Saltar la navegación

8.1.- Concepto y características.

¿Qué entendemos por factoring de exportación?

El factoring de exportación es un contrato por el cual el exportador (cedente) cede o vende a la compañía de factoring (factor) los créditos comerciales contraídos con uno varios de sus clientes importadores (deudores) y que son fruto de su actividad comercial internacional, además de ser a corto plazo. Desde ese mismo momento el cedente se libera de una serie de responsabilidades y obligaciones que pasa a asumir el factor.
Gráfica alcista.

Los elementos de un factoring de exportación son:

  • Cedente: es el exportador que vende al factor todos los créditos comerciales que han sido generados de su actividad comercial internacional.
  • Factor cesionario: es la entidad del país del exportador que compra al cedente los créditos comerciales generados de su actividad comercial internacional. A la vez presta otros servicios.
  • Factor corresponsal: se trata de la entidad financiera del país del importador que se encarga de actuar como corresponsal del factor o cesionario en dicho país.
  • Deudor: es el importador y por tanto obligado a pagar los créditos comerciales contraídos con el exportador en su relación comercial.

¿Qué define al contrato de factoring de exportación? Podríamos indicar tres características:

  1. En el contrato el cedente se compromete a no mantener relación con otras compañías de factoring sin previa autorización del factor.
  2. El cedente debe comunicar por escrito al deudor la existencia del contrato de factoring.
  3. El cedente se compromete a la cesión de todos los créditos de sus deudores y que previamente han sido especificados en el contrato de factoring.

¿Cuáles son las funciones del factor cesionario? Además de la gestión de cobro tiene otras como:

  • Tareas administrativas: gestión de cobro de facturas y control de cobros pendientes.
  • Cobertura del riesgo de insolvencia del deudor, el factor asume el riesgo de insolvencia de los deudores, y de esta forma el cedente se asegura el cobro. Esto sería así si el factoring es sin recurso.
  • Analiza y clasifica a los deudores.
  • Financiación, ya que permite al cedente disponer anticipadamente del importe de las facturas.

Todo esto lo vamos a ver con un ejemplo: "Vergara, S.A." (cedente) factura anualmente 300.000€, pero de esta suma sólo 100.000€ son exigibles a la fecha y los cobra inmediatamente, y los restantes 200.000€ son documentos que cobrará en diferentes plazos. "ComisionistasdelSur, S.A."(factor) se obliga con Vergara,S.A. a adquirir los créditos que surjan a lo largo del año pero sólo le paga 170.000€, un 10% menos en concepto de comisión. De esta forma, la empresa Vergara,S.A. sabe con seguridad que dispondrá de un capital de 270.000€, que le serán muy útiles para su producción. Y por otro lado, "ComisionistasdelSur,S.A." cobrará los créditos que previamente le han dejado una rentabilidad de 30.000€ (el 10% del montante total de la operación).

Autoevaluación

Pregunta

El factor, además de cubrir el riesgo de insolvencia del deudor, realiza otras funciones de tipo administrativo. ¿Verdadero o falso?

Respuestas

Verdadero.

Falso.

Retroalimentación