10.3.- Arrendamiento de obras.
Otra forma de contrato de arrendamiento es el de obras.
El contrato de arrendamiento de obra es aquel contrato de arrendamiento por el que una persona (que se denomina contratista) se obliga a ejecutar una obra en beneficio de otra (el propietario o titular de la propiedad), que se obliga a pagar por ella un precio cierto.
La peculiaridad de este contrato es que se presta un servicio, pero que además de este servicio (trabajo), también puede suministrarse el material necesario para llevarlo a cabo.
¿Entonces es como una prestación de servicios?
No exactamente, puesto que en el caso de arrendamiento de obras, como ya hemos dicho se suministran los materiales.
¿Cuáles son los derechos y deberes del contratista?
En cuanto a los derechos, son muy similares al resto de contratos de arrendamiento. Por ejemplo, el contratista tiene derecho a recibir el precio acordado.
En cuanto a los deberes u obligaciones si hay algunas particularidades.
La obligación fundamental es la entrega de la obra en el plazo y condiciones estipulados.
En cuanto a su responsabilidad en caso de pérdida de la obra hay que distinguir cuando la pérdida tiene lugar antes de la obra o cuando tiene lugar después.
Si tiene lugar antes de la entrega de la obra, el contratista asume las pérdidas si además de su trabajo puso el material. En el caso de no poner el material, es decir, sólo su trabajo, está exento de responsabilidades siempre y cuando hubiese advertido al propietario de que la calidad de los materiales pudiese afectar al trabajo final.
En el caso de que tenga lugar después de la entrega, el contratista responde de los daños y perjuicios producidos en el plazo de 10 años desde la conclusión de la obra, siendo el periodo para ejercer la reclamación por parte del propietario de hasta 15 años desde que se detectaron los daños.
Aunque pensemos que un contrato de arrendamiento de obra, se refiere en exclusiva a la construcción, hay otros muchos tipos de actividades que también pueden entrar dentro de esta categoría.
Para saber más
En el siguiente enlace podrás encontrar un análisis normativo sobre el contrato de obras que seguro te ayudará a comprenderlo mejor: