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11.- La comisión mercantil.

Caso práctico

Jaime trabajando en su despacho delante del ordenador.

La actividad de la empresa marcha muy bien. En parte al trabajo de Julia, que se encarga de realizar todas las actividades de comercialización, pero realmente está desbordada.

Por esta razón ha pensado que una buena idea sería contar con alguna persona que se encargase de comercializar los servicios de la empresa en aquellos ámbitos y territorios a los que ella le cuesta más trabajo llegar.

Ha pensado que una buena forma de hacerlo sería a través de un comisionista, y así lo comenta que su compañero Jaime.

¿Tendrá claro Julia como es un contrato de este tipo? ¿Qué responsabilidades y obligaciones supondrá para la empresa y para el comisionista?

Muchas empresas utilizan personas (físicas o jurídicas) con las que no mantiene una relación laboral para poder vender sus productos.

Muy posiblemente hayas oído hablar de un representante o de un agente comercial de una compañía de seguros, o incluso de una entidad financiera.

Estos representantes o agentes, en realidad lo que hacen es vender los productos de una empresa a cambio de una comisión.

La palabra comisión en sí misma, significa encargo y se puede aplicar en muchos ámbitos, pero cuando nos referimos al ámbito mercantil, implica que una empresa encarga a una persona (física o jurídica) la venta y representación de unos productos a cambio de un determinado precio o importe que denominado comisión.

Es muy importante que exista un contrato que regule dicha comisión, para saber que puede y que no puede hacer el comisionista y qué precio o importe recibirá de cada venta. A ese contrato se le llama contrato de comisión mercantil.

Vamos a conocerlo un poco más profundamente.