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4.5.- Tiempos de descanso.

Una vez que conoces los períodos de conducción, vamos a ver los de descanso (es importante no confundirlos con las pausas).

Al igual que ocurre con los periodos de conducción, cuando hablamos de periodo de descanso, diferenciamos entre el diario, el semanal y el bisemanal.

¿Y dentro de la misma jornada?

Dentro de la misma jornada no existe periodo de descanso denominado como tal, lo equivalente sería la pausa que ya has visto en el punto anterior.

En cada período de 24 horas (es decir en cada día) el conductor o conductora gozará de un tiempo de descanso diario mínimo de 11 horas consecutivas. A este tipo de descanso se le denomina descanso normal.

Alternativamente, es decir, cada dos semanas, el período de descanso diario normal se podrá tomar en dos períodos, el primero de ellos de al menos tres horas ininterrumpidas y el segundo de al menos 9 horas ininterrumpidas. Es el denominado descanso normal fraccionado.

El reglamento permite que el descanso diario sea de un mínimo de 9 horas (denominado descanso semanal reducido). Este tipo de descanso puede tomarse un máximo de 3 veces a la semana. Si se toma de forma alternativa dentro de la semana no hay que recuperar las horas no tomadas, pero si se toma de forma consecutiva (tres días seguidos con un descanso de menos de 11 horas), las horas no tomadas como descanso tendrán que compensarse antes de que acabe la semana siguiente.

En cuanto al descanso semanal, este ha de ser de al menos 45 horas consecutivas (descanso semanal normal), aunque excepcionalmente se puede establecer un periodo de descanso semanal reducido de al menos 24 horas ininterrumpidas.

El descanso no tomado se compensará con uno equivalente ininterrumpido antes de finalizar la tercera semana a la siguiente a la que se trate en el cómputo bisemanal.

Por lo tanto en el cómputo del periodo de descanso bisemanal, cada conductor o conductora tiene que tomar como mínimo dos períodos de descanso semanal normal, o un período de descanso semanal normal y un período de descanso semanal reducido de al menos 24 horas consecutivas.

En el caso de conducción en equipo (dos conductores), por cada periodo de 30 horas (conducidas entre ambos conductores) cada conductor o conductora ha de tomar un descanso diario mínimo de 9 horas con el vehículo estacionado.

Autoevaluación

Pregunta

Si un trabajador descansa una semana 40 horas, el mínimo que ha de descansar en la siguiente es de 45 horas, ¿verdadero o falso?

Respuestas

Verdadero.

Falso.

Retroalimentación