5.2.- Tiempo de conducción, de descanso, otros trabajos y de tránsito.
A continuación estudiaremos cuáles son los tiempos más importantes en el transporte terrestre de mercancías, en este caso, el tiempo de conducción y de descanso. Y nos detendremos en el cálculo de otros tiempos de trabajo.
Cuando hablamos de tiempos en el transporte terrestre de mercancías, citamos pausa y descanso ¿Son sinónimos ambos conceptos?
Pausa es cualquier período que sirva exclusivamente para reposo del conductor/a, durante el cual no puede realizar ninguna actividad de conducción ni ningún otro trabajo. En cambio, descanso es el periodo ininterrumpido en el que el conductor/a puede disponer libremente del tiempo. Como ves es diferente a la pausa, ya que en esta se realiza una parada para continuar después con el trabajo, y el descanso es para finalizar la jornada.
Al contrario de lo que podamos pensar, no sólo es importante el tiempo de conducción, sino aquellos otros trabajos, los cuales se consideran tiempos en los que se lleva a cabo trabajos para la misma u otra empresa dentro o fuera del sector del transporte que no sea el de conducción.
Ahora bien, el tiempo de conducción es periodo acumulado desde que se empieza a conducir tras un período de descanso o de pausa hasta que se toma otro descanso o pausa.
Y el tiempo de descanso, tal y como ya hemos visto, es cualquier periodo ininterrumpido durante el cual un conductor o conductora puede disponer libremente de su tiempo.
El cálculo de estos tiempos sólo es aplicable a cualquier servicio de transporte por carretera cuando se trate de vehículos destinados al transporte de viajeros y el vehículo tenga más de nueve plazas (incluido el conductor), y para los destinados al transporte de mercancías cuando la MMA de los vehículos (incluido el remolque o semirremolque) sea superior a 3,5 toneladas. Hay excepciones a determinados servicios de transporte a los que no se les puede aplicar estos términos y que vienen establecidos según normativa.
Debes conocer
La definición de estos tiempos viene establecida según Directiva 2002/15/CE relativa a la ordenación del tiempo de trabajo de las personas que realizan actividades móviles de transporte por carretera. La misma la puedes consultar en el siguiente enlace.