2.9.- Acceso al mercado de transporte de mercancías.

Una cosa es el acceso a la profesión (que ya hemos visto), y otra cosa diferente es el acceso al mercado.
En España, para acceder al mercado de transporte, es decir, para la realización de transporte por carretera, será necesaria la obtención del correspondiente título habilitante, es decir la autorización o tarjeta.
El titular de las autorizaciones administrativas de transporte público puede ser cualquier persona física o jurídica, siempre que reúnan determinadas condiciones de capacitación profesional, honorabilidad, capacidad económica (que ya conoces), pero además ha de cumplir una serie de requisitos:
El primero se refiere al cumplimiento de las obligaciones fiscales, exigidas por la legislación vigente. Es decir, estar dado de alta en el censo de obligados tributarios, haber presentado las declaraciones por el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas o de Sociedades y las declaraciones por el Impuesto el Valor Añadido y no existir deudas con el Estado o la correspondiente Comunidad Autónoma en período ejecutivo en relación con estos tributos.
Además de las obligaciones fiscales, también ha de cumplir con las obligaciones laborales y sociales exigidos por la legislación vigente. A esto nos referimos con estar inscrito en la Seguridad Social y, en su caso, si se trata de un empresario individual, afiliado y en alta en el régimen que corresponda, haber dado de alta en el régimen de la Seguridad Social que corresponda a los trabajadores que presten servicio en su empresa y haber presentado los documentos de cotización y estar al corriente en el pago de las deudas correspondientes a las cuotas de la Seguridad Social.
Otro requisito está relacionado con el número mínimo de vehículos que en cada caso corresponda con arreglo a lo establecido en la legislación vigente, en propiedad, usufructo o leasing, pero en ningún caso por cesión o préstamo.
Y por último, tendrá que disponer de un número de conductores y conductoras provistos de permiso de conducción de clase adecuada, igual o superior al 80 por 100 del número de vehículos del que disponga la empresa, durante al menos, 6 meses completos de cada año natural redondeándose por defecto a la unidad el número de conductores resultante. No obstante cuando la cifra resultante fuese inferior a uno la empresa deberá disponer de, al menos, un conductor o conductora. Los referidos conductores deberán figurar en la plantilla de la empresa en situación de alta en el régimen que corresponda de la Seguridad Social.
Las Empresas autorizadas a la realización de transporte, deberán realizar siempre la inscripción en el Registro General de Transportistas y de Empresas de Actividades Auxiliares y Complementarias del Transporte.
¿Y qué características tienen las autorizaciones?
Ya sabemos qué tipo de empresas necesitan de las autorizaciones administrativas que habiliten para la realización de transportes de mercancías, estas autorizaciones son para la empresa, no para el personal conductor o transportista.
Ahora vamos a ver qué características tienen estas autorizaciones: Se expedirán tantas copias certificadas de la autorización como vehículos a los que se refiera la misma, en estas copias certificadas deberá figurar necesariamente el número de matrícula del vehículo al que concretamente se encuentre referida la autorización, pero no tiene por qué constar la MMA del vehículo. Las autorizaciones no tienen de plazo de validez, aunque se tienen que visar cada dos años.