2.12.- Acceso al mercado del transporte internacional.

Aunque el transporte internacional es muy similar al nacional o interno, existen algunas diferencias en cuanto a autorizaciones. Vamos a verlas.
El transporte internacional de mercancías por carretera se considera siempre discrecional y la normativa que regulará un servicio de transporte internacional serán las legislaciones de los países respectivos por donde discurre el transporte y los acuerdos internacionales suscritos.
Otro punto importante en el estudio del transporte internacional es el sistema de autorizaciones establecidas para poder realizarlo:
- La persona transportista tiene que estar autorizada por la Administración Española.
- Deberá tener también autorizaciones, en la mayoría de los casos, de los países extranjeros por los que se realiza el transporte.
El Ministerio de Fomento, a través de la Dirección General de Transportes Terrestres (DGTT) es quién otorga estas autorizaciones.
La habilitación genérica para la realización de transportes públicos internacionales en vehículos pesados que se encuentran liberalizados es la inscripción registral (RETIM).
Cuando un empresario o empresaria solicita autorizaciones para realizar transporte internacional de mercancías con vehículo trailer, la parte del vehículo a la que le corresponde la autorización es al vehículo tractor.
¿Pero que es el RETIM?
El RETIM es un registro en el que las empresas y cooperativas que pretendan realizar transporte público internacional de mercancías en vehículos pesados deberán inscribirse cumpliendo los siguientes requisitos:
- Capacitación profesional para el ejercicio para el ejercicio de la actividad de transporte interior e internacional de mercancías.
- Ser titular de al menos una autorización de transporte interior público de mercancías de ámbito nacional referida a un vehículo pesado.
El RETIM recoge una serie de datos, lógicos, para identificar a la empresa. Estos datos son:
- La denominación social de la empresa y su NIF o CIF.
- Relación de autorizaciones de transporte público para vehículos pesados, con capacidad de tracción propia, de los que sea titular.
- Nombre y NIF de las personas a través de las que se cumpla el requisito de capacitación profesional.
- La relación de autorizaciones de transporte internacional, así como, en su caso, de las copias legalizadas de aquellas de que en cada momento disponga.
Para realizar servicios de transporte privado complementario internacional con vehículos pesados, no es preciso darse de alta en el RETIM.
Para saber más
Para saber más sobre las autorizaciones bilaterales de transporte puedes consultarlo en el siguiente enlace: