecian algunas diferencias entre ambas figuras, que son:

Dibujo de un hombre con un interrogante pensándolo.

  • La carta de crédito comporta en su utilización la emisión de un giro por parte del beneficiario, que acompañará a los documentos solicitados en su condicionado. En cambio en el crédito documentario este requisito no es imprescindible.
  • Respecto al aviso, en las cartas de crédito lo envía directamente el banco emisor al beneficiario; en el crédito documentario, siempre notifica el banco avisador.
  • Normalmente las cartas de crédito no son confirmadas y son pagaderas en las cajas del banco emisor.
  • La carta de crédito comercial puede ser utilizada a través de cualquier banco intermediario, debiendo presentarla en cada utilización al banco escogido para que anote al dorso del original el importe de las documentaciones entregadas. En cambio, en el crédito documentario suele ser designado un banco concreto.
  • En la carta de crédito comercial, las utilizaciones parciales hay que anotarlas al dorso de la propia carta de crédito, y en cambio, en los créditos documentarios no existen esas anotaciones.

Autoevaluación

Pregunta

Indica la afirmación correcta respecto a la carta de crédito comercial:

Respuestas

Son notificadas al banco avisador.

Al igual que en el crédito documentario las utilizaciones parciales no hay que anotarlas.

Es obligatorio que sean avisadas a través de un banco del país del beneficiario.

El banco que la expide atenderá los giros que el beneficiario libre a su cargo y por los importes utilizados en relación a la misma.

Retroalimentación