4.3.- Derechos y deberes del expedidor.

Antes nos hemos referido al cargador o propietario de las mercancías como uno de los elementos personales del contrato. También en ocasiones nos referimos a él como expedidor.
Lógicamente el expedidor de las mercancías tendrá una serie de derechos y obligaciones o responsabilidades que están recogidas en el convenio CMR.
¿Cuáles son estos derechos?
En el convenio se recogen los siguientes derechos del expedidor:
- Exigir tantos ejemplares de la carta de porte internacional como vehículos diferentes vayan a ser utilizados para transportar las mercancías o como tipos de mercancías vayan a transportarse.
- Exigir que tanto el peso bruto de las mercancías como el contenido de las mismas sea verificado.
- Disponer de la mercancía (puesto que en el contrato no existe transferencia de la propiedad).
- Solicitar al transportista que interrumpa el transporte, o que modifique el destinatario o el lugar de entrega de la mercancía.
- Considerar perdida la mercancía si no es entregada en un plazo de 30 días desde la fecha prevista de entrega.
- Exigir indemnización en el caso de que se produzca, bien pérdida total o bien retraso en la entrega.
Pero claro, al igual que hay una serie de derechos, también, el expedidor tendrá una serie de obligaciones y responsabilidades:
- Facilitar los datos necesarios para la elaboración del documento CMR, así como del resto de documentos necesarios para que se pueda llevar a cabo el transporte de las mercancías.
- Hacer frente a los pagos e indemnizaciones que puedan corresponder al transportista por el hecho de inexactitud o insuficiencia de datos proporcionados.
- Responder de los daños y gastos causados por defectos de embalaje (siempre que sean imputables a él).
- En el caso de tratarse de mercancías peligrosas, especificar tal circunstancia y cuáles son las precauciones que han de tomarse.
- Proporcionar los datos referentes a la mercancía (pesos, número de bultos, marcas...).